Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2014 (16/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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31-2012-CR/GRM, se aprobo el Cuadro Para Asignacion de Personal Consolidado de la Unidad Ejecutora Sede Central del Gobierno Regional MORDAZA, el mismo que con 13 folios forma parte integrante de dicha Ordenanza; con Ordenanza Regional Nº 04-2014-CR/GRM de fecha 20 de junio del presente, se aprobo la modificacion del CAP incorporando a un trabajador beneficiario de la ley 27803; sin que en el exista un CAP para personal contratado bajo cualquier modalidad; Que, estando a lo dispuesto en el articulo 13º concordante con el inciso c) del articulo 16º del Decreto Supremo 043-2004-PCM, el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se genera por la creacion de cargos, que inciden en un incremento del Presupuesto Analitico de Personal de la Entidad, es objeto de modificacion del CAP que debe ser aprobada con Ordenanza Regional en merito a lo dispuesto en el articulo 15º del Decreto Supremo en mencion; Que, estando a lo establecido en el numeral 3 de la MORDAZA Disposicion Transitoria del TUO de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, plaza presupuestada es el cargo contemplado en el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) que cuenta con el financiamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del grupo generico de gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, conforme al Presupuesto Analitico de Personal (PAP) de la Entidad; Que, asi mismo en el numeral 2 de la MORDAZA Disposicion Transitoria del TUO de la Ley Nº 28411, precisa que la cobertura de plazas bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el Presupuesto Analitico de Personal, se autoriza previa opinion favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, que garantice la existencia de los fondos publicos en el Grupo Generico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, para el periodo que dure el contrato y la relacion laboral. Enfatizando que las acciones que contravengan lo establecido devienen en nulas. En este sentido la modificacion del CAP de la Unidad Ejecutora Sede Central del Gobierno Regional MORDAZA, obedece al mandato de reposicion de los trabajadores aludidos; para luego aprobar el PAP y poder cobertura las plazas; Por lo que, en uso de las atribuciones Conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº27867 y sus modificatorias, Ley Nº27902, Ley Nº28013, Ley Nº28968 y Ley Nº29053; el Consejo Regional con el MORDAZA Mayoritario de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobacion del acta, aprobo lo siguiente:

El Peruano Miercoles 16 de MORDAZA de 2014

Aprueban donacion dineraria efectuada por APROSUR, a favor del Gobierno Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 77-2014-CR/GRM
Fecha: 3 de MORDAZA del 2014 VISTO: En Sesion Ordinaria Nº 07-2014-CR/GR.M, de fecha 03 de MORDAZA del 2014, el Dictamen Nº 021-2014COPPDT/GRM, sobre aprobacion de Donacion Dineraria realizada por APROSUR. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, reformado con la Ley Nº 28607, y lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de MORDAZA es persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal, con jurisdiccion en el ambito de la circunscripcion del Departamento de MORDAZA, siendo su titular y representante legal el Presidente Regional; Que, Mediante Decreto Supremo Nº 015-2011PRODUCE, se deja sin efecto el D. S. Nº 003- 2008PRODUCE, y demas normas referidas al Regimen Especial de Pesca de Anchoveta y se dispone que los destinos del Fondo de Promocion de la Pesca Artesanal - APROSUR se deben destinarse a la adquisicion y contratacion de bienes y servicios, unicamente con fines de Fortalecimiento de las Acciones de Control y Vigilancia que realiza, entre otros, la DIREPRO Ilo, para verificar el cumplimiento de la normativa y apoyar el monitoreo cientifico del IMARPE en la MORDAZA sur. Que, mediante Carta del 19 de febrero del 2014, recepcionada el 25 de febrero del mismo ano, APROSUR informa que el saldo del Fondo de Control y Vigilancia (FCV) disponible a transferir es la cantidad de S/. 125.460.44 Nuevos Soles (CIENTO VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 44/100 NUEVOS SOLES) para ser destinados para el fortalecimiento de las acciones de control y vigilancia. Que, con Informe Nº 016-2014-DTSCV-DV.DRPGRDE/GR.MOQ, el director-DISECOVI, alcanza el Sustento Tecnico para aprobacion de fondos dinerarios por donacion de APROSUR, alcanzando el programa de seguimiento control y vigilancia pesquera, en la region de MORDAZA, sustentando las partidas programadas conforme se aprecia en los anexos. Que, mediante informe Tecnico Legal Nº 004-2014DRAJ/GR.MOQ, el asesor legal emite opinion legal favorable para la aprobacion de donacion de APROSUR y con informe Nº 499-2014-SGPH-GRPPAT/GRMOQ, del Sub Gerente de Presupuesto y Hacienda emite opinion favorable de aprobacion para su gestion y transferencia de recursos economicos a favor del pliego 455 Gobierno Regional de MORDAZA, en la fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, 13 donaciones y transferencias; Que, segun el articulo 2º de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, los recursos que financian el presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014, se estima, entre otras, por la fuente de financiamiento "Donaciones y Transferencias"; Que, a tenor de lo dispuesto en el articulo 69º del TUO de la Ley Nº 2841 1, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF, " las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, deben ser aprobadas por Acuerdo del Consejo Regional, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos, el mismo que sera publicado en el Diario Oficial El Peruano cuando el monto de la donacion supere las 5 UIT.."; Que, luego de haber ingresado los recursos a la Entidad, se realizara una modificacion presupuestaria en el nivel institucional mediante credito suplementario aprobado, tambien, con Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo previsto en el articulo 39º del TUO de la Ley Nº 28411; Por estas consideraciones, en uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos

ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL CAP DEL GRM
Articulo Primero.- APROBAR la modificacion del Cuadro Para Asignacion de Personal - CAP de la Sede Central del Gobierno Regional de Moquegua; con la creacion de 14 cargos para contratados permanentes por mandato judicial, de acuerdo a los Anexos que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual se integra a los anexos de la Ordenanza Regional Nº 31-2012-CR/ GRM. Articulo Segundo.- Esta Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico de la Entidad incluyendo sus anexos Comuniquese al senor Presidente de Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional MORDAZA, a los treinta dias del mes de junio del ano dos mil catorce. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

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