Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2014 (16/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 16 de MORDAZA de 2014

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CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del articulo 14 de la Ley N.° 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley N.° 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion N.° 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Conforme lo establece el numeral 27, del articulo 9 de la Ley N.° 27972, Ley Organica de Municipalidades (LOM), el concejo municipal no podra conceder licencias simultaneamente a un numero mayor del 40% de los regidores, con la finalidad de asegurar el normal funcionamiento edil. 4. El 27 de junio de 2014, con el Oficio N.° 465-2014MPA-"A" (fojas 022), se remite MORDAZA certificada de la licencia, sin goce de haber, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Ayabaca, presento el 4 de junio de 2014 (fojas 023) ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo N.° 027-2014MPA-"C", de fecha 5 de junio de 2014 (fojas 002 y 003), por el periodo comprendido entre el 6 de junio y el 5 de octubre de 2014. 5. Teniendo en consideracion que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Ayabaca, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion N.° 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA Culquicondor MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 42108534, candidato no proclamado del movimiento regional Unidad Popular Regional MORDAZA, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Sullana, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Ayabaca, departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Culquicondor MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad N.° 42108534, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ayabaca, departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

a emitir pronunciamiento sobre la solicitud de declaratoria de vacancia, dentro de los parametros establecidos en la presente resolucion y normas pertinentes. Se debera tener especial cuidado de realizar las siguientes acciones, oportunamente: 1. Convocar a sesion extraordinaria, en un plazo MORDAZA de cinco dias habiles luego de notificada la presente. En el caso de que el MORDAZA en funciones no cumpla con la convocatoria dentro del plazo establecido, el primer regidor o cualquier otro regidor tiene la facultad de convocar a sesion extraordinaria, previa notificacion escrita al MORDAZA, conforme lo establece el articulo 13 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Entre la notificacion de la convocatoria y la sesion extraordinaria debe mediar, cuando menos, un lapso de cinco dias habiles. 2. Asistir obligatoriamente a la sesion de concejo, en virtud de lo dispuesto en el articulo 10, numeral 5, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, por lo que su incumplimiento sera motivo de responsabilidad funcional. 3. Consignar en el acta de la sesion convocada las firmas de todos los asistentes al acto senalado. 4. Remitir la MORDAZA o resolucion que declara consentido el acuerdo adoptado, en el caso de que no MORDAZA sido materia de impugnacion, para proceder al archivo del presente expediente. 5. Elevar el expediente administrativo en original, o copias certificadas de ser el caso, en un plazo MORDAZA de tres dias habiles luego de presentado el recurso de apelacion y cumplir con la remision de la siguiente documentacion: 5.1. Las constancias de notificacion al miembro afectado del concejo y al solicitante de la convocatoria a las sesiones extraordinarias y de los acuerdos adoptados sobre el pedido de vacancia o el recurso de reconsideracion. 5.2. Las actas de las sesiones extraordinarias en las que conste el acuerdo de concejo sobre la vacancia o reconsideracion solicitada. 5.3. El original del comprobante de pago correspondiente a la tasa por recurso de apelacion. Articulo Tercero.- DISPONER que el Concejo Distrital de Sondorillo, a la mayor brevedad, MORDAZA de emitir un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria de concejo municipal, proceda conforme a lo establecido en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Ayabaca, departamento de MORDAZA
RESOLUCION N° 601-2014-JNE
Expediente N.º J-2014-00654 AYABACA - MORDAZA MORDAZA, ocho de MORDAZA de dos mil catorce VISTO el Oficios N.º 423-2014-MPA-"A" y 4652014-MPA-"A", presentados el 19 de junio y 2 de MORDAZA de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ayabaca, departamento de MORDAZA, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor MORDAZA MORDAZA Neyra.

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