Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Que, el articulo 24 de la Ley de Contrataciones del Estado establece que el Comite Especial estara integrado por tres (3) miembros, de los cuales uno (1) debera pertenecer al area usuaria de los bienes, servicios u obras materia de la convocatoria, y otro al organo encargado de las contrataciones de la Entidad, incluso en los casos en que recaiga simultaneamente en una misma dependencia organica la calidad de organo encargado de las contrataciones y de area usuaria, siendo que necesariamente alguno de los miembros debera tener conocimiento tecnico en el objeto de la contratacion; Que, el articulo 53 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, dispone que el Titular de la Entidad podra delegar la potestad de resolver los recursos de apelacion relativos a las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores en los procesos de menor cuantia y en las adjudicaciones directas selectivas; Que, mediante los articulos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 050-2006-PCM se prohibe, en las entidades del Sector Publico, la impresion, fotocopiado y publicaciones a color para efectos de comunicaciones y/o documentos de todo MORDAZA, debiendo estos efectuarse en MORDAZA y negro, salvo que, excepcionalmente, el titular de la entidad o quien este delegue, autorice impresos a color para casos debidamente justificados; Que, los articulos 74 y 76 del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, prescriben que la asignacion permite precisar las funciones que debe desempenar un servidor dentro de su entidad, segun el nivel de MORDAZA, grupo ocupacional y especialidad alcanzados, siendo que la primera asignacion se produce al momento del ingreso a la MORDAZA administrativa, mientras que las posteriores se efectuan al aprobarse, via Resolucion, el desplazamiento del servidor; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion de los recursos asignados, en materia presupuestal, en las contrataciones de bienes, servicios y obras, asi como en la gestion de los recursos humanos que permitan al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables cumplir tanto con las funciones previstas en su Ley de Organizacion y Funciones como con la programacion de las metas institucionales para el ejercicio 2014, es necesario delegar determinadas funciones asignadas a la Titular del Pliego hasta la culminacion del presente Ano Fiscal; Con la visacion de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado, modificado por la Ley Nº 29873 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, y el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; SE RESUELVE: Articulo 1.- Delegacion de facultades a la Secretaria General Delegar en el funcionario a cargo de la Secretaria General del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP: a) Aprobar y suscribir convenios interinstitucionales y de gestion, asi como disponer su exclusion o ampliacion, segun corresponda; b) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

Estado ­ OSCE, la Central de Compras Publicas ­ PERU COMPRAS y la Contraloria General de la Republica, asi como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades, en materia de contratacion estatal; c) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, previo informe favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; d) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones ­ PAC y sus modificaciones correspondientes al ejercicio fiscal 2014, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, modificado por la Ley Nº 29873, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF; e) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion que convoque el MIMP, dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico sobre contrataciones publicas; f) Suscribir los contratos administrativos de servicios con los (as) Directores (as) Ejecutivos (as) de las Unidades Ejecutoras 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF y 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual ­ PNCVFS, con cargo a sus respectivos presupuestos; de igual forma, los contratos administrativos de servicios de los (as) Directores (as) Ejecutivos (as) del Programa Nacional MORDAZA MORDAZA y del Programa Nacional Yachay; g) Autorizar, excepcionalmente, impresos a color para casos debidamente justificados. Lo dispuesto en los literales c) y g) es de aplicacion a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Articulo 2.- Delegacion de facultades a la Oficina General de Administracion Delegar en el funcionario a cargo de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, las siguientes facultades y atribuciones respecto de la Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP: a) Aprobar los expedientes de contratacion a que se refiere el articulo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF; b) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, Adjudicacion Directa, Concurso Publico y Licitacion Publica; c) Aprobar las prestaciones adicionales, excepto en el caso de obras, las reducciones y las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos suscritos por el MIMP, las que deberan regirse por el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, modificado por la Ley Nº 29873, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF; d) Suscribir los contratos con los postores adjudicatarios de la buena pro de los procesos de seleccion que convoque el MIMP, y las modificaciones posteriores que se incluyera en estos, asi como resolver los contratos por las causales reguladas en el ordenamiento juridico en materia de contrataciones publicas; e) Suscribir convenios y/o contratos con entidades publicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de inmuebles de propiedad o posesion estatal; f) Proponer a la Secretaria General las modificaciones al Plan Anual de Contrataciones ­ PAC del MIMP; g) Aprobar y efectuar la asignacion a que se refiere el articulo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012EF; h) Aprobar y suscribir contratos y/o convenios con entidades publicas y/o privadas, o personas naturales que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2014;