Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

513946
Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, conforme el articulo 77º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR-RL, el procedimiento normativo se desarrolla por lo menos en las siguientes etapas: a) Iniciativa Legislativa; b) Estudio en comisiones; c) Debate en el Pleno; d) Aprobacion; y, e) Promulgacion En uso de sus facultades conferidas en el articulo 15º inciso a), c) y s), articulo 37 y articulo 38 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Consejo Regional ha dado la siguiente Ordenanza Regional; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: QUE APRUEBA LA INSTITUCIONALIZACION DE LA MORDAZA DEL BUEN INICIO DEL ANO ESCOLAR EN EL AMBITO DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Articulo Primero.- DISPONGASE la Institucionalizacion de la MORDAZA del Buen Inicio del Ano Escolar en el ambito del Gobierno Regional de Lima", que se realizara en el transcurso de los dias del mes de febrero de cada ano. Articulo Segundo.- DISPONGASE que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, conjuntamente con las autoridades educativas de la region, desarrollen acciones tendentes a garantizar que los espacios de las Instituciones Educativas se encuentren en condiciones optimas de seguridad y salubridad, para el inicio del ano academico. Articulo Tercero.- DISPONGASE que la Direccion Regional de Educacion y las Unidades de Gestion Educativas Locales, realicen acciones que garanticen que todas y cada una de las Instituciones Educativas de la Region, cuenten con el MORDAZA de matricula debidamente concluido, su Plan Anual de Trabajo y su Programa Curricular de Aula (PCA) debidamente diversificado, durante la semana de esta campana; asi como el desarrollo de actividades civico escolares especificas, comprometiendo la participacion de las autoridades de los diferentes sectores locales, regionales, nacionales del ambito del Gobierno Regional de MORDAZA y la Sociedad Civil. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE a la Direccion Regional de Educacion del Gobierno Regional de MORDAZA, la formulacion y aprobacion de la Directiva correspondiente a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto mediante esta Ordenanza Regional. Articulo Quinto.- DEROGAR toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Articulo Sexto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Tramite de lectura y aprobacion del Acta. Articulo Septimo.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los treinta dias del mes de MORDAZA del dos mil trece. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los doce dias del mes de junio del dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional 1035193-1

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

Crean Comision Regional Anticorrupcion del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2013-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 16 del mes de MORDAZA del 2013 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: Carta Nº 02-2013-COFCREMD/CR del Consejero Regional por la Provincia de Huarochiri, Lic. MORDAZA Fredy MORDAZA Carhuavilca, Presidente de la "Comision Ordinaria de Fiscalizacion, Control, Reglamento, Etica y Medidas Disciplinarias"; por la cual, solicita que se agende en la proxima Sesion del Consejo Regional la aprobacion del Dictamen y/o Informe Final de la Comision que preside sobre el Proyecto de Ordenanza Regional que crea la "Comision Regional Anticorrupcion del Gobierno Regional de Lima", recaido en el Acuerdo de Consejo Regional Nº 042-2013-CR/GRL. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 191 de la Constitucion Politica del Peru, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencia, entidades, organizaciones y procedimientos; con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, de acuerdo al Articulo 2 de la Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal. Que, el articulo 5º de la ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que "La mision de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region". Que, el articulo 10° literal h) de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el articulo 36° de la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como competencia compartida de los Gobiernos Regionales, la participacion ciudadana, alentando la concertacion entre los intereses publicos y privados en todos los niveles. Que, el Articulo 13 de la Ley Organica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y aquellas que le MORDAZA delegadas. Que, por Ordenanza Regional Nº 013-2010-CR/RL, se aprobo el Reglamento Interno del Consejo Regional; el mismo que, en su Articulo 2 establece que el Consejo Regional es el organo supremo y representativo del Gobierno Regional. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadoras, de fiscalizacion de la gestion ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional y de la gestion y conducta publica de los funcionarios del mismo, y las demas que establece la Constitucion Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783 y la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, Ley Nº 28968 y la Ley Nº 29053, Ley que modifica la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Esta integrado por los nueve Consejeros Regionales representantes de las provincias