Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

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politica nacional disenada por el CONASEC. Igualmente supervisan y evaluan su ejecucion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2003-IN, se aprobo el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el cual en el articulo 15º establece que "Los Comites Regionales de Seguridad Ciudadana son organos tecnico normativos que formulan las politicas sobre seguridad ciudadana en el ambito de su competencia territorial, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por el CONASEC. Eventualmente, tienen funcion ejecutiva a nivel regional cuando la naturaleza de la problematica de seguridad ciudadana asi lo requiera"; Que, son varios los indicadores que senalan a la inseguridad ciudadana como el problema central para la MORDAZA cotidiana de todos los peruanos, el tema de la seguridad ciudadana nos convoca a todas las autoridades locales, regionales y nacionales; por lo que, resulta necesario implementar una politica publica con un enfoque integral, multisectorial, intergubernamental y con participacion ciudadana para hacer frente a la inseguridad ciudadana y que permita una convivencia pacifica en el MORDAZA del desarrollo economico y social; Que, en el ambito de los Gobiernos Regionales, la seguridad ciudadana debe articularse con la Policia Nacional del Peru; ejerciendo el liderazgo politico en los distintos niveles del Gobierno la autoridad elegida democraticamente, y el accionar de la autoridad policial debe conjugarse con la accion de la sociedad civil, a traves de los Comites de Seguridad Ciudadana, con la intervencion de las instituciones mas importantes del pais: el Poder Judicial, el Ministerio Publico, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Ministerio de Economia, el Ministerio de Educacion, el Ministerio de Salud, asi como la Defensoria del Pueblo, los Colegios Profesionales, las Universidades, entre otras; Que, en el ambito de la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA se conformo el Consejo Regional de Seguridad Ciudadana, como elemento basico del Sistema Nacional de la Seguridad Ciudadana, pues es un espacio en el que las autoridades politicas, policiales y la comunidad en su conjunto establecen las estrategias y acciones para desarrollar un trabajo colectivo orientado a enfrentar los problemas de inseguridad en la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA el cual comprende las provincias de Yauyos, Canete, Huarochiri, Canta, Huaral, Huaura, Barranca, Oyon y Cajatambo; Que, dicho Comite en ejercicio de sus funciones, mediante Acta de Sesion Ordinaria de fecha dieciseis de MORDAZA de 2013, ha Aprobado por unanimidad El Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2013-2014; Que, dicho Plan Regional se MORDAZA, entre otros aspectos, en un analisis de las cifras de incidencia delictiva y victimizacion del fenomeno delictivo en la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, el cual les ha permitido apostarse como Objetivo Estrategico 3: Promover el trabajo articulado del Gobierno Regional de MORDAZA, Gobiernos Locales, PNP, Ministerio Publico, Poder Judicial y Municipalidades, para reducir la delincuencia: Objetivo Especifico: Mejorar las capacidades de los operadores de la seguridad ciudadana, Actividad 1.4: La Creacion de la MORDAZA Regional, cuya operacion sera en coordinacion con la Policia Nacional del Peru y Alcaldes Provinciales, con el objetivo de reducir la inseguridad ciudadana a traves de una estrategia eminentemente preventiva; el cual guarda consistencia y coherencia con el Objetivo Estrategico Nº 03 del Plan de Desarrollo Concertado Regional 20082021 del Gobierno Regional de MORDAZA referido a "Contribuir a las acciones de la seguridad ciudadana y la supervision de los efectos negativos producidos en la poblacion, por los efectos naturales, contribuyendo a generar una cultura de prevencion"; estableciendose como una linea de intervencion en el referido Plan la "Implementacion y ejecucion de programas de seguridad ciudadana en las provincias de mayor incidencia delincuencial". Que, a traves de la MORDAZA Regional el Gobierno Regional de MORDAZA se suma a la accion integrada que desarrolla el Estado Peruano, destinada a asegurar la convivencia pacifica de la ciudadania, la erradicacion de la violencia y la utilizacion pacifica de las vias y espacios publicos de la jurisdiccion del Gobierno Regional de Lima; Que, en atencion a lo MORDAZA acotado el Gobierno Regional de MORDAZA como entidad integrante del Comite Regional de Seguridad Ciudadana, contando con competencia compartida en materia de seguridad

VISTO: Pedido del Consejero Delegado, Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villareal; por el cual, solicita que se agende en la proxima Sesion Extraordinaria del Consejo Regional el Oficio Nº 0426-2013-GRL/PRES del Presidente Regional MORDAZA MORDAZA MORDAZA Del MORDAZA, por el cual remite el Proyecto de Ordenanza Regional para la creacion de la MORDAZA Regional. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27680 "Ley de Reforma Constitucional" en su art. 191 del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia asi como aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, de acuerdo al Articulo 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Articulo 13 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, establece que el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y aquellas que le MORDAZA delegadas. Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos; con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que "La mision de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region"; Que, el articulo 10° numeral 2. literal i) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el articulo 36° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como competencia compartida de los Gobiernos Regionales, la seguridad ciudadana; Que, es la Septima Politica del Acuerdo Nacional la que establece la "Erradicacion de la violencia y el fortalecimiento del civismo y la seguridad ciudadana" como politica de Estado. Por ello, el 11 de febrero del ano 2003, se promulgo la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC), cuyo objetivo es articular esfuerzos entre el Estado y la sociedad civil organizada a fin de prevenir las acciones de violencia en sus diversas manifestaciones, que constituyan una amenaza a la integridad fisica y psicologica de las personas. Que, de esta manera, y de conformidad con la ley anteriormente citada, el ano 2003 nace el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el cual esta integrado por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC), como MORDAZA organismo del Sistema, y por los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana (CORESEC, COPROSEC y CODISEC, respectivamente); Que, asimismo, en el 2011, el "Plan Bicentenario: El Peru hacia el 2021" establecio los objetivos de largo plazo en la lucha contra la inseguridad, a fin de reducir progresivamente los niveles de victimizacion en nuestro pais. En este caso, el Plan Bicentenario abordo el tema en el Eje Estrategico Nº 2: "Oportunidades y Acceso a los Servicios", considerando en el como un objetivo fundamental brindar al ciudadano una mejor gestion y prevision de la seguridad ciudadana, con el objeto de hacer mas eficiente el combate contra la delincuencia y las amenazas a la seguridad del Estado. Que, la Ley Nº 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, en el articulo 13, dispone que los Comites Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, asi como ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el MORDAZA de la