Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2014 (09/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 9 de enero de 2014

513915
de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de KITENI del departamento de MORDAZA seran otorgadas mediante concurso publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1034878-1

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de modificacion del parrafo 121.930 (b) (2) (iv) de la Regulacion Aeronautica del Peru - RAP 121 "Requisitos de Operacion: Operaciones Nacionales e Internacionales, Regulares y No Regulares", el cual forma parte integrante de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil

CAPITULO H: INSTRUMENTOS AVIONES 121.930

Y

EQUIPOS:

Provision de oxigeno para aviones con cabinas presurizadas que vuelen a MORDAZA altitudes

(b) Requisitos del equipo y suministro de oxigeno (2) Miembros de la tripulacion de cabina, miembros adicionales de la tripulacion de cabina y pasajeros (iv) Los aviones que pretendan operar a altitudes de presion por encima de 7 600 m (25 000 ft.) o que, si operan a 7 600 m (25 000 ft.) o inferior no puedan descender con seguridad en cuatro (4) minutos hasta una altitud de vuelo de 13 000 ft deben estar provistos de equipos de oxigeno desplegables automaticamente y disponibles inmediatamente para cada ocupante, en cualquier lugar donde esten sentados. La cantidad total de unidades dispensadoras y MORDAZA debe exceder al menos en un diez por ciento (10%) a la cantidad de asientos. Las unidades extra deben estar distribuidas uniformemente a lo largo de la cabina. 1034877-1

Autorizan funcionamiento de la empresa J & F MORDAZA E.I.R.L. como Entidad Certificadora de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP
RESOLUCION DIRECTORAL N° 5193-2013-MTC/15 MORDAZA, 3 de diciembre de 2013 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 145040, 165965 y 172271, presentados por la empresa denominada J & F MORDAZA E.I.R.L., mediante los cuales solicita autorizacion para funcionar como Entidad Certificadora de Conversiones a Gas Licuado de Petroleo - GLP, en el local ubicado en Mz. "Z". Lt. 1, MORDAZA MORDAZA, Provincia del Callao, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y modificado por los Decretos Supremos N°s. 005-2004-MTC, 014-2004MTC, 035-2004-MTC, 002-2005-MTC, 017-2005-MTC, 012-2006-MTC, 023-2006-MTC, 037-2006-MTC y 0062008-MTC, establece en el articulo 29 el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de combustibles liquidos con la finalidad de instalar en ellos el equipamiento que permita su combustion a Gas Licuado de Petroleo (GLP), a fin de que esta se realice con las maximas garantias de seguridad, por talleres debidamente calificados y utilizando materiales de la mejor calidad, previniendo de este modo la ocurrencia de accidentes a causa del riesgo que implica su utilizacion sin control; Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo mediante articulo 3º del Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC que regula el "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a Gas Licuado de Petroleo GLP", estableciendo en el numeral 5.2 el procedimiento y requisitos que deben reunir las Personas Juridicas para ser autorizadas como Entidades Certificadoras de Conversion a Gas Licuado de Petroleo - GLP, ante la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Parte Diario N° 145040 de fecha 04 de octubre del 2013 la empresa J & F MORDAZA E.I.R.L., solicita autorizacion para funcionar como Entidad Certificadora de Conversion a GLP, senalando como direccion: Mz. "Z". Lt. 1, MORDAZA MORDAZA, Provincia del Callao, con la finalidad de inspeccionar fisicamente los vehiculos convertidos a GLP o los vehiculos originalmente disenados para combustion a GLP (vehiculo dedicado, bicombustible o dual), certificar e instalar los dispositivos de control de carga que la Direccion General de Transporte Terrestre disponga al mismo, suministrar la informacion requerida a la Direccion General de Transporte Terrestre o a la entidad que esta designe como Administrador del Sistema de Control de Carga de GLP, inspeccionar anualmente a los vehiculos con sistema de combustion a GLP, asi como realizar la

Declaran que las autorizaciones para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora en FM en la localidad de Kiteni del departamento de MORDAZA seran otorgadas mediante concurso publico
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2042-2013-MTC/28 MORDAZA, 26 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, concordado con el articulo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan mediante concurso publico cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda y localidad es menor al numero de solicitudes admitidas; Que, el articulo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que configurada la situacion prevista en el articulo 40º del mismo cuerpo legal, se expedira la resolucion directoral senalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad seran otorgadas por concurso publico; Que, mediante Informe Nº 3588-2013-MTC/28 se da cuenta que para el servicio de radiodifusion sonora en frecuencia modulada (FM) en la localidad de KITENI del departamento de MORDAZA, el numero de solicitudes admitidas es de cinco (05), lo cual es superior al numero de frecuencias disponibles que son cuatro (04), razon por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusion deberan otorgarse por concurso publico; correspondiendo ademas expedir la resolucion que asi lo declare; De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio