Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2014 (07/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 7 de enero de 2014

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Colombia y las Fuerzas Armadas del Peru" de fecha 29 de MORDAZA de 2013, el Oficio Nº 112539/CGFM-JEMCESDEGUE-ESJAD-DETAH-27 de fecha 22 de noviembre de 2013 del Director de la Escuela Superior de MORDAZA de las Fuerza Militares de Colombia y el Oficio NC-50CEPE-Nº 1855 de fecha 05 de diciembre de 2013 del Comandante de Educacion de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aerea del Peru (FAP) mantiene una permanente e historica relacion de amistad con la Fuerza Aerea Colombiana (FAC), esto nos permite aprovechar el intercambio de oficiales para observar y aprender sobre los adelantos que la Fuerza Aerea Colombiana ha alcanzado en las ciencias aeronauticas en los MORDAZA academico, doctrinario y tecnologico; Que, la Republica de Colombia y la Republica del Peru, en el MORDAZA de las relaciones bilaterales establecen actividades de cooperacion entre ambos paises, en tal sentido en el Entendimiento Nº 9 de la Mesa Nº 4.- Fuerzas Aereas del Acta de la "XX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Militares de Colombia y las Fuerzas Armadas del Peru", la Fuerza Aerea Colombiana ofrecio una beca para que un oficial de la Fuerza Aerea del Peru participe en el "Curso de Estado Mayor 2014", el mismo que se llevara a cabo en la Escuela Superior de MORDAZA de las Fuerzas Militares de Colombia, en la MORDAZA de Bogota D.C. ­ Republica de Colombia, del 08 de enero al 21 de noviembre de 2014; Que, el Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha sido designado para participar en el curso indicado en el parrafo anterior, en virtud al merito alcanzado por haber obtenido el MORDAZA puesto en el Curso Comando y Estado Mayor FAP correspondiente al ano 2010; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios a la MORDAZA de Bogota D.C.­ Republica de Colombia, del Comandante FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en el "Curso de Estado Mayor 2014" a llevarse a cabo en la Escuela Superior de MORDAZA de las Fuerzas Militares de Colombia, del 08 de enero al 21 de noviembre de 2014; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Fuerza Aerea del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participacion del personal designado durante la totalidad del referido curso, resulta necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (01) dia de anticipacion, asi como su retorno un (01) dia despues de la fecha programada, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 7782008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion

Presupuesto Institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: MORDAZA ­ MORDAZA de Bogota (Republica de Colombia) ­ MORDAZA (Clase economica) US $. 1,335.00 x 01 persona US $. 1,335.00 Gastos de traslado ­ ida ­ vuelta: US $. 2,900.00 x 2 x 1 persona US $. 5,800.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US $. 2,900.00/31 x 24 dias x 1 persona (08 Ene 14 ­ 31 Ene 14) US $. 2,245.16 US $. 2,900.00 x 09 meses x 1 persona (01 Feb ­ 31 Oct 14) US $.26,100.00 US $. 2,900.00/30 x 21 dias x 1 persona (01 Nov ­ 21 Nov 14) US $. 2,030.00 -----------------Total a pagar: US $.37,510.16 Articulo 3°.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El Oficial designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El citado Oficial revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la Mision de Estudios. Articulo 7º.- El citado oficial esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 8º.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1034705-2

Autorizan viaje de oficial de la Fuerza Aerea a Colombia, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA Nº 003-2014-DE/ MORDAZA, 6 de enero de 2014 Vistos, el Acta de la "XX Ronda de Conversaciones entre los Altos Mandos de las Fuerzas Militares de