Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2014 (07/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Martes 7 de enero de 2014

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que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y la Resolucion Suprema N° 0012013-MIDIS, que aprobo su Cuadro para Asignacion de Personal; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluido, a partir del 6 de enero de 2014, el encargo de funciones conferido a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Directora General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Articulo 2.- Designar, a partir del 6 de enero de 2014, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Directora General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social 1034261-1

linguistico de un MORDAZA idioma, con certificado en los estandares internacionales similar al nivel B2 empleado por el Consejo Europeo correspondiente al MORDAZA Comun de Referencia para las Lenguas. En el caso de los Institutos de Educacion Tecnologico o Centros de Instruccion de Suboficiales se adoptaran medidas para que el personal se reciba con un certificado de conocimiento de un MORDAZA idioma de nivel A2 de la misma referencia internacional. Articulo 3º.- Debido a la correspondiente transitoriedad y adecuacion que esta medida ocasionara, las Direcciones de Instruccion y/o Educacion de las Instituciones Armadas estableceran como ano limite a la promocion de egreso ano 2019 en el caso de oficiales y la promocion 2017 en el caso de suboficiales, para alcanzar estos estandares internacionales. Articulo 4º.- Las Instituciones Armadas deberan establecer las cantidades y porcentajes de cada uno de los idiomas que considere prioritario, de acuerdo a la participacion de sus miembros en el contexto internacional y al origen de los sistemas, medios y equipos que emplean sus unidades operativas, para las promociones de egreso de sus Escuelas de Formacion e Institutos de Educacion Tecnologico o Centros de Instruccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1034704-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Directora General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 002-2014-MIDIS MORDAZA, 3 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, estableciendose que la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion es el organo de linea encargado de evaluar y hacer seguimiento a las politicas y programas en materia de desarrollo e inclusion social; Que, mediante Resolucion Suprema N° 001-2013MIDIS, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013MIDIS, N° 085-2013-MIDIS y N° 127-2013-MIDIS, el cual contempla el cargo de Director General de Seguimiento y Evaluacion como cargo de confianza; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 239-2013MIDIS, se encargo las funciones de la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social, en tanto se designe a su titular; Que, a afectos del cumplimiento de los objetivos institucionales, se estima pertinente dar por finalizado el encargo referido en el considerado precedente, para proceder a la designacion de quien asumira las funciones de Director General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley

Aprueban modificacion del Protocolo para la Veeduria del MORDAZA de Compra del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma
RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA N° 0008-2014-MIDIS/PNAEQW MORDAZA, 3 de enero de 2014 VISTOS: Los Informes N° 490-2013-MIDIS/PNAEQW-US&M y N° 02-2013-PNAEQW/US&M-IJFA de la Unidad de Supervision y Monitoreo, la Hoja de tramite de fecha 26 de diciembre de 2013 y el Informe N° 0022-2013-MIDIS/ PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS se creo el Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (MIDIS), con la finalidad de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los habitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable, para ninas y ninos del nivel de educacion inicial a partir de los tres anos de edad y del nivel de educacion primaria de la educacion basica en instituciones educativas publicas; Que, de acuerdo con lo establecido por la Octagesima Cuarta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se autorizo al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, a traves del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, a realizar transferencias de recursos financieros a los comites u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios de los Programas, a fin de alcanzar los objetivos a cargo de los mismos; Que, asimismo, la Ley N° 29951 establecio que los comites u organizaciones referidos en el parrafo precedente, serian reconocidos por el MIDIS, a traves del Programa Nacional de Alimentacion Escolar Qali Warma, rigiendose por los procedimientos operativos, de compras, de rendicion de cuentas y demas disposiciones complementarias que fueran necesarias, establecidos por el MIDIS y, supletoriamente, por las normas del ambito del sector privado;