Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2014 (07/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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Que, en la primera disposicion final de la referida Ordenanza, se faculta al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para la adecuada aplicacion y/o ampliacion de la presente norma; En uso de la facultad conferida en el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, con la opinion favorable de la Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres y la Gerencia de Asesoria Juridica; DECRETO: Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de enero de 2014 el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 027-MDMM. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia a la Subgerencia de Comercializacion y Anuncios, Subgerencia de Gestion del Riesgo de Desastres y a la Gerencia de Administracion y Finanzas. Articulo Tercero.- Encarguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusion, a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www.munimagdalena.gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 1034357-1

El Peruano Martes 7 de enero de 2014

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Aprueban el Reglamento de Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados en el distrito
ORDENANZA Nº 261 San MORDAZA de Lurigancho, 28 de diciembre de 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto, en Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen 003-2013-CDU con relacion al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el MORDAZA Reglamento del Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados para su aplicacion en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobierno local, que cuentan con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, en su Articulo 9º, define a la autonomia politica como la facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes. Asimismo, el citado dispositivo legal, define a la autonomia administrativa como la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad;

Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 46º de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante Ordenanza se determina el Regimen de Sanciones Administrativas por la infraccion a las disposiciones administrativas municipales, estableciendo una escala de multas en funcion de la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias; Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre publicada el dia 8 de octubre 1999, senala en su Articulo 18º inciso a) que las Municipalidades Distritales ejercen competencia en materia de transporte en general de acuerdo a los Reglamentos nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad Provincial respectiva les otorguen y en particular, la regulacion del transporte menor (mototaxis y similares); Que, la Ley Nº 27189 ­ Ley de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, publicada el dia 28 de octubre de 1999, reconoce el Servicio de transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores, complementario y auxiliar como un medio de Transporte Vehicular Terrestre; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 2 de diciembre del 2010, se aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Motorizados o No Motorizados, estableciendo en ello las normas generales para la prestacion de dicho servicio publico, y asimismo se faculta a las municipalidades distritales la regulacion pertinente a lo dispuesto en el precitado decreto; Que, con fecha 05 de MORDAZA de 2013 se aprueba la Ordenanza Nº 1693-2013 publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 14 de MORDAZA de 2013, la misma que aprobo la Ordenanza MORDAZA que regula el Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados o No Motorizados en MORDAZA Metropolitana y establece disposiciones especiales para el Servicio de Transporte en Vehiculos Menores en el Cercado de Lima; Que, con fecha 5 de agosto de 2000 se aprobo la Ordenanza Nº 015-2000 publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 31 de agosto de 2000, la misma que aprobo el Reglamento de Servicio Publico de Transporte Especial de Pasajeros en Vehiculo Menor en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, MORDAZA que establecio las condiciones y requisitos minimos que deberian cumplir las personas juridicas que se dedican al servicio de transporte especial de pasajeros en vehiculos menores; Que, con el proposito que el ejercicio de la potestad sancionadora de esta comuna sea una eficaz herramienta para que, a traves de su inherente capacidad coercitiva, se pueda hacer cumplir las disposiciones legales, los cuales se rigen de acuerdo a los principios establecidos en el Titulo Preliminar y sub capitulo I, Capitulo II del Titulo IV de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; resulta necesario aprobar, mediante Ordenanza Municipal, el MORDAZA Reglamento de Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Articulo 9º y articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y el Dictamen Nº 003-2013-CDU, con el MORDAZA Mayoritario del pleno del Concejo Municipal y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento de Servicio de Transporte Especial de Pasajeros y Carga en Vehiculos Menores Motorizados en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que constara de 08 titulos, 61 Articulos, 04 disposiciones transitorias, 07 disposiciones finales y 06 Anexos; que forman parte integrante de la presente ordenanza, y que se adjunta al presente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1034537-1