Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2008 (02/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 2 de MORDAZA de 2008

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Res. Nº 210-2008-SUNARP-TR-L.- Declaran improcedente recurso de apelacion interpuesto mediante H.T. N° 27-2008 contra observacion de solicitud de inscripcion de ampliacion de declaratoria de fabrica de predio inscrito en el Registro de Predios de MORDAZA 371686 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Res. Nº 024-2008-SUNASS-CD.Declaran infundadas impugnaciones y ratifican la Resolucion de Gerencia General N° 1662007-SUNASS-GG 371687

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE EL MORDAZA

Ordenanza Nº 345-MDEA.- Prohiben arrojar agua y sustancias similares de cualquier origen en la via publica del distrito de El MORDAZA 371694 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA

D.A. Nº 015-ALC/MSI.- Establecen disposiciones para el otorgamiento de la tarjeta denominada "Vecino Puntual Sanisidrino VPSI-CARD" 371694 MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA Res. Nº 035-2008-CR/GRC.CUSCO.- Declaran de necesidad publica regional el uso de recursos hidricos del alto MORDAZA 371692

Ordenanza Nº 140.- Establecen procedimiento simplificado denomi-nado MORDAZA de Posesion Especial, para facilitar el acceso a los servicios de electricidad, agua y desague 371696

RECTIFICACION
En el sumario de la edicion del dia 30 de MORDAZA de 2008 y en el Indice correspondiente a la MORDAZA Quincena de MORDAZA de 2008, se consignaron por error Resoluciones Legislativas con las numeraciones 26220 y 26221, debiendo ser su numeracion correcta 29220 y 29221, tal como aparecen publicadas en el contenido de aquella edicion.

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29222
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica; ha dado la ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

o no organos y tejidos para fines de transplante o injerto despues de su muerte, o de otras situaciones de similar naturaleza, no genera la invalidez del documento, sino el pago de multa equivalente al cero punto dos por ciento (0.2%) de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), salvo los casos de dispensa por razones de pobreza. Para la emision del Documento Nacional de Identidad (DNI) al obtener la mayoria de edad, sera necesario la MORDAZA de la Partida de Nacimiento, o de la Libreta Militar."
DISPOSICION TRANSITORIA

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 37º DE LA LEY Nº 26497, LEY ORGANICA DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL - RENIEC, SOBRE LA VALIDEZ DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD (DNI)
Articulo Unico.- Modificacion del articulo 37º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC Modificase el articulo 37º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil - RENIEC, con el siguiente texto: "Articulo 37º.- El Documento Nacional de Identidad (DNI) tendra una validez de ocho (8) anos, vencido el cual sera renovado por igual plazo. La invalidez se presenta cuando el citado documento sufre de un deterioro considerable, por cambios de nombre, o de alteraciones sustanciales en la apariencia fisica que originen que la fotografia pierda valor identificatorio. En este caso, el Registro emitira un MORDAZA documento con los cambios que MORDAZA necesarios. La falta de actualizacion de los datos del Documento Nacional de Identidad (DNI), como los cambios de estado civil del titular, o de su decision de ceder

UNICA.- El Documento Nacional de Identidad (DNI) que estuviera por vencerse MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ley sera renovado en el plazo previsto en la MORDAZA anterior. El MORDAZA plazo previsto en la MORDAZA modificatoria sera aplicable para el Documento Nacional de Identidad (DNI) que se emita a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, sea por vencimiento del MORDAZA plazo, duplicado, deterioro, cambio de nombre, apariencia fisica, y otros motivos.
DISPOSICION DEROGATORIA

UNICA.- Deroganse las normas que se oponen a la presente Ley, y dejase sin efecto el articulo 3º de la Resolucion Jefatural Nº 492-2007/JNAC/RENIEC, modificado por la Resolucion Jefatural Nº 842-2007/ JNAC/RENIEC. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, al uno de MORDAZA de dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA POSADA EYZAGUIRRE Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA