Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2006 (22/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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331174

NORMAS LEGALES
SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 03395-1

El Peruano MORDAZA 22 de octubre de 2006

cuenta aquellas que pertinentemente aporten a la valoracion conjunta y razonada de los hechos, considerandose dos aspectos; el primero, todas aquellas que tengan la contundencia de realidad del domicilio; y, el MORDAZA, los documentos que son aportados que estiman una probabilidad del domicilio y MORDAZA pertinentes apreciarlas; asi tenemos, sobre los primeros, obra en autos a fojas 76, fotocopia legalizada del certificado domiciliario s/n del 13 de MORDAZA del 2004 con el sello y membrete de la Comisaria de Barboncito, en cuyo contenido se observa la constatacion que se hace sobre el domicilio del tachado, sito en el MORDAZA San MORDAZA Nº 3646 del distrito de San MORDAZA de Porres, que a esa fecha por la naturaleza del certificado tiene plena vigencia y validez; a fojas 77, fotocopia legalizada de la Partida Registral Nº P01158701 de la propiedad Nº 3644-3644ª3646 del MORDAZA San MORDAZA del distrito de San MORDAZA de MORDAZA, inscrita el 21 de MORDAZA del 2006 a nombre del tachado, que aporta a la valoracion del domicilio; a fojas 382, el original del certificado de inscripcion Nº 0028392606-RENIEC, emitido por RENIEC, en el que consta la direccion MORDAZA San MORDAZA Nº 3646 de la Urbanizacion Peru, del distrito de San MORDAZA de MORDAZA, presentado por el apelante, que por el contrario aporta tambien a la valoracion de domicilio; se concluye, que prueban fehacientemente la MORDAZA de domicilio en el distrito de San MORDAZA de Porres; Que, los documentos que estiman la probabilidad de un domicilio, como la fotocopia legalizada de los contratos privados de arrendamiento del Estadio Guadalupano celebrados con el Colegio "Nuestra Senora de Guadalupe" del 9 de diciembre del 2002, 7 de MORDAZA del 2004, 15 de diciembre del 2004, y 7 de diciembre del 2005 a fojas 82 al 89; y copias legalizadas de los convenios de colaboracion celebrados con el Colegio Preuniversitario "San MORDAZA de Cluny" de fechas 30 de diciembre del 2002 y 28 de diciembre del 2004 respectivamente, a fojas 91 al 94; fueron merituadas por la recurrida y, considerando tambien, que el apelante presenta documentos que afirman que el tachado tiene residencia en el distrito de San MORDAZA, tambien de la provincia y departamento de Lima; no desvirtuan la existencia del domicilio senalado en el distrito de San MORDAZA de MORDAZA, sino que, por el contrario, dejan MORDAZA de la existencia de domicilio en los distritos de San MORDAZA y San MORDAZA de Porres, situacion que esta regida por el articulo 35º del Codigo Civil; Que, por otro lado, la obligacion de contar con autorizacion para postular o de haber renunciado, es exigible a aquel candidato que estando afiliado a un partido politico inscrito, pretenda inscribirse como candidato en otra organizacion politica; por lo que la parte in fine del articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094 deviene en inaplicable al caso; por consiguiente al atribuirse a Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estar afiliado a una organizacion politica local, no le son exigibles los condicionamientos previstos en dicha norma; Que, por estas consideraciones el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a las atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en consecuencia CONFIRMAR la Resolucion Nº 228-2006-JEE/LN de fecha 10 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Norte, que declara infundada la tacha contra la candidatura del ciudadano Freddy MORDAZA MORDAZA MORDAZA perteneciente a la lista de candidatos para MORDAZA y Regidores al Concejo Distrital de San MORDAZA de Porres, de la provincia y departamento de MORDAZA en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite.

Registrese, comuniquese y publiquese.

SBS
Autorizan al BNP Paribas Andes para proceder al cierre y liquidacion total de su operacion local
RESOLUCION SBS Nº 1361-2006 MORDAZA, 18 de octubre de 2006 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES: VISTA: La comunicacion de fecha 20 de junio de 2006, mediante la cual el senor Jean-Michel Vandekerkove, Gerente General de BNP Paribas Andes, solicita la autorizacion de esta Superintendencia para proceder al cierre y liquidacion de su operacion local y del patrimonio respectivo (Libro On-Shore). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 499-77-EF/97-10 de fecha 2 de setiembre de 1977, esta Superintendencia la solicitud de Organizacion asi como la Minuta de Constitucion Social y Estatuto del Banco Multinacional, BANCO ARABE LATINOAMERICANO S.A. o indistintamente ARAB LATIN AMERICAN BANK (ARLABANK); Que, mediante Resolucion SBS Nº 777-98 del 13 de agosto de 1998, esta Superintendencia autorizo a la Banque Nationale de MORDAZA a adquirir la totalidad de las acciones del Banco Arabe Latinoamericano ARLABANK de propiedad de Arlabank Internacional E.C.; Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 17 de noviembre de 1998 se acordo entre otros, el cambio de denominacion social del Banco Arabe Latinoamericano ­ ARLABANK a Banque Nationale de Paris-Andes S.A. ­ BNP ANDES, el mismo que fue aprobado por esta Superintendencia mediante Resolucion SBS Nº 0076-99 del 29 de enero de 1999; Que, con fecha 11 de agosto de 1999, esta Superintendencia remitio al Presidente del Directorio del BNP ­ Andes, el Oficio Nº 7749-99, informandole que mediante Oficio Nº 07640-99 de fecha 10 de agosto de 1999 se puso en conocimiento del Banco Central de Reserva del Peru, que cumplian con los requisitos necesarios para realizar operaciones activas y pasivas en el MORDAZA interno, habiendoseles asignado el codigo de identificacion respectivo; Que, posteriormente, en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 12 de junio del 2000, se acordo el cambio de la denominacion social de BANQUE NATIONALE PARIS-ANDES S.A. " a la de BANQUE BNP PARIBAS-ANDES (abreviadamente BNP PARIBASANDES); Que, de conformidad con el numeral 12 de la Decimo Setima Disposicion Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias, Ley General, cuando un