Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2006 (17/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones, se pagaran en los siguientes plazos: 3.1 Por los adeudos hasta veinte mil nuevos soles, en el plazo de seis meses. 3.2 Por los adeudos mayores a veinte mil nuevos soles y hasta cien mil nuevos soles, en los siguientes terminos: 3.2.1 Pensionistas con 75 anos de edad o mas, cumplidos hasta el 31 de diciembre de 2005 inclusive, en 12 meses. 3.2.2 Pensionistas con 65 anos de edad y menos de 75, cumplidos hasta el 31 de diciembre de 2005 inclusive, en 24 meses. 3.2.3 Pensionistas menores de 65 anos al 31 de diciembre de 2005, en 36 meses. 3.3 Por el exceso de cien mil nuevos soles, el pago de los devengados se efectuara en diez anos contados desde el final de los plazos a los que se alude en el numeral 3.2. Articulo 4°.- Forma de Pago y Monto Minimo Los pagos se realizaran mensualmente y el monto minimo sera el equivalente al de la pension que se otorgue al pensionista, salvo que el adeudo correspondiente sea menor, en cuyo caso se abonara dicha suma. Articulo 5°.- Tasa de Interes Para todos los casos senalados en el articulo 3° del presente Reglamento, es de aplicacion a los saldos por devengados la tasa de interes legal fijada por el Banco Central de Reserva del Peru. Articulo 6°.- Pago de devengados en caso de fallecimiento del pensionista En caso de fallecimiento del pensionista, al cual se le adeude devengados, el monto se abonara en una sola cuota, conforme a la legislacion de la materia. Articulo 7°.- Financiamiento La ONP ejecutara el pago de los devengados en los plazos normados en el presente Reglamento con cargo a su presupuesto institucional para los ejercicios fiscales 2006 y 2007.

presente ano el acto de MORDAZA de la propuesta tecnica y economica a la cual no se presento ninguna de las empresas invitadas, por lo que se postergo dicho acto; Que, ante tal circunstancia la Unidad Especial PL 480 procedio a efectuar coordinaciones con empresas nacionales y extranjeras especializadas en brindar este servicio, recibiendo de una empresa nacional una cotizacion por el monto de US$ 160 405,38 (Ciento Sesenta Mil Cuatrocientos Cinco y 38/100 Dolares de Estados Unidos de America) mas derechos de emision e IGV, que equivale a la suma total de S/. 514 901,00 (Quinientos Catorce Mil Novecientos Uno y 00/100 Nuevos Soles), aproximadamente, mientras que una empresa extranjera oferto el monto de US$ 94 737,50 (Noventa y Cuatro Mil Setecientos Treinta y Siete y 50/100 Dolares de Estados Unidos de America), equivalente a S/. 304 100,95 (Trescientos Cuatro Mil Cien y 95/100 Nuevos Soles), aproximadamente; Que, segun el Informe Nº 168-2006-EF/UEPL480 es necesario asegurar la contratacion del servicio de seguro de transporte maritimo y cautelar los intereses del Estado a traves de un contrato que refleje las reales condiciones del MORDAZA, por tanto, teniendo en cuenta que el servicio de seguro no se desarrollara en el territorio peruano, el contrato a celebrarse podria ser efectuado con una empresa extranjera no domiciliada en el pais; Que, ante la persistencia y urgencia de contratar el servicio de seguro que cubra el primer embarque de 26 000 toneladas metricas de torta de soya y que los costos que demande ello MORDAZA reales, debe procederse a su contratacion de manera directa de conformidad con el literal n) del articulo 2.3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que es conveniente dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 629-2006-EF/43; Que, asimismo la contratacion a efectuarse permitira el cumplimiento por parte de la Unidad Especial PL 480 de las obligaciones asumidas en el Contrato de Compra Venta de Torta de Soya Americana, el Decreto Supremo Nº 1462006-EF y la Resolucion Ministerial Nº 541-2006-EF/15; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 629-2006-EF/43. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial y los Informes N°s. 168-2006-EF/UEPL480 y 2097-2006-EF/60.01 de la Unidad Especial PL 480 y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas, respectivamente, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Disponer que la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economia y Finanzas remita la informacion de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

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Dejan sin efecto la R.M. N° 629-2006EF/43, mediante la cual se exonero de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de seguro de transporte maritimo de toneladas de torta de soya
RESOLUCION MINISTERIAL N° 643-2006-EF/43
MORDAZA, 16 de noviembre de 2006 Vistos: los Informes N°s. 168-2006-EF/UEPL480 y 20972006-EF/60.01 de la Unidad Especial PL 480 y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas, respectivamente, sobre la contratacion directa del servicio de seguro de trasporte maritimo, que cubra el primer embarque de 26 000 toneladas metricas de torta de soya, adquirida bajo el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 146-2006-EF; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 629-2006-EF/43 se declaro en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de seguro de trasporte maritimo, que cubra el primer embarque de 26 000 toneladas metricas de torta de soya, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, exonerandose a la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economia y Finanzas del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para realizar la mencionada contratacion, hasta por la suma de S/. 115 000,00 (Ciento Quince Mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, en atencion a lo indicado en el considerando precedente, por Resolucion Jefatural Nº 21-2006-EF/UEPL480 la Unidad Especial PL 480 aprobo las Bases para la contratacion del servicio de seguro de trasporte maritimo de 26 000 toneladas metricas de torta de soya, realizandose el 13 de noviembre del

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EDUCACION
Designan Director del "Plan Maestro de Conservacion y Manejo del Complejo Arqueologico de Chan Chan" y responsable de la administracion de este complejo arqueologico
RESOLUCION MINISTERIAL N° 0714-2006-ED
MORDAZA, 16 de noviembre de 2006