Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2006 (17/11/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

333001

defectuosos (placas reparadas y repotenciadas), distintos a lo solicitado en el Concurso Nº SC 003-2005, por lo que, no habiendose producido ninguna solucion tecnica al problema planteado, pese de haber transcurrido 30 (Treinta) dias sin obtener respuesta de su parte, se MORDAZA en la obligacion de iniciar las acciones legales que correspondan; Que la empresa Jaguar Systems International S.A.C, dando respuesta a la Carta Nº 0889/2006/OIM, mediante Carta Nº 031-2006/JSI, del 28 de agosto del 2006, reitero su compromiso de que personal tecnico de Sonda realice el cambio de las piezas danadas, conforme al Acta del 5 de MORDAZA del 2006, sin referirse al cambio de los servidores defectuosos, fijando su posicion respecto del problema derivado de su incumplimiento contractual; Que, mediante Oficio Nº 0636-2006-GG-GCTI-MP-FN, del 12 de setiembre del 2006, la Gerencia Central de Tecnologias de la Informacion informa que se ha terminado de revisar los 18 (Dieciocho) servidores SUN adquiridos al proveedor, tarea que ha tomado 3 (Tres) meses, constatandose que 2 (Dos) equipos tienen placas "jumpeadas", es decir con dispositivos adicionales que difieren de las placas de los otros 16 (Dieciseis) equipos, dos equipos presentan 1 Gb de memoria RAM, cuando las especificaciones indicaban que todos los equipos debian tener 2 Gb de memoria, y que ningun equipo presenta MORDAZA de Poder redundantes (2 Fuentes), presentando una sola Fuente de Poder; Que, al haberse puesto en conocimiento del proveedor el contenido del Oficio Nº 0636-2006-GG-GCTI-MP-FN, mediante la Carta Nº 0401/2006/OIM, del 28 de setiembre del 2006, este no ha dado respuesta alguna a la misma, tal como se indica en la Carta Nº 403/2006/OIM, de fecha 18 de octubre del 2006; Que, evidenciandose de autos la circunstancia de que el proveedor Jaguar Systems International S.A.C, no tiene la intencion de cumplir con su obligacion contractual de responder por la garantia de fabrica prevista en la clausula sexta del Contrato de Suministro de Servidores Nº SC003-2005, pactada por 3 (Tres) anos, en la cual se indica expresamente que debe de cumplir con subsanar el defecto de fabricacion o proceder al cambio del servidor defectuoso, resulta necesario autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Institucion, a iniciar las acciones legales pertinentes; en aplicacion de lo establecido en el articulo 14º del Decreto Ley Nº 17537, que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 959; Que, para el efecto, debe tenerse en consideracion que los servidores Sun vendidos por el proveedor no reunian algunos requisitos tecnicos previstos por las especificaciones tecnicas, terminos de referencia y propuesta tecnico economica pertinentes, tales como 2 (Dos) MORDAZA de Poder Redundantes, Memoria RAM suficiente y placas nuevas, habiendo suministrado los 18 Servidores Sun con una sola Fuente de Poder, Memoria RAM insuficiente (la mitad de lo requerido) y placas usadas y repotenciadas, lo cual ha causado dano emergente al Ministerio Publico, por los serios inconvenientes y atrasos producidos en la funcion fiscal, independientemente de la responsabilidad que pudiera corresponder a los funcionarios de la empresa proveedora por la calidad simulada que han utilizado para poder cobrar el integro del precio de los bienes suministrados, negandose injustificadamente a reemplazar los servidores, en aplicacion de la garantia pactada contractualmente; Que, conforme aparece del Oficio Nº 0254-2006-MP-FNGCTI-GSTI, de fecha 20 de setiembre del 2006, la Gerencia de Sistemas de Tecnologia de la Informacion informa que, solamente el costo de los 3 meses de evaluacion de los servidores y el reemplazo de los servidores inoperativos, incluyendo traslado de equipos y personal, asciende a la suma de S/. 4,968.89 (Cuatro Mil Novecientos Sesenta y Ocho y 89/100), el costo de un equipo modelo Sun FIRE X4100, conforme a las especificaciones tecnicas inicialmente requeridas, es de US$ 4,071.00 (Cuatro Mil Setenta y Un y 00/100 Dolares Americanos) y el costo de las revisiones de los 18 equipos defectuosos, incluido desplazamiento fuera de la sede de trabajo, es de S/. 2,998.01, debiendo contarse ademas 127 horas de trabajo perdidas con ocasion de los defectos y omisiones de los equipos comprados; Con la visacion de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con el articulo 14º del Decreto Ley Nº 17537, que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 959, y con las atribuciones conferidas por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052- Ley Organica del Ministerio Publico, y la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 10442006-MP-FN.

Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Procurador Publico, a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga, impulse y culmine las acciones judiciales a que hubiere lugar, contra la empresa Jaguar Systems International S.A.C, y sus gerentes responsables, tanto en lo civil como en lo penal, a efectos de resarcir los danos sufridos, por los montos que se acreditaran oportunamente, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente Resolucion y los antecedentes respectivos al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Gerencia General, al Organo de Control Institucional y a la Oficina de Asesoria Juridica, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

5727-1

Disponen que las fiscalias provinciales penales del Distrito Judicial de MORDAZA Norte despachen con sus juzgados penales respectivos y establecen medidas respecto de la carga procesal penal
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1432-2006-MP-FN
MORDAZA, 15 de noviembre de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, estando a la politica de mejorar el servicio de Administracion de Justicia, corresponde a la Fiscalia de la Nacion, adoptar las acciones necesarias que coadyuden a que este se realice en forma eficiente en beneficio de la ciudadania. Que, mediante Resoluciones de la Junta de Fiscales Supremos N°s. 033 y 048-2006-MP-FN-JFS, de fechas 8 de junio y 23 de octubre del 2006, respectivamente; se crearon la Decima MORDAZA, Decima Tercera y Decima Cuarta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA Norte del Distrito Judicial de MORDAZA Norte; en tal sentido, al existir en la actualidad Fiscalias Provinciales Penales homologas al Poder Judicial, corresponde reordenar y equiparar el funcionamiento de las mismas, con el objetivo de mejorar la funcion fiscal. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las Fiscalias Provinciales Penales del Distrito Judicial de MORDAZA Norte despachen con sus Juzgados Penales respectivos. Articulo Segundo.- Disponer que la carga procesal a nivel preliminar continuen siendo de conocimiento de cada Despacho Fiscal y a nivel judicial las Fiscalias Provinciales Penales del Distrito Judicial de MORDAZA Norte deberan asumir lo correspondiente a sus respectivos Juzgados. Articulo Tercero.- Disponer que la Octava y Decima MORDAZA Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA Norte, conozcan los procesos con reos en carcel, dejando sin efecto los extremos pertinentes a las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion N° 583-2001-MP-FN y N° 1831-2003-MP-FN, de fechas 11 de MORDAZA del 2001 y 25 de noviembre del ano 2003, respectivamente. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA Norte, Gerencia General y Gerencia de Registros de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

5773-1