Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2006 (17/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Que, en dicho caso, la vigencia de los contratos adjudicados no sera mayor de 5 anos, permitiendose asi que las empresas distribuidoras puedan convocar a licitaciones al MORDAZA de la Ley, en forma inmediata y para cubrir la totalidad de la demanda no contratada para usuarios regulados; Que, el numeral 6.2 del Articulo 6° de la Ley establece la responsabilidad de OSINERG de aprobar las Bases de Licitacion, modelos de contrato, terminos y condiciones del MORDAZA de licitacion, formulas de actualizacion de precios firmes y supervisar su ejecucion; Que, de otro lado, el 2 de setiembre de 2006 fue publicado el Decreto Supremo N° 051-2006-EM, por el cual se precisa la aplicacion de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley y se establece que, a mas tardar el 15 de setiembre de 2006, OSINERG debera aprobar los "Lineamientos Generales de las Bases de Licitacion de Suministro de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica" para las licitaciones a efectuarse durante el presente ano; Que, mediante Resolucion OSINERG N° 402-2006OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 15 de setiembre de 2006, OSINERG aprobo la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica ­ Ano 2006" (Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832) ­ en adelante "Norma Lineamientos" ­; Que, en el numeral 4 de la MORDAZA Lineamientos se establecieron los pasos, las responsabilidades, actividades y plazos para el MORDAZA de aprobacion de las Bases de la Licitacion, los mismos que deben ser cumplidos por todas las Distribuidoras que requieran iniciar un MORDAZA de Licitacion al MORDAZA de la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley y cuya adjudicacion de la Buena Pro se otorgue MORDAZA del ultimo dia de diciembre de 2006; Que, con fecha 3 de octubre del presente ano, se publico en el Diario El Comercio y en las paginas Web de las empresas Electronoroeste S.A. (en adelante "ENOSA"), Electronorte S.A. (en adelante "ENSA"), Electronorte Medio S.A. (en adelante "HIDRANDINA") y Electrocentro S.A. (en adelante "ELECTROCENTRO"), su intencion de iniciar un MORDAZA de licitacion publica para la contratacion de suministro de potencia y energia; Que, luego de efectuada la publicacion, y dentro del plazo senalado, la empresa Electrosur S.A. (en adelante "ELECTROSUR"), facultada por el numeral 2 del Articulo 4º de la Ley, manifesto su intencion de incorporarse al procedimiento; Que, el dia 12 de octubre de 2006 se recibio el Oficio N° GG-300-2006 con la Propuesta de Bases del grupo de empresas senaladas en los parrafos precedentes a fin de convocar a licitacion publica. Al respecto, luego de analizar el contenido de dicho documento, OSINERG formulo, mediante Oficio N° 349-2006-OSINERG-GART del 24 de octubre, las observaciones a la Propuesta de Bases, solicitandose que las respuestas MORDAZA fundamentadas debidamente; Que, mediante Oficio N° GCC-054-06 recibido el 26 de octubre de 2006, se presento la version modificada del Proyecto de Bases en atencion a las observaciones formuladas por OSINERG, proyecto este que no incluye los requerimientos de la Empresa ELECTROCENTRO dentro del procedimiento de Licitacion de suministro, manteniendose en el los requerimientos de las empresas ENSA, ENOSA, HIDRANDINA y ELECTROSUR; Que, del analisis del Proyecto de Bases a que se refiere el parrafo precedente, se generaron nuevas observaciones por parte de OSINERG, las mismas que fueron remitidas al grupo de empresas, mediante Oficio N° 356-2006OSINERG-GART, el dia 2 de noviembre ultimo; Que, finalmente, mediante Oficio N° GG-316-06 recibido el 10 de noviembre, se remitieron para aprobacion de OSINERG las Bases para la Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion: ENOSA, ENSA, HIDRANDINA y ELECTROSUR, las mismas que fueron complementadas mediante Oficio GCC-057-06, recibido el 15 de noviembre, en el cual se remitieron modificaciones de las potencias contratadas fijas y variables para que estas MORDAZA incorporadas en su MORDAZA de licitacion; documentos con los cuales se ha cumplido con subsanar las observaciones presentadas por OSINERG a la propuesta anterior; Que, de otro lado, en aplicacion de lo senalado en el numeral 3.9 de la MORDAZA Lineamientos, el OSINERG debe aprobar los Factores Nodales que deben formar parte de las Bases de Licitacion, para cuya determinacion se ha tenido

en cuenta lo dispuesto en el numeral 1.2 del Articulo 1° de la Resolucion OSINERG N° 155-2006-OS/CD que fijo las Tarifas en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2006 ­ MORDAZA 2007; Que, se han emitido el Informe OSINERG-GART/DGT N° 090-2006 de la Gerencia de Generacion y Transmision Electrica y OSINERG-GART/AL-122-2006 de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3°, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores; en el Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en la Ley N° 28832 y sus normas complementarias; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y en la MORDAZA "Lineamientos Generales y Modelo de Contrato para las Bases de Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion Electrica ­ Ano 2006" (Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 28832 ); RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar los Factores Nodales de Potencia y Energia para los Puntos de Medicion o Barras de Entrega comprendidos en las Bases senaladas en el Articulo 2°:
Punto Suministro ENOSA Subestacion Comprendida MORDAZA Oeste 60 kV MORDAZA Oeste 10 kV Factores Nodales de Potencia 1.0179 1.0166 Factores Nodales de Energia HP 0.9335 0.9418 HFP 1.0342 1.0433

Punto Suministro ENSA

Subestacion Comprendida Chiclayo Oeste 60 kV Carhuaquero 220 kV

Factores Nodales de Potencia 0.9962 0.9695

Factores Nodales de Energia HP 0.9328 0.9607 HFP 1.0272 1.0580

Punto Suministro

Subestacion Comprendida MORDAZA 60 kV MORDAZA 10 kV

Factores Nodales de Potencia 0.9935 0.9927 0.9642 0.9655 0.8888 0.8987

Factores Nodales de Energia HP 0.9334 0.9409 0.9178 0.9197 0.8859 0.8937 HFP 1.0272 1.0354 1.0079 1.0100 0.9822 0.9909

HIDRANDINA

Chimbote 1 138 kV Chimbote 2 138 kV MORDAZA 66 kV MORDAZA 13.8 kV

Punto Suministro

Subestacion Comprendida Toquepala 138 kV Aricota1 10.5 kV Aricota2 10.5 kV Socabaya 33 kV

Factores Nodales de Potencia 1.0879 1.0804 1.0755 1.0589 1.0832 1.0853 1.0680 1.0853 1.1017

Factores Nodales de Energia HP 0.8894 0.8937 0.8890 0.8893 0.8893 0.8938 0.8831 0.8961 0.8908 HFP 1.0166 1.0257 1.0203 1.0157 1.0131 1.0258 1.0083 1.0214 1.0122

ELECTROSUR

Tomasiri 66 kV MORDAZA 33 kV MORDAZA 138 kV Ilo ELP 138 kV Tacna 66 kV

Articulo 2°.- Aprobar las Bases para la Licitacion de Suministros de Energia Electrica para las Empresas Concesionarias de Distribucion: Electronoroeste S.A., Electronorte S.A., Electronorte Medio S.A. y Electrosur S.A.; las mismas que como Anexo forman parte Integrante de la presente resolucion.