Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2006 (17/11/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

333011

8. En el caso que nos ocupa, se advierte que el Convenio de Prestamo Nº 4614-PE.BIRF senala claramente que "los servicios de consultoria se adquiriran de acuerdo con las disposiciones de la Introduccion y Seccion IV de las "Normas: Seleccion y Empleo de Consultores por parte de Prestatarios del Banco Mundial" (...)4". 9. En linea con lo anterior, el Convenio de Prestamo Nº 1328-OC-PE.BID establece que "en la seleccion y contratacion de servicios de consultaria financiados total o parcialmente con recursos del Financiamiento deberan aplicarse los procedimientos acordados con el Banco"5. De conformidad con lo expuesto, forman parte integrante de este convenio las normas que deben regir de manera obligatoria en lo que respecta a la seleccion y contratacion de firmas consultoras o expertos individuales6. 10. De lo MORDAZA expuesto, se concluye que el Contrato derivo de un MORDAZA se seleccion que no se encontraba regulado por la normativa nacional sobre contrataciones y adquisiciones del Estado, sino por dos convenios internacionales que contenian normas propias para la seleccion de los ejecutores, consultores y proveedores encargados de la realizacion del proyecto, asi como para las relaciones que se suscitaran en la ejecucion del mismo. 11. Por lo tanto, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley, el Reglamento y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - ROF, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM7, este Tribunal carece de competencia para imponer sancion administrativa contra el Consultor, razon por la cual resulta irrelevante su pronunciamiento respecto al fondo del presente caso, dejando a salvo las acciones que, en la via pertinente, pueda adoptar la Entidad en salvaguarda de los intereses del Estado. Por estos fundamentos, de conformidad con el informe del vocal ponente Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la intervencion de los vocales Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dra. Wina Isasi MORDAZA, atendiendo a la reconformacion de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 278-2006-CONSUCODE/PRE, expedida el 3 de MORDAZA de 2006, y en ejercicio de las facultades conferidas en los articulos 53, 59 y 61 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, asi como el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y los articulos 74 y 75 del Reglamento de Organizacion y Funciones del CONSUCODE, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2006EF, en aplicacion de lo dispuesto en el articulo 4 de la Ley Nº 28267; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad: LA SALA RESUELVE: Declarar que el Tribunal de Contrataciones yAdquisiciones del Estado carece de competencia para pronunciarse respecto a la imposicion de sancion administrativa contra el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEIS, debiendo archivarse el presente expediente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA ISASI MORDAZA MORDAZA MORDAZA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de octubre de 2006
RESOLUCION JEFATURAL Nº 331-2006-INEI
MORDAZA, 15 de noviembre del 2006 CONSIDERANDO: Que, la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley Nº 25862, transfiere al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices Unificados de Precios para la aplicacion de las Formulas Polinomicas de Reajuste Automatico de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 02-10-2006-DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas 1, 2, 3, 4, 5 y 6, correspondientes al mes de octubre del 2006 y que cuenta con la aprobacion de la Comision Tecnica del INEI, por lo que resulta necesario expedir la Resolucion Jefatural correspondiente, asi como disponer su publicacion en el Boletin Mensual de Indicadores de Precios de la Economia, que contiene la informacion oficial de los Indices Unificados de Precios de la Construccion; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis (6) Areas Geograficas correspondientes al mes de octubre del 2006, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los Departamentos que comprenden las Areas Geograficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes: Area 1 : Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Amazonas y San MORDAZA Area 2 : MORDAZA, MORDAZA, Provincia Constitucional del Callao e Ica Area 3 : MORDAZA, Pasco, MORDAZA y Ucayali Area 5: MORDAZA Area 6: MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios. Articulo 3º.- Los Indices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construccion, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fabrica incluyendo los impuestos de Ley y sin considerar fletes. Registrese y comuniquese. CHERLY MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Instituto Nacional de Estadistica e Informatica MORDAZA, Huancavelica,

Area 4 : MORDAZA, MORDAZA y Tacna
4

Parte A (Generalidades) de la Seccion II (Empleo de Consultores) del Anexo 4 (Adquisicion) del Convenio de Prestamo Nº 4614-PE.BIRF. Acapite VI del Anexo A del Convenio de Prestamo Nº 1328-OC-PE.BID. Anexo C del Convenio de Prestamo Nº 1328-OC-PE.BID ("Procedimiento para la seleccion y contratacion de firmas consultoras o expertos individuales"). Al respecto, el articulo 66 del ROF establece que el Tribunal es el organo encargado de resolver, en MORDAZA instancia administrativa, las controversias que surjan entre las Entidades y los postores durante el MORDAZA de seleccion, asi como de aplicar las sanciones de suspension o inhabilitacion a proveedores, postores y contratistas por infraccion de las disposiciones de la Ley, su Reglamento y demas normas complementarias.

5

6

7

5671-2