Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2006 (17/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de noviembre de 2006

MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente. Se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos tales como patentes y derechos de autor se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor. Que, se hace necesario que el concejo municipal como MORDAZA instancia del gobierno municipal adopte las decisiones pertinentes y dote de las facilidades a la administracion a efecto que se cumpla con la rehabilitacion inmediata y el mejoramiento de los caminos de acceso distrital y anexos, los que a la fecha se encuentran en mal estado perjudicando el transporte y las actividades productivas de los pobladores agravando la situacion economica de los pobladores del distrito. Que, conforme al Art. 19º del D.S. Nº 083-2004-PCM estan exonerados del MORDAZA de licitacion, concurso publico o adjudicacion directa, selectiva las adquisiciones o contrataciones que se realicen en situacion cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico declaradas de conformidad con la presente Ley. Que, debatidos los informes senalados en Sesion de Concejo de fecha 2 de noviembre del 2006, este acordo que es necesario declarar LA EXONERACION DEL MORDAZA DE SELECCION PARA LA ADQUISICION DE REPUESTOS Y SERVICIO DE MANTENIMIENTO de Tractor Oruga MORDAZA Caterpillar D6M para el mantenimiento y conservacion de las diferentes vias de acceso al distrito de Maranura y Otros; Con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Maranura en uso de las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y estando a las consideraciones expuestas: Aprobo lo siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- DECLARAR, que el requerimiento de adquisicion de repuestos y servicio de mantenimiento se encuadra en lo previsto en el inciso e) del D.S. Nº 084-2004PCM. Cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico. Articulo Segundo.- EXONERAR, del MORDAZA de seleccion adquisicion de Repuestos y Servicio de mantenimiento del Tractor Oruga D6M Caterpillar. Articulo Tercero.- DISPONER, que el Comite permanente de adquisiciones lleve adelante la adquisicion de Repuestos y Servicio de Mantenimiento, conforme a las normas legales vigentes. Articulo Cuarto.- DETERMINA, que el proveedor debera prestar los servicios de mantenimiento del Tractor Oruga en un plazo MORDAZA de 5 dias habiles a partir de la suscripcion del contrato. Articulo Quinto.- Encargar a la secretaria general la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial el Peruano, conforme dispone el inciso e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, remitir MORDAZA del presente acuerdo a la Contraloria General de la Republica y CONSUCODE dentro de los plazos establecidos en la Ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

VISTOS, el informe tecnico legal Nº 05-2006-MDPCH/ MORDAZA, del asesor legal externo y el informe Nº 01-2006CE/MDPCH, del Comite Especial de Evaluacion de Contratacion, en relacion a la necesidad de contratar una entidad especializada y debidamente acreditada para los efectos de Asesoria y Defensa Judicial a la Municipalidad, en el MORDAZA judicial proveniente de la cobranza coactiva efectuada a la empresa Telefonica del Peru S.A.A. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 108-2006/ MDPCH, se acordo contratar los servicios de un asesor legal externo, para la Asesoria y Defensa Judicial de los procesos relacionados a las acciones judiciales, que provienen de la cobranza coactiva, que obra en el expediente judicial Nº 034-04, en la MORDAZA Sala Contenciosa Administrativa, de la Corte Superior de Lima. Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 113-2006/ MDPCH, se acordo nombrar un Comite Especial encargado de evaluar y seleccionar la contratacion, de una persona natural o juridica especializada en Asesoria y Defensa Judicial de procesos contenciosos administrativos y los que devengan de ello. Que, para una labor eficaz y eficiente en la consecucion de los resultados a favor de la municipalidad; es imperativo los servicios de una entidad especializada en trabajos de Asesoria y Defensa Judicial, y que ademas acredite antecedentes laborales, de calidad y efectividad de sus servicios. Que, el asesor legal mediante informe Nº 05-2006MDPCH/ALE, expone que es procedente la contratacion de los servicios de Asesoria y Defensa judicial para la municipalidad, en la modalidad de servicios personalisimos, de conformidad con los articulos Nº 19º y 20º de la Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 083-2004-PCM; el Art. 145º del D. S. Nº 084-2004-PCM Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su modificatoria D. S. Nº 063-2006-EF. Que, el Comite Especial en su informe Nº 01-2006-CE/ MDPCH, luego de concluir con el MORDAZA de evaluacion y seleccion, propone la contratacion para la asesoria y defensa judicial de la Municipalidad, a la empresa ILUMINATI SAC. En ejercicio de la competencias y facultades conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972 y por el articulo 20º del D S. Nº 083-2004-PCM, el Concejo Municipal. ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion del concurso publico, para la contratacion de los servicios de asesoria y defensa judicial para la municipalidad distrital de Pampas Chico, en el MORDAZA judicial proveniente de la cobranza coactiva efectuada a la empresa Telefonica del Peru S. A. A. Articulo Segundo.- Aprobar, que la retribucion o pago por los servicios prestados seran abonados de los montos ingresados a tesoreria, como resultado eficaz de la gestion, debido a la incapacidad real del estado financiero de la municipalidad. Articulo Tercero.- Aprobar la contratacion del servicio mencionado en el articulo primero, en la modalidad de servicios personalisimos, de conformidad a los dispositivos vigentes en la materia, a la empresa ILUMINATI SAC. Articulo Cuarto.- Encargar la realizacion de los procedimientos de contratacion, asi como la ejecucion del contrato al Titular del Pliego, para asumir los servicios de Asesoria y Defensa Judicial, del expediente judicial Nº 3404 en la MORDAZA Sala Contenciosa Administrativa de la Corte Superior de MORDAZA, hasta la conclusion integral de la cobranza y de todos los procesos judiciales existentes y provenientes, materia del contrato. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion del presente acuerdo de concejo en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo hacer de conocimiento a la Contraloria General de la Republica. GILBER MORDAZA GENEBROZO MORDAZA

5719-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS CHICO
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de asesoria y defensa judicial en MORDAZA proveniente de cobranza coactiva efectuada a Telefonica del Peru S.A.A.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 123-2006/MDPCH
Pampas Chico, 26 de Octubre del 2006

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