Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2004 (17/07/2004)


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LEY Nº 28286
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

puesto Analitico de Personal - PAP, solo en la parte correspondiente a la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior - DIGEMIN, con el objeto de cubrir los requerimientos de inspectores y tecnicos en migraciones que ejerzan las funciones de control migratorio a nivel nacional. Articulo 2º.- Del financiamiento Lo dispuesto en la presente Ley se atendera exclusivamente con cargo a los recursos directamente recaudados por la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior - DIGEMIN. Articulo 3º.- Modificaciones presupuestarias Para efectos de lo dispuesto en el articulo 1º de la presente Ley, exonerase al Ministerio del Interior, por unica vez, de lo establecido en el literal d) del numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, por un plazo de 90 dias. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de junio de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13400

LEY QUE DECLARA COMO DIA DE SAN MORDAZA EL VEINTICUATRO DE JUNIO
Articulo unico.- Objeto de la Ley Declarase el 24 de junio de cada ano, como dia de San MORDAZA MORDAZA en los departamentos de la Amazonia, asi como en las provincias y distritos de todo el MORDAZA que dentro de sus costumbres y tradiciones celebran la festividad de San Juan. Facultase a los correspondientes Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales a tomar las medidas administrativas pertinentes, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el parrafo precedente. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de junio de dos mil cuatro. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 13399

LEY Nº 28288
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: La Comision Permanente del Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: LA COMISION PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY Nº 28287
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DEL INTERIOR EXONERAR DEL LITERAL D) DEL NUMERAL 8.1 DEL ARTICULO 8º DE LA LEY Nº 28128 - LEY DE PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2004
Articulo 1º.- Modificaciones a los documentos de gestion de personal del Ministerio del Interior Autorizase al Ministerio del Interior a modificar su Cuadro para Asignacion de Personal - CAP, asi como el Presu-

LEY QUE OTORGA NUEVOS PLAZOS A LAS EMPRESAS AZUCARERAS ACOGIDAS A LA LEY Nº 28027
Articulo 1º.- Precisiones, modificaciones y ampliacion de plazo para la conclusion del MORDAZA de capitalizacion de adeudos tributarios Modificanse los numerales 2.1, 2.2.1, 2.2.5, 2.2.8, 2.2.13 del articulo 2º y el numeral 3.3 del articulo 3º de la Ley Nº 28027, Ley de la Actividad Empresarial de la Industria Azucarera, en los siguientes terminos: "Articulo 2º.- Del saneamiento economico financiero - Capitalizacion de la deuda tributaria (...)