Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2004 (17/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de MORDAZA de 2004

Otorgan permiso de operacion a favor de persona natural para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto en MORDAZA de la hoya amazonica
DIRECCION GENERAL DE TRANSPORTE ACUATICO RESOLUCION DIRECTORAL Nº 124-2004-MTC/13 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2004 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-023663) presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREIRA, solicitando Permiso de Operacion para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los MORDAZA de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobo el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, en el cual se establecen las normas tecnicas y legales a las cuales deberan sujetarse las personas naturales y juridicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislacion vigente, corresponde a la Direccion General de Transporte Acuatico expedir los Permisos de Operacion a las personas naturales o juridicas, que asi lo soliciten; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREIRA ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial vigente, para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los MORDAZA de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREIRA se encuentra debidamente inscrito en el Registro Unico de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10052860828; Que, mediante Informe Nº 137-2004-MTC/13.02 de la Direccion de MORDAZA Mercante y Transporte Multimodal, asi como del Informe Nº 156-2004-MTC/13.al del Asesor Legal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permiso de operacion presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, el Decreto Legislativo Nº 560 y con los Decretos Supremos Nº 005-2001MTC, Nº 041-2003-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR Permiso de Operacion a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREIRA para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial mixto (carga y pasajeros) en los MORDAZA de la hoya amazonica, en trafico nacional o cabotaje, en la forma siguiente: TRAFICO SERVICIO TRANSPORTE : Nacional o cabotaje. : Irregular en los MORDAZA de la hoya amazonica. : Mixto (carga y pasajeros).

debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expida sobre la materia, asi como a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 5º.- Disponer su inscripcion en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Juridicas que prestan servicio de transporte fluvial, en la forma establecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, a las Capitanias de Puerto de Iquitos, Pucallpa y Yurimaguas y a las Direcciones Regionales de Transportes y Comunicaciones de los Gobiernos Regionales de MORDAZA y Ucayali, para su conocimiento y fines. Articulo 7º.- El permiso de operacion otorgado quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el administrado no cumple con la publicacion de la presente resolucion en un plazo MORDAZA de treinta (30) dias habiles, contados a partir de la fecha de la presente Resolucion Directoral. Articulo 8º.- El presente permiso de operacion mantendra su plena vigencia en tanto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREIRA, cumpla con mantener vigentes las polizas de seguro correspondientes e informe de las renovaciones del caso a la Autoridad de Transporte Acuatico y a la Autoridad Maritima competente. Articulo 9º.- La presente Resolucion Directoral, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAMBURU GARDENER Director General 10639

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen que juzgado de paz creado por la Res. Adm. Nº 136-2002-CE -PJ corresponde a la Comunidad MORDAZA de San MORDAZA, distrito de Mazamari, departamento de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 113-2004-CE-PJ
MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2004 VISTOS: Los Oficios Nºs. 1134, 1137 y 1190-2002-P-CSJJU/PJ cursados por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe Nº 086-2003-SEP-GP-GG, de la Subgerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno el recurso de reconsideracion interpuesto por el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pangoa contra la Resolucion Administrativa Nº 136-2002-CE-PJ, su fecha 6 de setiembre del 2002, en el extremo que senala que el Juzgado de Paz creado mediante la referida resolucion pertenece al distrito de Mazamari, siendo que corresponde territorialmente al distrito de Pangoa, provincia de Satipo, departamento de Junin; asimismo, dicha Presidencia hace de conocimiento que el referido Juzgado de Paz esta ubicado en la Comunidad MORDAZA de San Cristobal;

Articulo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el articulo precedente sera atendido con la embarcacion denominada M/F MORDAZA II con matricula PA-7516-MF. Articulo 3º.- El permiso de operacion que se otorga por el articulo 1º, tendra una vigencia de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. La renovacion debera ser solicitada por el recurrente a la Direccion General de Transporte Acuatico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con anticipacion de sesenta (60) dias calendario MORDAZA de su vencimiento. Articulo 4º.- El permiso de operacion otorgado, implica la obligacion por parte del titular, de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demas disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial,