Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2003 (08/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Nº INCREMENTO (7) Poderes del Estado y Agregadurias (8) Participantes y Alumnos de las Escuelas del Ejercito, afines del MORDAZA y extranjero. (9) Suplemento, Hospitalizados y/o tratamiento medico. d. Por Condecoraciones OMA, CPMM, OMFB, MAE, MCMAAC. (1) Por Condecoracion: OMA, CPMM y OMFB - MORDAZA - Oficial - Comendador - Gran Oficial - Gran MORDAZA (2) Por Medalla MCMAAC - Al Merito - Distinguido - De Honor (3) Por Medalla MAE (a) Por desempeno academico calificado - Al Merito - Distinguido - De Honor (b) Por autoria de una obra - Al Merito - Distinguido - De Honor e. Por Felicitaciones (1) Motivos (a) Opns de Combate (b) Adm. en Z/E (c) Representacion del EP en el MORDAZA o en el extranjero (d) Esfuerzo intelectual (e) Docencia (f) Esfuerzo fisico (g) Adm. MORDAZA normal (h) Adm. publica PUNTOS 1.0 1.0 OBS.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de junio de 2003

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los tres dias del mes de junio del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 10786

del Peru, Ministerios, INDECI, etc.). (5) El incremento por Mando de Tropa y/o Comando de UU de MORDAZA y Serv que operan en las ZZEE, sera aplicable por todo el tiempo real y efectivo que permanecio el Oficial en la ZE.

0.5

(1) Se considerara el grado que ostenta el Oficial el ano anterior.

2 3 4 5 5 3 4 5 (2) Son acumulables entre tipos de condecoraciones siempre que no MORDAZA por la misma causal. (3) La medalla MAE, UNICAMENTE otorgara puntaje por desempeno academico calificado y por ser autor de un proyecto de investigacion de comprobada utilidad o una obra original de calificada importancia profesional. Los puntajes son acumulables entre si.

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal de la Armada de MORDAZA para asistir a la Reunion Semestral entre Autoridades Maritimas de Ilo (Peru) y de MORDAZA (Chile)
RESOLUCION SUPREMA Nº 194-DE/SG MORDAZA, 4 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA, por razones protocolares, asistencia civica, actividades academicas, entrenamiento o similares, es autorizado mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, mediante Oficio G.100-1338 de fecha 3.junio.2003, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA eleva al Ministerio de Defensa la opinion favorable para el ingreso al territorio nacional de personal militar de la Armada de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, del 11 al 12.junio.2003, con la finalidad de realizar la Reunion Semestral entre las Autoridades Maritimas de Ilo (PERU) y de MORDAZA (CHILE) en cumplimiento al acuerdo respectivo del Acta de la XI Reunion Bilateral de Comandantes de Zonas Navales Fronterizas del Peru y Chile; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, del Capitan de Navio MORDAZA REBOLLEDO MORDAZA, del MORDAZA Primero MORDAZA JAURE MORDAZA y del Marinero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personal de la Armada de MORDAZA, del 11 al 12.junio.2003, con la finalidad de realizar la Reunion Semestral entre las Autoridades Maritimas de Ilo (PERU) y de MORDAZA (CHILE), en cumplimiento al acuerdo respectivo del Acta de la XI Reunion Bilateral de Comandantes de Zonas Navales Fronterizas del Peru y Chile. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Comercio Exterior y Turismo Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 10732

2 3 4

1 2 3

1.2 0.8 0.5

0.5 0.3 0.3 0.3 0.3

(1) Son acumulables entre si siempre que no MORDAZA por la misma causal. (2) Requisitos para validez de otorgar puntaje (a) Nominal o corporativa solo por accion de combate. (b) Mas alla del cumplimiento eficiente del deber. (c) Publicado en la orden de acuerdo al nivel. (d) Por participacion directa y activa en el hecho que la motiva. (e) Que indique el lugar (s) y fecha; hechos concretos y resultados obtenidos. (f) Valorizaciones, documentacion justificaciones; etc. en caso necesario. (g) Otorgada directamente por el nivel de Comando correspondiente, no por trascripcion ni por orden (Delegacion).

(2) Incrementos Se incrementara la no(3) Sera otorgada a ta anterior cuando la ( ) Pdte. de la Republica, Min. de felicitacion es otorgaEstado, Jefe del CCFFAA y CGE. da por los siguientes: ( ) RRMM o similar (a) Pdte. de la + 0.8 ( ) Brigadas o Similar Republica, MINDEF, Min. de Estado, Jefe CCFFAA y CGE. (b) Region Militar o + 0.2 (4) Pierde su puntaje cuando deviene en similar. condecoracion f. Por Comisiones o trabajo individuales (1) Participacion en comisiones de trabajo designada por la OGE, Resolucion Ministerial o Dispositivo Superior para la formulacion de Manuales, Reglamentos y otros. (2) Por trabajos individuales de Ciencia y Tecnologia.

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(1) La DIPERE establecera la normatividad correspondiente. (2) Es requisito que el proyecto que elabore la Comision sea concluido, aprobado y puesto en vigencia. (3) El puntaje tendra validez solo para el ascenso a la clase inmediata superior. (1) La DIPERE establecera la normatividad correspondiente. (2) El trabajo presentado debe ser declarado de interes y de utilidad para el Ejercito, aprobado y puesto en ejecucion. Su naturaleza debe ser diferente a la labor o funcion que desarrolla el Oficial que presenta el proyecto. (3) El puntaje asignado tendra validez solo para el ascenso a la clase inmediata superior.

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