Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2003 (08/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de junio de 2003

materia del presente resolutivo, esta determinado en el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 0122001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el literal f) del Articulo 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, el Articulo 20º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, precisa que todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del citado Articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, segun corresponda y se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; y, De conformidad con lo establecido en el literal f) del Articulo 19º y en el Articulo 20º del T.U.O. de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM y en el numeral 3) del Articulo 119º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y sus normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento del requisito de Concurso Publico, para celebrar un Contrato de Arrendamiento con la Empresa Petroleos del Peru - PETROPERU S.A., respecto del inmueble de su propiedad, sito en Av. Paseo de la Republica Nº 3361, San MORDAZA, autorizandolo a efectuar dicha contratacion mediante Adjudicacion de Menor Cuantia, por el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2003 y el 31 de diciembre de 2003, por un monto total de S/. 1'147,811.86 (Un millon ciento cuarenta y siete mil ochocientos once y 86/100 Nuevos Soles), lo cual incluye todo concepto, como el uso del inmueble y estacionamientos, gastos de mantenimiento, servicios de agua, energia electrica, arbitrios, limpieza, seguridad y vigilan-

cia, en forma proporcional al area ocupada por VIVIENDA e impuestos de ley; en merito a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Unidad de Abastecimiento de la Oficina General de Administracion, se encargara de llevar a cabo las acciones inmediatas para la contratacion respectiva del servicio mencionado en el articulo precedente. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial asi como los Informes Tecnico y Legal que la sustentan, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 10835 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-2003-VIVIENDA Mediante Oficio S/N-2003-VIVIENDA/SG, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 118-2003-VIVIENDA, publicada en nuestra edicion del 4 de junio de 2003, en la pagina 245400. DICE: RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-2003-VIVIENDA DEBE DECIR: RESOLUCION MINISTERIAL Nº 122-2003-VIVIENDA 10843

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DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION