Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2003 (08/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de junio de 2003

Que, a partir del Ejercicio Presupuestal 2003 es necesario determinar el monto de la remuneracion mensual que percibira el senor MORDAZA y las Dietas de los senores Regidores; Estando a lo acordado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- MANTENER el monto de la Remuneracion del senor MORDAZA y el de Dietas de los Regidores acordados en Sesion de Concejo de fecha 27 de diciembre del ano 2001 hasta mientras no se efectue la Modificacion Presupuestaria de Gastos del Ano Fiscal 2003. Articulo Segundo.- ESTABLECER en 2.25 UIT la remuneracion mensual del senor MORDAZA y en 0.29% de la UIT las Dietas de los senores Regidores, hasta por un MORDAZA de 2 Sesiones al mes, a partir de la aprobacion de la Modificacion Presupuestaria de Gastos del Ano Fiscal 2003. Articulo Tercero.- DISPONER que el Area de Presupuesto y Planificacion afecte el gasto a la partida presupuestal correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10799

tratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, por su parte, el Art. 20º del mismo cuerpo legal senala que las adquisiciones y contrataciones MORDAZA referidas, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse mediante Acuerdo de Concejo Municipal; Que, asimismo el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM, senala en su Art. 105º, que de producirse los supuestos senalados en el Art. 19º de la Ley, que determinara la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la municipalidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion, por cualquier medio de comunicacion incluyendo facsimil y el correo electronico, de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego; debiendo indicarse en la resolucion exoneratoria el organo encargado de realizar el MORDAZA de contratacion; Que, la oficina de Asesoria Legal, mediante informe, opina encargar a la empresa FASTER SERVICE S.R.L. la referida cobranza, debido a que su trayectoria y experiencia que se encuentran acreditadas con la documentacion sustentatoria que adjunta, debiendo establecerse el monto referencial de contratacion por el organo encargado de realizar el MORDAZA, montos que seran cancelados segun contrato. Por lo que se recomienda: 1. APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la empresa FASTER SERVICE S.R.L., para la fiscalizacion, asesoria, procuraduria y cobranza de deudas tributarias y no tributarias de los MORDAZA contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Chicama. 2. AUTORIZAR a la Direccion Municipal para efectuar la contratacion, referida mediante MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. 3. DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Que, visto y analizado el tema en Sesion Ordinaria de Concejo se acordo por mayoria aprobar las recomendaciones planteadas por Asesoria Legal mediante Informe Nº 004-AL/MDCH-2003, y estando a los considerandos MORDAZA mencionados el acuerdo tomado por unanimidad en Sesion de Concejo de fecha 26 de MORDAZA del 2003, en uso de las atribuciones que me confiere el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, se expide el siguiente: ACUERDO 1. APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la contratacion de los servicios de la empresa FASTER SERVICE S.R.L. para la fiscalizacion, asesoria, procuraduria y cobranza de deudas tributarias y no tributarias de los MORDAZA contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Chicama. 2. AUTORIZAR a la Direccion Municipal para efectuar la contratacion, referida mediante MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. 3. DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA del acuerdo correspondiente y del informe que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a su aprobacion, asi como la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 4. La Unidad de Abastecimiento queda encargada de la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y dese cuenta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10813

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHICAMA
Autorizan contratar servicios de empresa para la fiscalizacion, asesoria, procuraduria y cobranza de deudas mediante Adjudicacion Directa de Menor Cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-MDCH-2003 Chicama, 26 de MORDAZA del 2003 VISTO: El Informe Nº 10-A-DM/MDCH-2003 de la Direccion Municipal y el Informe Nº 080-003-DPPD/MDCH de la Direccion de Planificacion, Promocion y Desarrollo, y el Informe Nº 004-AL/MDCH-2003 de Asesoria Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 10-A-DM/MDCH-2003 de la Direccion Municipal, se acredita la necesidad de ampliar la base tributaria de nuestra administracion por concepto de formalizacion de nuevos contribuyentes y la determinacion de las subvaluaciones existentes en la base conocida, se podra administrar de forma satisfactoria los recursos municipales de forma que permitan implementar los servicios municipales y solucionar la situacion de especial necesidad que atraviesa la situacion financiera de la Municipalidad, tal como el compromiso de pago de remuneraciones del personal; Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2002-PCM, senala en su articulo 19º que estan exonerados de los procesos de licitacion publica o concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso, las adquisiciones o contrataciones que se realicen h) para servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el reglamento; Que, el Art. 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado senala que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando dicha con-