Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2003 (08/06/2003)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 245674

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 8 de junio de 2003

Que, la Municipalidad Distrital de Ate, es consciente y se ha comprometido con su Municipio a reducir los potenciales riesgos que la elaboracion y comercializacion inadecuada de productos pirotecnicos representa para la integridad fisica de los vecinos; motivo por el cual, ha realizado en coordinacion con otras instituciones publicas involucradas en el tema, diversos operativos de deteccion y erradicacion de la venta y fabricacion clandestina de productos pirotecnicos, especialmente en los meses de diciembre y enero ultimos, con resultados muy exitosos; Que, en este sentido es necesario implementar las Disposiciones de la Ley Nº 27718 que regiran en nuestro distrito en cuanto a la fabricacion, deposito, transporte, comercializacion y uso de productos pirotecnicos; Que, es necesario conformar un Comite Especial que se encargue de normar, establecer e implementar las Disposiciones Municipales que MORDAZA necesarias para cumplir con lo establecido en la Ley Nº 27718; Comite que estara integrado por todas las Direcciones que conforme a sus facultades son responsables de velar dicho cumplimiento; Que, mediante Proveido Nº 1521-03-DM/MDA, de la Direccion Municipal, senala se proyecte el Decreto de Alcaldia, conformando el Comite para NORMAR LA FABRICACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS PIROTECNICOS; De conformidad con el articulo 47º inciso 6), el articulo 11º, 1122º y el articulo 136º inciso 10, de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Articulo 1º.- DISPONER, LA CONFORMACION DEL COMITE PARA NORMAR LA FABRICACION Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS PIROTECNICOS EN EL DISTRITO DE ATE (CONFACOPI-ATE); comite que tendra a su cargo la elaboracion de un proyecto de Ordenanza que regularia la fabricacion, importacion, deposito, transporte, comercializacion y uso de productos pirotecnicos en el distrito de Ate. Articulo 2º.- CONFACOPI-ATE, elabora el proyecto de Ordenanza que sera elevado al Concejo Distrital y que contendra la siguiente informacion: - Determinara los lugares publicos en los que se puedan usar articulos pirotecnicos de defragantes (juegos artificiales). - Determinara las zonas exclusivas y/o permanentes dentro de la jurisdiccion para lugares de fabricacion, deposito y comercializacion (ubicacion de las oficinas administrativas para la venta de servicios, espectaculos pirotecnicos o productos pirotecnicos de uso industrial). Articulo 3º.- CONFACOPI-ATE, estara conformado por: Director de Servicios Publicos Locales Director de Gestion MORDAZA Jefe de Oficina de Asuntos Juridicos Subdirector de Defensa Civil Subdirector de Comercializacion y Transporte Dichos funcionarios podran designar un representante que asista en su lugar ante la Comision. Articulo 4º.- CONFACOPI-ATE, tiene como plazo MORDAZA 30 dias para la elaboracion del proyecto de Ordenanza que MORDAZA cumplimiento al articulo 2º. Articulo 5º.- La Direccion de Administracion, dispondra los recursos necesarios para apoyar la labor del CONFACOPI-ATE, en atencion de los requerimientos para el mejor cumplimiento de sus funciones. Articulo 6º.- El Presente Decreto, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado de Alcaldia 10768 Presidente

Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones en lo referido a la Direccion de Rentas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 025 Ate, 2 de junio de 2003 EL MORDAZA MORDAZA ENCARGADO DE ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 223-2003-OPRP/MDA, Informe Nº 1459-03-OAJ/MDA, Informe Nº 139-03-DR/MDA, asi como el Proveido Nº 1647-03-DM/MDA, de la Direccion Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 001-02/MDA, de fecha 12 de diciembre del 2002, se aprobo la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Ate, cuyas nuevas disposiciones forman parte como anexo del referido Edicto. Entre dichas disposiciones se encuentra la definicion de ORGANOS DE GESTION DEL GOBIERNO LOCAL, los cuales comprenden, entre otros, a la Direccion de Rentas, que a su vez esta integrada por la Subdireccion de Administracion Tributaria, Subdireccion de Fiscalizacion. Recaudacion y Control y la Subdireccion de Ejecutoria Coactiva ( articulo 75º a 86º); Que, la MORDAZA disposicion final del Edicto Nº 001-029/ MDA, faculta al MORDAZA para que dentro de un plazo de 180 dias dicte, mediante Decreto de Alcaldia, las normas complementarias en relacion con el Plan de Implementacion de la nueva Organizacion Municipal. Asimismo tambien se ha delegado al MORDAZA la facultad de que mediante Decreto de Alcaldia ( esta vez, sin plazo limite) reglamente y dicte las normas complementarias al referido Edicto; Que, puesto que la propuesta de cambio de Modificacion del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) y la Estructura Organica de la Direccion de Rentas no puede considerarse como una "norma complementaria al Edicto", la modificacion, a realizarse debera efectuarse bajo la primera opcion; Que, actualmente se encuentra en vigencia el plazo de 180 dias senalado en la MORDAZA disposicion final del Edicto Nº 001-02/MDA de fecha 12 de diciembre del 2002, puesto que son dias utiles. En consecuencia y considerando que el cambio de denominacion debe considerarse como un complemento al Plan de Implementacion de la nueva Organizacion Municipal, es factible aprobar dicha modificacion mediante Decreto de Alcaldia, lo cual se MORDAZA cuenta al Concejo; Que, mediante Informe Nº 1459-03-OAJ/MDA, la Oficina de Asuntos Juridicos senala que se encuentra vigente dicha delegacion y que la propuesta de la Direccion de Rentas, cuenta con el Informe Tecnico favorable de la Oficina de Planeamiento, Racionalizacion y Presupuesto, toda vez que se esta proponiendo una variacion en la organizacion que no modifica la finalidad de la Entidad sino que precisa sus funciones. La Oficina de Asuntos Juridicos es de Opinion que se declare PROCEDENTE y que se emita el Decreto de Alcaldia, disponiendo que la Subdireccion de Fiscalizacion, Recaudacion y Control se desdoble en la Subdireccion de Fiscalizacion y la Subdireccion de Recaudacion y Control; Que, el Director de Rentas mediante el Informe Nº 139-03-DR/MDA, indica que la Direccion de Rentas, es un organo de gestion del Gobierno Local, tiene como objeto programar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las actividades de administracion, recaudacion, fiscalizacion, determinacion, control y supervision de los ingresos de la Municipalidad por ejemplo de tributos, rentas y cobranzas coactivas de acuerdo a las normas y disposiciones legales vigentes, asi como las politicas tributarias de simplificacion tributario municipal. Esta a cargo de un Director, quien depende del Director Municipal. Son organos de gestion de la Direccion de Rentas: Subdireccion Subdireccion Subdireccion Subdireccion de de de de Administracion Tributaria. Fiscalizacion Tributaria. Recaudacion y Control. Ejecutoria Coactiva.