Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2003 (24/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES
ACORDARON:

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

Articulo Noveno.- Encargar a la Direccion de Administracion, Direccion de Rentas y Unidades respectivas el cumplimiento de la presente Ordenanza, asi como la ejecucion de la difusion correspondiente. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 07755

Articulo Primero.- MODIFICAR el Articulo 2º del Acuerdo de Concejo Nº 045-2003-MDR, el mismo que quedara redactado con el texto siguiente: "Articulo Segundo.- AUTORIZAR mediante un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, la compra de los siguientes productos: 83,508.20 Kg. de Leche Evaporada Entera por un valor referencial de S/. 317,738.53 41,451.72 Kg. de MORDAZA Enriquecido por un valor referencial de S/. 176,169.81 18,121.40 Kg. de MORDAZA Instantaneo por un valor referencial de S/. 98,761.63 Adquisiciones que seran financiadas con recursos de la Transferencia del Tesoro Publico para el Programa del Vaso de Leche." Articulo Segundo.- Encarguese a la Secretaria General la publicacion del presente acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07866

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Modifican el Acuerdo de Concejo Nº 045-2003-MDR, referido a la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 048-2003-MDR MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2003 El honorable Concejo de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, reunidos en Sesion Ordinaria de fecha 22 de MORDAZA de 2003; CONSIDERANDO: Que, el informe Nº 05-2003-CE-MDR del Comite Especial da cuenta de un error material subsanable en la redaccion del Acuerdo de Concejo Nº 045-2003-MDR, del Acta de Degustacion de la Organizacion del Vaso de Leche realizada el 9-4-2003 se ha detectado que esta difiere del Acta Nº 03 del Comite de Administracion del Vaso de Leche en el extremo de que el Acta de Degustacion no indica en forma MORDAZA la propuesta de las beneficiarias del Programa, recomendando la modificacion del Acuerdo de Concejo; Que, las Cartas de fecha 16/4/03 de las representantes de la Organizacion Distrital aclaran que la decision de las beneficiarias traducidas en la tabla de tabulacion de preferencias de productos al momento de la degustacion indica que ellas han optado por consumir una racion de leche evaporada entera combinada con MORDAZA enriquecido (6 dias) y otra racion de MORDAZA instantaneo (1 dia), por semana de tal manera que la propuesta de productos de la Organizacion Distrital es la siguiente: LECHE EVAPORADA ENTERA, CERAL ENRIQUECIDO Y MORDAZA INSTANTANEO y que por error involuntario no han consignado especifica y claramente dichas denominaciones en el Acta, propiciando que el Comite de Administracion del Vaso de Leche consigne erroneamente en el Acta Nº 03 los productos de: Leche evaporada entera, Hojuelas de MORDAZA con Quinua y Alimento Enriquecido Lacteo; error involuntario que debe ser corregido en la clase de productos, las cantidades y valores referenciales, sin variar el presupuesto total; Que, el Acta Nº 05 de la sesion del Comite de Administracion del Vaso de Leche del dia lunes 21/4/ 03 recoge las observaciones del Comite Especial y las cartas aclaratorias de las representantes de la Organizacion Distrital del Vaso de Leche acordando solicitar la modificacion del Acuerdo de Concejo Nº 045-2003-MDR de fecha 12/4/03 en el extremo de modificar el Articulo MORDAZA del Acuerdo, que cambie la denominacion de la clase de productos en los siguientes terminos: LECHE EVAPORADA ENTERA, MORDAZA ENRIQUECIDO Y MORDAZA INSTANTANEO; Que, la Ley Nº 27470 "Ley que establece Normas Complementarias para la Ejecucion del Programa del Vaso de Leche" modificada por la Ley Nº 27712 que estipula la facultad de la Organizacion del Vaso de Leche previa consulta a las beneficiarias de elegir el MORDAZA de insumos que se adquirira para la ejecucion del Programa del Vaso de Leche, configurando un imperativo legal que la administracion municipal debe cumplir;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican ordenanza que establecio requisitos que deben cumplir los estacionamientos vehiculares ubicados en construcciones
(Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud del sector mediante Oficio Nº 148-2003-MSB-SG, recibido el 22 de MORDAZA de 2003) ORDENANZA Nº 252 San MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA VISTO, en su V-2002 Sesion Ordinaria de fecha 17.4.2002, las modificaciones formuladas a la Ordenanza Nº 028-97-CDSB-C del 19 de febrero de 1997 mediante la cual se establecieron los requisitos que deben cumplir los estacionamientos vehiculares en las construcciones que se realicen en el distrito de San Borja; Con el MORDAZA unanime del pleno de los miembros del Concejo Municipal, estando a lo dispuesto en el articulo 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, se aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 028 SOBRE REQUISITOS DE ESTACIONAMIENTOS PARA LA OBTENCION DE LICENCIAS DE CONSTRUCCION Articulo Primero.- Modificar los Numerales V.2 y V.3 del Articulo 5º del CAPITULO IV DE LAS NORMAS SOBRE ESTACIONAMIENTOS de la Ordenanza Nº 028-97-CDSBC, quedando redactados de la siguiente manera: V.2 ZONAS COMERCIALES: V.2.1 Para el estacionamiento vehicular en los lotes comerciales se exigira: De C-2 y C-3: Un (1) estacionamiento por cada unidad comercial hasta 40 m2 de area util y uno (1) por cada 40 m2 de area util adicional. V.3 USOS ESPECIALES: V.3.1 Para el estacionamiento vehicular en los lotes de usos especiales se exigira: