Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2003 (24/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

OBSERVACIONES: ........................................................................................ ........................................................................................ ........................................................................................

07801

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Sancionan con destitucion a Gerente de Auditoria Interna
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 181-2003-MDI Independencia, 23 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO, el Informe Nº 003-2003-CEPAD de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD; CONSIDERANDO: Que, a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD le compete hacer las investigaciones del caso y elevar un informe al titular de la entidad, recomendando las sanciones que MORDAZA de aplicacion; Que, conforme al articulo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades, el MORDAZA es el personero legal de la Municipalidad, y en ese sentido, conforme al articulo 170º del Decreto Legislativo Nº 276, le corresponde determinar el MORDAZA de sancion a aplicarse como consecuencia de un MORDAZA disciplinario; Que, se considera falta disciplinaria, a toda accion u omision, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demas normatividad especifica sobre los deberes de servidores y funcionarios; Que, para la aplicacion de las sanciones debe tenerse en cuenta el perjuicio ocasionado a los administrados; la afectacion al debido procedimiento y la naturaleza y jerarquia de las funciones desempenadas, entendiendo que cuanto mayor sea la jerarquia de la autoridad y mas especializadas sus funciones, en relacion con las faltas, mayor es su deber de conocerlas y apreciarlas debidamente; Que, el articulo 6.2 de la Ley Nº 27444 establece la posibilidad de motivar mediante declaracion de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictamenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condicion de que se les identifique de modo certero, y que por esta situacion constituyan parte integrante del respectivo acto; Que, el articulo 180º de la Ley Nº 27444, dispone que cuando fueren distintos la autoridad instructora de la competente para resolver, la instructora prepara el informe final en el cual recogera los aspectos mas relevantes del acto que lo promovio, asi como un resumen del contenido de la instruccion, analisis de la prueba instruida, y formulara en su concordancia un proyecto de resolucion; Que, mediante Informe Nº 003-2003-CEPAD, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios opino que existe la comision de la falta administrativa tipificada en el literal k) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, cometida por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Organo de Auditoria Interna; y en consecuencia, se recomienda la imposicion de la sancion administrativa de destitucion del cargo en el que se venia desempenando; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades y el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, y de conformidad con los fundamentos y conclusiones del Informe Nº 001-2003-MDI-CEPAD del 31 de enero de 2003; RESUELVE: Articulo Primero.- SANCIONAR con DESTITUCION al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del car-

go de Gerente de Auditoria Interna de la Municipalidad Distrital de Independencia por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion y en el Informe Nº 003-2003-CEPAD que forma parte integrante de la presente resolucion, a partir de la fecha en que se reciba la conformidad de la Contraloria General u opere el silencio positivo. Articulo Segundo.- Comunicar la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica a efectos de que proceda a su revision y formalizacion, adjuntando la documentacion sustentatoria pertinente para los fines de ley. Articulo Tercero.- Notificar al funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA el contenido de la presente resolucion, adjuntando el Informe Nº 003-2003CEPAD que forma parte integrante de la misma. Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Administracion de Recursos y la Gerencia de Secretaria General, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07865

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Normas sobre autorizacion de funcionamiento especial de establecimientos comerciales y de servicios en urbanizaciones en MORDAZA de recepcion de habilitacion MORDAZA, urbanizaciones progresivas o AA.HH.
ORDENANZA Nº 062 La MORDAZA, 14 de MORDAZA del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto; en Sesion Extraordinaria de fecha 8 de MORDAZA del 2003, el proyecto de Ordenanza para normar el "Otorgamiento de Autorizaciones de Funcionamiento para Urbanizaciones en MORDAZA de Recepcion de la Habilitacion MORDAZA, Urbanizaciones Progresivas o en Asentamientos Humanos"; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de Gobierno Local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, ratificada por la Sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 5 de MORDAZA del 2002; Que, asimismo, el Articulo 195º de la MORDAZA Constitucional, establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Articulo 200º, inciso 4), de la Constitucion, tienen rango de Ley; Que, el Articulo 68º inciso 7) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, establece que es funcion de la Municipalidad en materia de abastecimiento y comercializacion de productos, el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 23853, el Concejo por Unanimidad, y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: