Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2003 (24/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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saldo deudor establecido en la liquidacion final de la obra del C.E. Nº 1031 "Los Botones", ubicado en el distrito del Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, materia de la Administracion Directa Nº 034-93-PRES-INFES, establecido por la Resolucion de Gerencia de Obras Nº 381-2001PRES-INFES, del 26 de junio de 2001, la que debidamente notificada ha quedado consentida; Que, con fecha 24 de agosto de 1993, el Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud, contrata al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que en su representacion se encargue de la direccion tecnica, administrativa y contable de la ejecucion de la obra C.E. Nº 1031 "Los Botones", entregandole para el efecto las cantidades de dinero requeridas para su ejecucion; Que, en merito a los Informes Nº 034-2001-ADM-GOPRES-INFES y Nº 036-2001-ADM-GO-PRES-INFES de la Gerencia de Obras, mediante el Informe Nº 411-2002AL-ME-INFES de fecha 19 de MORDAZA de 2002, de la Oficina de Asesoria Legal del INFES, se ha encontrado responsabilidad contractual del residente de obra ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de asumir los mayores costos en planillas de jornales no sustentados y por subcontratos no presentados, de conformidad a lo establecido en la Clausula Octava, numeral 8.01 del Contrato de Servicios No Personales suscrito el 24 de agosto de 1993; Que, por Resolucion de Gerencia de Obras Nº 3812001-PRES-INFES, de fecha 26 de junio de 2001, se aprobo la liquidacion final de la obra estableciendose el saldo deudor a cargo del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la suma de S/. 176 270,58, la misma que fuera notificada mediante publicaciones efectuadas en el Diario Oficial El Peruano, de fecha 27 de junio y 11 de MORDAZA de 2001, sin que se MORDAZA presentado recurso impugnativo alguno, por lo que ha quedado legalmente consentida; Que, en ese sentido, habiendose requerido previamente el pago de dicho importe agotando las acciones administrativas, corresponde recurrir a la via judicial para lograr su cobranza, en aplicacion del articulo 1219º, inciso 1), del Codigo Civil, senalando que es derecho del acreedor emplear las medidas legales a fin de que el deudor le procure aquello a que esta obligado; y, De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a interponer las acciones judiciales correspondientes contra el ingeniero residente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

La Resolucion Administrativa Nº 043-2003-P-PJ, de 5 de marzo del presente ano, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 del mismo mes y ano; y el Oficio Nº 003-2003CEMPS-PJ, remitido por el Presidente de la Comision Encargada del MORDAZA de Evaluacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes de todos los Distritos Judiciales de la Republica, mediante el cual expone sus apreciaciones para un eficiente funcionamiento de la precitada Comision; y, CONSIDERANDO: Que, en su sesion de instalacion la Comision Encargada del MORDAZA de Evaluacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes de todos los Distritos Judiciales de la Republica ha visto por conveniente la elaboracion de un proyecto de MORDAZA por la que se precise ciertos alcances del trabajo de dicha comision, documento que ha sido alcanzado a este despacho mediante el Oficio de Vistos; Que, en efecto, en el MORDAZA considerando de la Resolucion Administrativa Nº 043-2003-P-PJ se examina la necesidad de evaluar a los magistrados suplentes y provisionales con la finalidad de separar del cargo a aquellos que no cumplen con los requisitos legales o que carecen de las condiciones de idoneidad requeridas para la funcion que realizan; Que, dentro del precitado contexto, la inclusion de magistrados provisionales como pasibles de evaluacion se refiere a aquellos que, bajo esta denominacion, ejerzan funcion jurisdiccional sin cumplir con los requisitos exigidos por la Ley Organica del Poder Judicial, formen parte o no de la MORDAZA judicial, situacion que es necesario aclarar como muestra de transparencia en la gestion; Que, en adicion a lo expuesto, cabe tambien deslindar la competencia de la Comision Encargada del MORDAZA de Evaluacion de los Magistrados Provisionales y Suplentes de todos los Distritos Judiciales de la Republica, a fin de evitar confusiones que eventualmente desvirtuen el objeto de su tarea; El Presidente del Poder Judicial, en ejercicio de las facultades conferidas mediante Acuerdo de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de fecha 22 de enero del ano en curso, y estando a lo acordado por la Comision de Magistrados para la Reestructuracion del Poder Judicial, en su sesion de 22 de febrero del presente ano; RESUELVE: Primero.- Precisar los alcances del Articulo Primero de la Resolucion Administrativa Nº 043-2003-P-PJ, en el sentido que la evaluacion comprende a los magistrados suplentes; y a los provisionales que, siendo o no de la MORDAZA judicial, han sido designados sin reunir los requisitos puntuales que exige la Ley Organica del Poder Judicial. Segundo.- Precisar los alcances del Articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 043-2003-P-PJ, para entenderse que la Comision creada por esta Resolucion no se encuentra facultada para MORDAZA, despedir, liquidar -o termino equivalente a quienes se encuentran sometidos a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 07838

MORDAZA SIVINA MORDAZA Presidente 07846

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Precisan alcances de articulo de Res. Adm. Nº 043-2003-P-PJ referido a evaluacion de magistrados
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 074-2003-P-PJ MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2003

ORGANISMOS AUTONOMOS JNE
Precisan conformacion del Concejo Distrital de Morropon, provincia de Morropon, departamento de MORDAZA
MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES RESOLUCION Nº 110-2003-JNE MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2003