Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2020 (25/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Viernes 25 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de Cañete a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la finalidad de ser destinados a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 094-2020-UNDC San Vicente de Cañete, 15 de setiembre de 2020 VISTOS: Decreto de Urgencia Nº 063-2020-EF, Informe Nº 220-2020-UNDC/CO/P/DGA/RRHH de fecha 17.08.2020, Informe Nº 079-2020-UNDC/CO/P/DGA/ URRHH.ASIST de fecha 17.08.2020, Informe Nº 4382020-JUP/OPP/UNDC de fecha 31.08.2020, Informe Nº 539-2020-UNDC/OPP/P de fecha 31.08.2020, Informe Nº 0133 ­ 2020 - UNDC/CO/P/DGA de fecha 09.09.2020, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 18º de la Constitución Política del Estado Peruano y artículo 8º de la Ley Nº 30220- Ley Universitaria, la Universidad Nacional de Cañete es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Se rige por su estatuto, instrumento que ha sido elaborado bajo el respeto irrestricto de la Constitución, Ley Universitaria y demás normas concordantes; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-2020, Decreto de Urgencia que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, en adelante el Decreto de Urgencia Nº 063-2020, se establece la reducción temporal, por un periodo de tres (03) meses, de la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de diversos funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, durante los meses de junio, julio y agosto de 2020; con el fin de contribuir con el financiamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del coronavirus (COVID-19); Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar entregas económicas a favor de los deudos del personal de la salud, que incluye profesionales de la salud, personal de la salud, técnico y auxiliar asistencial de la salud, fallecido como consecuencia del COVID-19; Que, el numeral 6.4 del Decreto de Urgencia Nº 0632020, autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar transferencias financieras a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, por el monto total de la reducción de la remuneración e ingresos económicos de los servidores y funcionarios públicos comprendidos en el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, disponiendo que dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 220-2020-UNDC/CO/P/ DGA/RRHH de fecha 17.08.2020, el Jefe de la Unidad

de Recursos Humanos, informa sobre la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, a los funcionarios cuyo ingreso mensual sea igual o mayor a 15,000 Soles, de la Universidad Nacional de Cañete; Que, mediante Informe Nº 079-2020-UNDC/ CO/P/DGA/URRHH.ASIST de fecha 17.08.2020, la Asistente Administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, informar que en cumplimiento del Decreto de Urgencia Nº 063-2020, se realizó la reducción del 10% de la remuneración de los funcionarios de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto; Que, mediante Informe Nº 438-2020-JUP/OPP/UNDC de fecha 31.08.2020, el Jefe de la Unidad de Presupuesto, remite la afectación presupuestal para la transferencia financiera de parte de la Universidad Nacional de Cañete a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la salud, fallecidos a consecuencia del Covid-19, por la suma de S/ 14,040.00; Que, mediante Informe Nº 539-2020-UNDC/OPP/P de fecha 31.08.2020, el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, remite la afectación presupuestal informada por la Unidad de Presupuesto, en aplicación al Decreto de Urgencia Nº 063-2020; Que, mediante Informe Nº 0133 ­ 2020 - UNDC/ CO/P/DGA de fecha 09.09.2020, el Director General de Administración, solicita que mediante acto resolutivo se apruebe dicha transferencia, a fin de poder realizar los trámites administrados pertinentes; asimismo el acto resolutivo deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Estando las consideraciones expuestas en la presente resolución; y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución, Ley Universitaria Nº 30220, Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, Estatuto de la UNDC y demás normas concordantes; El Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete; Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, a favor del Pliego 006. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, por la suma de S/ 14,040.00 (Catorce Mil con 040/100 Soles) destinada a financiar el apoyo solidario dispuesto en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto de Urgencia Nº 0632020, correspondiente a los meses de junio, julio y agosto de 2020. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicaciones de la Universidad Nacional de Cañete, la publicación de la presente Resolución en el diario oficial "El Peruano". Artìculo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Cañete, adoptar las acciones conducentes al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. CARLOS EDUARDO VILLANUEVA AGUILAR Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete 1887759-1

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UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 116-2020-UNDAC-R. Cerro de Pasco, 28 de agosto de 2020