Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2020 (24/05/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 24 de mayo de 2020

NORMAS LEGALES

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Interoperabilidad del Estado (PIDE) de la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, o la que haga sus veces; f. Aprobar y presentar un informe anual sobre la aplicación del modelo de ejecución de inversiones públicas, así como sobre los avances de la ejecución de las inversiones al titular del Sector al que pertenece el PEIP, con copia a la DGPMI, según se detalla en los Lineamientos para el modelo de ejecución de inversiones públicas; g. Otras funciones que establezcan los Lineamientos y/o el Manual de operaciones respectivo. 5.3 Oficina de Gestión de Proyectos (OGP): Responsable de planificar, organizar, y facilitar la implementación del modelo de ejecución de inversiones públicas en el proyecto de inversión o Cartera de Inversiones, de acuerdo al Plan de Ejecución del PEIP. La OGP, o la que haga sus veces en el PEIP, tiene entre sus funciones las siguientes: a. Diseñar e implementar procesos, procedimientos e instrumentos para la gestión integrada del PEIP de acuerdo al modelo de ejecución de inversiones públicas; b. Proponer al/la Director/a Ejecutivo/a los planes, directivas y orientaciones para la gestión de proyectos del PEIP; c. Proponer el Plan de Ejecución del PEIP elaborado por el equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones; d. Establecer cronogramas para las distintas áreas de trabajo y monitorear su progreso y evaluación para el cumplimiento de los objetivos del PEIP, en coordinación con el equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones; e. Monitorear los cronogramas del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones, en este último caso, de manera particular; f. Efectuar el seguimiento de los costos y del presupuesto del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones; g. Implementar y gestionar el Control Integrado de Cambios; h. Gestionar los riesgos que afectan al proyecto de inversión o Cartera de Inversiones del PEIP (que permitan evitar, transferir, mitigar o aceptar los riesgos), efectuando los procesos de planificación, identificación, análisis, implementación de respuesta y monitoreo de los mismos; i. Diseñar e implementar los procesos de gestión de la información del PEIP, que incluye la planificación, recopilación, creación, distribución, almacenamiento, recuperación, control y monitoreo de la información; para la toma de decisiones y/o entrega de información según corresponda; j. Implementar el proceso de identificación, planificación, gestión y monitoreo del involucramiento de los interesados en la ejecución del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones, para la participación efectiva en dichas inversiones; k. Coordinar con la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del sector respectivo, según corresponda; l. Otras funciones que se establezcan en los Lineamientos y/o en el Manual de operaciones respectivo. 5.4 Oficina de Infraestructura (OI): Responsable de la Fase de Ejecución del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones del PEIP, en coordinación con el equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones. La OI, o la que haga sus veces en el PEIP, tiene las siguientes funciones: a. Definir el alcance del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones del PEIP en coordinación con el equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones; b. Definir el alcance y elaborar los requerimientos para los procedimientos de contratación de los Contratos estandarizados, en coordinación con el equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones;

c. Gestionar el seguimiento y supervisión de los Contratos estandarizados relacionados con la ejecución del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones, así como emitir la conformidad, en coordinación con el equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones; d. Efectuar la consistencia del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones del PEIP y registrarla en el Banco de Inversiones, así como registrar otra información que requiera el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones durante la fase de ejecución de dichas inversiones; e. Efectuar el seguimiento y supervisión de la calidad durante la ejecución del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones, de acuerdo al alcance y/o contrato respectivo; f. Solicitar la aprobación de los cambios generados durante la ejecución del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones, de manera oportuna, realizando el sustento requerido para su evaluación; g. Preparar la argumentación y sustento técnico sobre las controversias que se presenten en los Contratos estandarizados, con apoyo del equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones; h. Reportar a la OGP los avances y riesgos del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones; i. Implementar las acciones de respuesta para la gestión de riesgos en coordinación con la OGP; j. Realizar los procesos de cierre de los Contratos estandarizados y gestionar la transferencia del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones a la Entidad responsable de su funcionamiento; k. Verificar el cumplimiento de las actividades del equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones, en lo que corresponda a la construcción e ingeniería del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones; l. Otras funciones que se establezcan en los Lineamientos y/o en el Manual de operaciones respectivo. 5.5 Equipo de Asistencia Técnica Especializada en Gestión de Inversiones: Contratado por el PEIP conforme a lo establecido en el párrafo 6.10 del presente Reglamento, para brindar asesoría técnico-especializada y acompañamiento técnico al PEIP para el cumplimiento de sus funciones; realizando lo siguiente: a. Brindar la asistencia técnica durante la ejecución del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones basada en buenas prácticas internacionales; b. Proponer la definición del alcance del proyecto de inversión o Cartera de Inversiones, previa revisión de los estudios, expedientes técnicos, términos de referencia, especificaciones técnicas y otros, según corresponda; c. Elaborar el Plan de Ejecución del PEIP y la Estrategia de contratación. d. Proponer la implementación y capacitación en sistemas y herramientas tecnológicas que faciliten la gestión de las inversiones, particularmente en la gestión de costos, tiempos, calidad y gestión de la información; e. Llevar a cabo los procesos de selección de los Contratos estandarizados de acuerdo a la Estrategia de contratación del PEIP, en coordinación con las áreas respectivas; f. Emitir el informe de recomendación de los postores ganadores de los procedimientos de selección según corresponda; g. Brindar asistencia técnica sobre la ejecución contractual, la supervisión de los Contratos estandarizados y los procedimientos necesarios para la gestión de las inversiones; así como brindar apoyo en la argumentación y en el sustento de la información técnica ante los mecanismos de resolución de disputas; h. Brindar asistencia técnica en la implementación del modelamiento digital de información para la construcción (BIM) en el marco del estándar ISO 19650 y de otras metodologías, para la transferencia de conocimiento en los procesos que requiera el PEIP y en las réplicas del modelo en caso corresponda; i. Otras que se establezcan en los Lineamientos y en el contrato de prestación de servicios respectivo en el marco de la naturaleza de sus actividades.