Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2020 (23/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 23 de abril de 2020

NORMAS LEGALES

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Transferencia, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se autoriza la presente transferencia financiera. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y, en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri). Regístrese y comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1865669-1

Director de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1865710-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan autorización por tiempo indefinido a favor de CÁLIDDA ENERGÍA S.A.C. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la "Central Térmica Puruchuco", ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2020-MINEM/DM Lima, 16 de abril de 2020

EDUCACION
Designan Director de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 172-2020-MINEDU Lima, 22 de abril de 2020 VISTOS, el Expediente N° MPT2020-EXT-0064347, el Oficio N° 045-2020-MINEDU/VMGP del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 00074-2020-MINEDU/SG-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 300-2019-MINEDU se designa al señor MIGUEL ALFONSO ACCINELLI OBANDO en el cargo de Director de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, el citado señor ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñado, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la persona que ejercerá el cargo de Director de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor MIGUEL ALFONSO ACCINELLI OBANDO, al cargo de Director de la Dirección de Innovación Tecnológica en Educación, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor RICARDO CRISTOPHER ZAPATA DE LA ROSA en el cargo de

VISTOS: El Expediente Nº 33390819 sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la "Central Térmica Puruchuco", presentada por CÁLIDDA ENERGÍA S.A.C. y los Informes Nº 103-2020-MINEM/DGE-DCE y Nº 0183-2020-MINEM/OGAJ, elaborados por la Dirección General de Electricidad y por la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro Nº 3005838 de fecha 20 de diciembre de 2019, CALIDDA ENERGÍA S.A.C. (en adelante, la Peticionaria) solicita el otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en el proyecto denominado "Central Térmica a Gas Natural", con una potencia instalada de 4 MW, ubicada en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el Expediente; Que, en atención del Oficio Nº 007-2020-MINEM/ DGE notificado a la Peticionaria el 06 de enero de 2020, se remite a la Dirección General de Electricidad documentación complementaria a la solicitud descrita en el considerando anterior, a través de la cual la Peticionaria precisa que la denominación del proyecto es "Central Térmica Puruchuco"; Que, el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, establece que "Las autorizaciones que cumplan los requisitos serán otorgadas mediante Resolución Ministerial del sector por un plazo indefinido, dentro de los treinta (30) días hábiles de presentada la solicitud (...)"; Que, conforme al Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad ha verificado que la Peticionaria cumple con los requisitos establecidos en el artículo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, por lo que recomiendan otorgar la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la "Central Térmica Puruchuco"; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y