Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2020 (23/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 23 de abril de 2020

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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garantizar la salud de las gestantes y la continuidad de la atención en planificación familiar ante la infección por COVID-19, cuya finalidad es contribuir a la prevención del contagio, reducción y manejo de los casos de pacientes obstétricas y/o mujeres en edad reproductiva, sospechosas o infectadas por el COVID-19, reduciendo la morbilidad y mortalidad materna, y contribuyendo al mantenimiento de la provisión y continuidad del uso de métodos anticonceptivos; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 26842, Ley General de Salud; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA, modificado mediante los Decretos Supremos N° 0112017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria N° 094 -MINSA/2020/DGIESP, Directiva Sanitaria para garantizar la salud de las gestantes y la continuidad de la atención en planificación familiar ante la infección por COVID-19, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, en el marco de sus funciones, la difusión, monitoreo, supervisión y evaluación del cumplimiento de la precitada Directiva Sanitaria. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR M. ZAMORA MESÍA Ministro de Salud 1865711-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
Autorizan segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para financiar contratación de sociedad de auditoría
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 42-2020-02.00 Lima, VISTO: El Oficio N° 000914-2019-CG/SGE de la Contraloría General de la Republica (1), el Memorando Nº 2622020-07.00 de la Oficina de Administración y Finanzas (2), el Memorando N° 243-2020-05.00 de la Oficina de Planificación y Presupuesto (3); el Informe N° 163-202003.01 de la Oficina de Asesoría Legal, y;

Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, es una Entidad de Tratamiento Especial adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20° de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones de dicho Ministerio; cuenta con autonomía administrativa, económica y financiera, de conformidad con lo establecido en su Ley de Organización y Funciones, Decreto Legislativo N° 147; Que, mediante el artículo 20° de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría de auditoría son contratadas por la Contraloría General de la República. Asimismo, se dispone que las entidades del Gobierno Nacional, quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 20° de la Ley N° 27785, las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en la Entidad; y se publican el Diario Oficial El Peruano; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 174-2019-02.00, de fecha 27 de noviembre de 2019, se autorizó la primera transferencia financiera con cargo al presupuesto Institucional 2019, del Pliego 205 Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, hasta por la suma de S/ 58,553.00 (Cincuenta y ocho Mil Quinientos Cincuenta y Tres y 00/100 soles) por la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para el financiamiento del 50% de la retribución económica por la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al SENCICO; Que, mediante el documento del visto (1), la Contraloría General de la República solicita al Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción ­ SENCICO, efectuar la segunda transferencia financiera por el restante 50 % de la retribución económica (incluye IGV), para el Período Auditado 2019, por un monto ascendente a S/ 58,553 (Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y tres y 00/100 soles); Que, mediante el documento del visto (2), la Oficina de Administración y Finanzas solicita a la Oficina de Planificación y Presupuesto, la certificación para realizar la segunda transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la Republica hasta por la suma de S/ 58,553 (Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y tres y 00/100 soles), que comprende el 50 % de la retribución económica que incluye el IGV, para el periodo auditado 2019, con el fin de cumplir con el financiamiento total de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al SENCICO; Que, mediante el documento del visto (3), la Oficina de Planificación y Presupuesto, emite opinión favorable indicando que se ha generado la Certificación de Crédito Presupuestario N° 702, por el importe de S/ 58,553 (Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Cincuenta y tres y 00/100 soles), en la Categoría Presupuestal 9001; Actividad 50000003: Gestión Administrativa; Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias; Especifica de Gasto: 2.4.1 3 1 1 a Otras Unidades del Gobierno Nacional; Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; para la segunda transferencia financiera a la Contraloría General de la Republica, destinados a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019;