Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2019 (15/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Viáticos: US$. 500.00 x 2 personas x 4 días x 40% TOTAL A PAGAR:

NORMAS LEGALES
US$. 1,600.00 ------------------US$. 1,600.00

Martes 15 de octubre de 2019 /

El Peruano

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1816545-1

por lo que los gastos por concepto de pasajes y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Hugo Andrés TORRES Santa María, CIP. 01005248, DNI. 43313764, para que participe en el Curso Internacional de Operaciones en Aguas Polares, a realizarse en el Centro de Instrucción y Capacitación Marítima (CIMAR), en la Ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 21 al 30 de octubre del 2019; así como, autorizar su salida del país el 20 y su retorno el 31 de octubre del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Santiago (República de Chile) - Lima US$. 1,085.68 US$. 1,085.68 Pasajes Terrestres: Santiago - Valparaíso (República de Chile) - Santiago US$. 160.00 US$. 160.00 Viáticos: US$. 370.00 x 10 días TOTAL A PAGAR:

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1391-2019 DE/MGP Lima, 11 de octubre de 2019 Visto, el Oficio Nº 4982/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 23 de setiembre del 2019; CONSIDERANDO: Que, con Oficio I.1000-023 de fecha 12 de febrero del 2019, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile ha remitido al Comandante General de la Marina, la Carta C.J.A. Ord. Nº 3600/221 del Comandante en Jefe de la Armada de Chile, de fecha 29 de enero del 2019, mediante la cual cursa invitación, para que un (1) Oficial preferentemente del grado de Capitán de Corbeta o Capitán de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, participe en el Curso Internacional de Operaciones en Aguas Polares, a realizarse en el Centro de Instrucción y Capacitación Marítima (CIMAR), ubicado en la Ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 21 al 30 de octubre del 2019; Que, asimismo, con Oficio I.1000-026 de fecha 14 de febrero del 2019, el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de Chile remite al Comandante General de la Marina, el Anexo de la carta mencionada en el considerando precedente, mediante el cual detalla la información general sobre el desarrollo del referido curso; Que, por Oficio Nº 1320/52 de fecha 17 de setiembre del 2019, el Director General de Educación de la Marina propone al Capitán de Corbeta Hugo Andrés TORRES Santa María, para que participe en el mencionado curso; lo que permitirá adquirir conocimientos y transmisión de experiencias particulares a los marinos que desarrollan actividades profesionales en la Antártida, sobre aspectos del medio ambiente antártico que afectan principalmente a la navegación, a la seguridad náutica y a la protección del medio ambiente marino; Que, de acuerdo con el Documento Nº 214-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje;

US$. 3,700.00 US$. 4,945.68

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Superior comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1816545-2