Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2019 (15/10/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 15 de octubre de 2019 /

El Peruano

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.

VISTOS: el OF. RE (DAC) Nº 2-22-I/422 del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Informe Nº D0001862019-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura; CONSIDERANDO:

EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1816488-1

CULTURA
Designan Directora de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 422-2019-MC Lima, 11 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Cultura, aprobado por Resolución Ministerial Nº 204-2017-MC, el mismo que ha sido reordenado con Resoluciones Ministeriales Nº 506-2017-MC, Nº 306-2018-MC, Nº 4392018-MC, N° 150-2019-MC y N° 270-2019-MC, el cargo de Director/a de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco es considerado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, encontrándose vacante el cargo de Director/a de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Claudia Miranda Sotomayor en el cargo de Directora de Programa Sectorial II de la Sub Dirección Desconcentrada de Patrimonio Cultural y Defensa del Patrimonio Cultural de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PETROZZI FRANCO Ministro de Cultura 1816546-1

Autorizan viaje de Viceministra de Interculturalidad a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 423-2019-MC Lima, 11 de octubre de 2019

Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante el OF. RE (DAC) Nº 2-22-I/422, el Ministerio de Relaciones Exteriores remite la invitación de las Ministras de Cultura de Andorra y de Colombia al Ministerio de Cultura para participar en la XX Conferencia de Ministras y Ministros de Cultura, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, los días 17 y 18 de octubre de 2019; Que, conforme a lo señalado en el precitado documento, la Conferencia busca profundizar el diálogo y generar consensos en torno al aporte de la cultura para el cumplimiento de la Agenda 2030, resaltando el rol de la cooperación cultural iberoamericana en la promoción de la diversidad cultural, las industrias culturales y creativas, y el patrimonio cultural; además, las temáticas que se abordarán en la presente edición serán la diversidad cultural con enfoque local como factor de inclusión, la innovación para la competitividad y desarrollo de la cultura, integración regional como eje de desarrollo local, y la información e indicadores para generar conocimiento; Que, a través del Informe Nº D000186-2019-OGPP/ MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura señala que durante el desarrollo de la conferencia se continuará impulsando la reflexión en torno a los aportes de cultura y la economía creativa a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como los desafíos actuales del sector cultural a nivel iberoamericano; por lo que, resulta importante continuar abordando el papel, los avances y los desafíos que los países del espacio iberoamericano tienen de cara a la vinculación de las industrias culturales y creativas en el desarrollo sostenible para establecer compromisos concretos y alcanzables a través de la formulación e implementación de políticas públicas que vayan en dicha dirección; Que, con Informe Nº D000077-2019-OGAJ/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta viable autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Viceministra de Interculturalidad; Que, atendiendo a la temática y a los objetivos del mencionado evento resulta de importancia e interés nacional la participación de la señora Angela María Acevedo Huertas, Viceministra de Interculturalidad en el mismo; cuyos gastos por concepto de viáticos serán cubiertos por el Gobierno de Colombia, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos serán cubiertos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, en tanto dure la ausencia de la señora Viceministra de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, es necesario encargar el Despacho Viceministerial de Interculturalidad; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los organismos públicos descentralizados correspondientes, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector;