Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2019 (18/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 9
El Peruano / Domingo 18 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, se establecen los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; Que, de acuerdo al artículo 2 de la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, se entiende por publicidad institucional, a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, asimismo, el artículo 3 de la citada Ley, regula los requisitos para que el Titular del Pliego autorice la realización de publicidad estatal, entre los cuales figura el Plan de estrategia publicitaria, el mismo que deberá estar acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2019-MINCETUR se aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, que desarrolla estratégicamente y con criterio técnico, las herramientas comunicacionales necesarias para el logro de los objetivos comunicacionales establecidos por el Sector; Que, mediante documentos del Visto, se sustenta la necesidad de modificar el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para incorporar cuatro (04) campañas de publicidad, las que cuentan con disponibilidad presupuestal y se enmarcan dentro de los fines institucionales; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar la modificación del Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para los fines correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el Plan de Estrategia Publicitaria 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado con Resolución Ministerial N° 088-2019-MINCETUR, el mismo que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones y Protocolo la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan modificado en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1797486-1
Visto, el Oficio Nº 3958/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 6 de agosto del 2019; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta WWNWS-SC Nº 01/2019 de fecha 26 de marzo del 2019, el Presidente del Sub Comité sobre el Servicio Mundial de Avisos a la Navegación de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI) hace de conocimiento la realización de la Undécima Reunión del Sub Comité sobre el Servicio Mundial de Avisos a la Navegación (WWNWS11), para que delegados de los Estados Miembros de dicha organización hidrográfica, participen en la referida reunión, en la Ciudad de Halifax, Canadá, del 26 al 30 de agosto del 2019; Que, con Oficio Nº 1842/42 de fecha 9 de julio del 2019, el Director de Hidrografía y Navegación propone al Alférez de Fragata Diego Rodrigo BARTRA Cerna, para que asista a la mencionada reunión; lo que permitirá participar con voz y voto en las decisiones de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI); así como, contar con los alcances actualizados sobre los diversos estudios, capacidades logísticas, equipamiento y procedimientos técnicos sobre el Sistema Mundial de Avisos a la Navegación, aspectos meteorológicos y otros asuntos relativos a la seguridad marítima, con la finalidad de asegurar la entrega oportuna de información marítima en apoyo a las Fuerzas Navales y navegantes en general; Que, de acuerdo con el Documento Nº 162-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Alférez de Fragata Diego Rodrigo BARTRA Cerna, CIP. 00110164, DNI. 71227826, para que participe en la Undécima Reunión del Sub Comité sobre el Servicio Mundial de Avisos a la Navegación (WWNWS11), a realizarse en la Ciudad de Halifax, Canadá, del 26 al 30 de agosto del 2019; así como, autorizar su salida del país el 25 y su retorno el 31 de agosto del 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
DEFENSA
Autorizan viaje de oficial MGP a Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1040-2019 DE/MGP Lima, 16 de agosto de 2019