Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2017 (13/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 13 de febrero de 2017 /

El Peruano

4.3 Los representantes de la comisión de fusión son los responsables de programar, implementar y dar seguimiento al proceso de fusión, cuyas conclusiones y acuerdos son recogidos en actas y al término del plazo de su designación remiten el informe detallado de acciones desarrolladas durante el proceso de fusión. 4.4 El proceso de fusión culmina en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles contabilizados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo. Artículo 5.- Publicación Publíquese el presente decreto supremo en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), el Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe). Artículo 6.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y la Ministra de Salud. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- De las normas que rigen los procesos de fusión Los procesos de fusión aprobados mediante la presente norma, se rigen por la Directiva Nº 001-2007PCM/SGP ­ Lineamientos para implementar el proceso de fusión de Entidades de la Administración Pública Central, aprobada por Resolución Ministerial Nº 084-2007-PCM. Asimismo, el cambio de dependencia de comisiones, proyectos y consejos se rige, en lo que resulte aplicable, por las normas de la Directiva Nº 001-2016-PCM/SGP para cambiar de adscripción un organismo público de un Sector a otro, aprobada por Resolución Ministerial Nº 0762016-PCM. Segunda.- Adecuación del Reglamento de Organización y Funciones La Presidencia del Consejo de Ministros así como los demás ministerios comprendidos en el presente decreto supremo adecúan su Reglamento de Organización y Funciones, de ser necesario, para la mejor aplicación de la presente norma. Tercera.- Normas complementarias Mediante Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, se dictan las normas que sean necesarias para la mejor aplicación de lo dispuesto en el presente decreto supremo. Los ministerios comprendidos en el presente decreto supremo, en el marco de sus competencias, mediante Resolución Ministerial aprueban las normas complementarias que requieran para la aplicación del presente decreto supremo. Cuarta.- Del Comité Coordinador permanente de la infraestructura de Datos Espaciales del Perú (CCIDEP) A la entrada en vigencia del presente decreto supremo el Comité Coordinador Permanente de la Infraestructura de Datos Espaciales del Perú (CCIDEP), creado por Resolución Ministerial Nº 325-2007-PCM, lo preside un representante de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial, o la que haga sus veces, de la Presidencia del Consejo de Ministros. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Única.- Modificación del artículo 18 del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que "Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública" Modifícase el artículo 18 del Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM que "Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización

y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública" en los siguientes términos: "Artículo 18.- De los Órganos de Asesoramiento Las entidades cuentan con órganos de asesoramiento denominados "Oficina" para atender las siguientes funciones: a) Asesoría Jurídica. b) Planificación y presupuesto, incluyendo las actividades de racionalización y cooperación técnica internacional. c) Planeamiento Estratégico Sectorial, cuando se trate de Ministerios, según convenga. Atendiendo al volumen de trabajo, la naturaleza y el tamaño de la entidad, las funciones contempladas en el inciso b) pueden ser desagregadas o asignadas a otro órgano." DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Deróguese la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 001-2010-PCM-SD que reconoce a la Comisión Intergubernamental de la PCM encargada de desarrollar los componentes de la gestión descentralizada de los servicios públicos; el Decreto Supremo Nº 066-2001-RE que crea la Comisión Multisectorial encargada de coordinar la participación del Perú en la implementación del "Plan de Acción para la Integración de la Infraestructura Regional de América del Sur"; la Resolución Ministerial Nº 380-2006-PCM que conforma la Comisión Multisectorial de Prevención de Conflictos Sociales y el Decreto Supremo Nº 056-2009-PCM que lo modifica y le da fuerza de Decreto Supremo; Decreto Supremo Nº 002-2008-PCM que crea la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos Regionales y Locales; los artículos 57 al 62 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007PCM; el Decreto Supremo Nº 033-2014-PCM que crea el "Proyecto Especial para el Desarrollo de Madre de Dios" en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros; el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM que aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2009" y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización; y, el Decreto Supremo Nº 026-2013PCM que crea el Registro Unificado de Entidades del Estado Peruano (RUEEP). Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de febrero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y Encargado del Despacho del Ministerio de Transportes y Comunicaciones 1485017-1

Designan Asesor Técnico quien se desempeñará como Jefe del Gabinete Técnico de la Presidencia de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019 -2017-PCM Lima, 10 de febrero de 2017