Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2017 (13/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Lunes 13 de febrero de 2017 /

El Peruano

adjunta la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Constancia Nº 108-2016, de fecha 22.11.2016, el Secretario General de esta Casa de Estudios Superiores, acredita que se expidió con fecha 18.03.1997, el Diploma de Grado de Bachiller en Enfermería otorgado por la Facultad de Medicina "Hipólito Unanue" a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 62, Folio Nº 107 y Registro Nº 44444, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio Nº 2002-2016-OGTSG-UNFV, de fecha 09.12.2016, señala que lo solicitado por doña SOLEDAD ESPERANZA LEYTON BACA, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Enfermería, en concordancia con las Resoluciones Nros. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente y la Ley Nº 28626 ­ Ley que faculta a las Universidades para expedir duplicados de diplomas de grados y títulos profesionales; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 188-2016-OCAJUNFV, de fecha 15.12.2016 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 04132-2016-R-UNFV, de fecha 16.12.2016; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 1, de fecha 09.01.2017, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Enfermería, otorgado por la Facultad de Medicina "Hipólito Unanue" de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña SOLEDAD ESPERANZA LEYTON BACA, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 62, Folio Nº 107, Registro Nº 44444 y fecha de expedición 18.03.1997, el cual obra en la referida Oficina; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 002-2017-CU-UNFV, de fecha 10.01.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Enfermería, otorgado por la Facultad de Medicina "Hipólito Unanue" de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña SOLEDAD ESPERANZA LEYTON BACA, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 62, Folio Nº 107, Registro Nº 44444 y fecha de expedición 18.03.1997, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Medicina "Hipólito Unanue", así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector 1484524-4

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan viaje de Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN S.B.S. N° 587-2017 Lima, 10 de febrero de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Secretaría del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Reunión Plenaria del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y en las Reuniones de sus Grupos de Trabajo, que se llevarán a cabo del 19 al 24 de febrero de 2017 en la ciudad de París, República Francesa; CONSIDERANDO: Que, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), brazo regional del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), organismo que ha resaltado la importancia de utilizar plenamente las instancias disponibles en el GAFI y la necesidad de los países miembros de GAFILAT de participar activamente en las reuniones de sus grupos de trabajo; Que, el Perú será evaluado próximamente en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (LA/FT), sobre la base de las 40 Recomendaciones del GAFI y la Metodología de Evaluaciones Mutuas, y en los Grupos de Trabajo y el Pleno del GAFI es donde se toman las decisiones más importantes en relación a la política anti LA/FT; Que, el señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, participa en las reuniones del GAFI, en su calidad de Presidente del Grupo Egmont, en el marco del acercamiento que se viene dando entre ambas organizaciones para trabajar de manera coordinada y, en su calidad de Coordinador Nacional del Perú ante GAFILAT, brazo regional del GAFI, participando en las distintas sesiones que involucran la adopción e interpretación de estándares vinculados a las 40 Recomendaciones del GAFI, que serán necesarios implementar en el país, de cara a nuestra próxima evaluación mutua; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Sergio Javier Espinosa Chiroque, Superintendente Adjunto de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-20, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores,