Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2017 (13/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Lunes 13 de febrero de 2017 /

El Peruano

para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a seis (06) militares de los Estados Unidos de América, del 13 al 18 de febrero de 2017, con la finalidad de participar en un intercambio de Expertos en coordinación y planificación, con miembros de la Dirección de Sanidad y del Hospital Central de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo previsto en la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1484598-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de profesional y funcionario de PROINVERSIÓN a Vietnam y los EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 041-2017-EF/10 Lima, 10 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público Descentralizado adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante comunicación electrónica del 2 de enero de 2017, la Secretaría APEC comunicó a los miembros del Investment Experts Group de APEC sobre la carta de invitación del SOM Chair para las reuniones SOM I y el calendario de las reuniones, indicando que en este cronograma se precisa que, las reuniones del Investment Experts Group-IEG se realizarán los días 23 y 24 de febrero en la ciudad de Nha Trang, República Socialista de Vietnam; Que, mediante Oficio Circular N° 003-2017-MINCETUR/ VMCE, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo informó a PROINVERSIÓN sobre el cronograma de reuniones de la Primera Reunión de Altos Funcionarios APEC y reuniones conexas denominadas SOM I, entre ellas, se precisa la 1° Reunión del Grupo de Expertos en Inversiones de APEC (IEG) a realizarse en la ciudad de Nha Trang, República Socialista de Vietnam; Que, mediante Oficio N° 60-2017-PROINVERSIÓN/ DE, el Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN dio respuesta al Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, indicando que la señorita Nancy Nelly Bojanich García, Especialista en Inversiones II de la Dirección de Servicios al Inversionista, representará a la institución en las diversas reuniones APEC a desarrollarse en la República Socialista de Vietnam; Que, mediante Informe Técnico Nº 17-2017/ DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN señala que en la agenda preliminar se incluye entre varios temas la implementación 20152016 del IFAP - Plan de Acción de Facilitación de Inversiones APEC, respecto del cual PROINVERSIÓN

ha venido participando por ser concordante con las acciones de Facilitación de Inversiones que la referida Dirección tiene a cargo; asimismo, durante esta reunión corresponde a PROINVERSIÓN informar acerca de la implementación de las 2 actividades reportadas en el IFAP 2015-2016; así como, considerar que en el punto de agenda 6.4 Infrastructure investment, corresponde a Perú (PROINVERSIÓN) informar en APEC, sobre los recientes cambios en el marco legal e institucional para inversiones en APPS y el impacto esperado para inversiones en infraestructura; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, señala que durante el Año Fiscal 2017, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo, la autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 1 de la Ley N° 27619, establece la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado ­ FONAFE; Que, asimismo, el artículo 2 de la citada Ley, señala que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; Que, concordante con el tercer y cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por los Decretos Supremos Nº 005-2006PCM y N° 056-2013-PCM, para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes su autorización se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; asimismo, la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones de PROINVERSIÓN, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 083-2013-EF-10, le corresponde a PROINVERSIÓN, entre otras, promover la incorporación de la inversión privada en servicios públicos y obras públicas de infraestructura, así como en activos, proyectos y empresas del Estado y demás actividades estatales que le son asignadas por su relevancia nacional, conforme a las disposiciones para la implementación de la política nacional de promoción de la inversión privada; Que, en ese sentido la participación de la citada profesional de PROINVERSIÓN en el evento referido en el segundo considerando de la presente resolución, permitirá el intercambio de experiencias sobre mejores prácticas en aspectos de facilitación y promoción de inversiones, así como la oportunidad de difundir en la región del Asia Pacifico, aspectos favorables del clima de inversiones en el Perú que puedan incidir en generar el interés hacia el Perú de inversionistas de la región Asia Pacífico; enmarcándose dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de interés nacional; por lo que resulta necesario autorizar el viaje en mención; Que, en virtud de ello PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de