Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2016 (21/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Jueves 21 de enero de 2016

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

576035

Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y Resolución Administrativa SBS N° 6252015; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Cusco S.A. la apertura de una Oficina Especial ubicada en Avenida Yohan Wisee S/N ­ Plaza de Armas del Centro Poblado de Kiteni, en el distrito de Echarate, provincia de La Convención y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas (e) 1335518-1

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Alcides Martin Escobedo Noriega, Analista Operativo I del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 20 al 23 de enero de 2016 a la ciudad de Curitiba, Paraná, República Federativa de Brasil, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ 750,81 US$ 1 110,00

Autorizan viaje de funcionario a Brasil, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 305-2016 Lima, 20 de enero de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (e) CONSIDERANDO: La comunicación cursada por el Ministerio Público a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIFPerú) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en Diligencias Conjuntas con el Ministerio Público en el marco de la investigación de carácter reservada relacionada con el Informe Interno N° 00001-2016-DAO-UIF-SBS, que se llevarán a cabo los días 21 y 22 de enero de 2016 en la ciudad de Curitiba, Paraná, República Federativa de Brasil; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar al señor Alcides Martin Escobedo Noriega, Analista Operativo I del Departamento de Análisis Operativo de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en las citadas diligencias; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 68792015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIRADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1336453-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Modifican el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Lima
ORDENANZA Nº 1926 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 14 de enero de 2016, el Dictamen N° 268-2015-MML-CMAEO, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Dictamen N° 01-2016-MML-CMAL, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN LA PROVINCIA DE LIMA APROBADO POR LA ORDENANZA N° 867 Artículo Primero.- Modifíquense el literal h) del artículo 2°, el literal d) del artículo 4°, el artículo 16°, el numeral 17.2 del artículo 17° y los artículos 32°, 42° y 43° del Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en la Provincia de Lima, aprobado por la Ordenanza N° 867, e incorpórese el literal e. del artículo 4° del citado Reglamento, cuyos textos quedarán redactados de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Definiciones Las expresiones en singular comprenden, en su caso al plural y viceversa.