Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2015 (06/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Martes 6 de octubre de 2015 /

El Peruano

Reconocen a representante de los empleadores ante el Consejo Directivo de ESSALUD, en representación de la gran empresa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2015-TR Lima, 5 de octubre de 2015 VISTOS: La Carta CONFIEP PRE-177/15, de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ­ CONFIEP y la Carta P/177.08.15/GL, de la Cámara de Comercio de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo está integrado entre otros, por tres representantes de los empleadores elegidos por sus organizaciones representativas, uno de los cuales representa a la gran empresa; Que, asimismo, el numeral 5.3 del artículo 5 de la citada Ley establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) años, pudiendo ser renovados por una sola vez por un periodo igual; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 148-2013TR, se reconoció a la señora María Soledad Melania Guiulfo Suárez Durand, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo de ESSALUD, en representación de la gran empresa; el mismo que debe darse por concluido, al haber vencido el plazo máximo para su ejercicio; Que, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 0022009-TR, Reglamento de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, prescribe, entre otros, que los representantes de los empleadores, elegidos por cada uno de los gremios empresariales representativos, serán reconocidos mediante Resolución Ministerial del Sector entre las propuestas alcanzadas por cada una de las organizaciones representativas; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ha recibido la Carta CONFIEP PRE-177/15, de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ­ CONFIEP y la Carta P/177.08.15/GL, de la Cámara de Comercio de Lima, mediante las cuales presentan una terna de candidatos para la evaluación y designación del nuevo representante de la gran empresa ante el Consejo Directivo de ESSALUD; Que, es atribución del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, reconocer a los representantes de los empleadores ante el Consejo Directivo de ESSALUD, de entre las propuestas alcanzadas por las organizaciones empresariales representativas; Con la visación del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.DAR POR CONCLUIDO el reconocimiento de la señora MARÍA SOLEDAD MELANIA GUIULFO SUÁREZ DURAND, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, en representación de la gran empresa, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- RECONOCER al señor LUIS JAVIER JORGE MÁLAGA COCHELLA como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social

de Salud ­ ESSALUD, en representación de la gran empresa. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1296040-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje funcionario de PROVIAS NACIONAL a la República de Filipinas, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 579-2015 MTC/01.02 Lima, 2 de octubre de 2015 VISTOS: La Carta s/n de fecha 29 de julio de 2015, del Secretario de Transportes y Comunicaciones de la República de Filipinas; el Memorándum Nº 2968-2015-MTC/09.01 emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y los Informes Nº 1074-2015-MTC/09.01 y 1066-2015-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 29 de julio de 2015, el Secretario de Transportes y Comunicaciones de la República de Filipinas, cursa invitación al señor Ministro de Transportes y Comunicaciones para participar en la Novena Reunión de Ministros de Transportes de la Cooperación Económica Asia - Pacífico ­ APEC, que se realizará del 09 al 10 de octubre de 2015, en la ciudad de Cebu, República de Filipinas; Que, la citada Reunión tiene entre sus objetivos, promover y consolidar el desarrollo de los países ubicados en la zona Asia ­ Pacífico, a través de la facilitación de las inversiones y el comercio entre las economías que integran este Foro; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en los documentos de vistos, señala que el contenido de las actividades y tareas que se realizarán en el marco de la citada reunión, están centradas en la negociación y adopción de acuerdos con miras a coordinar el desarrollo de la infraestructura y servicios de transportes y comunicaciones entre los países que integran el Foro APEC, con el fin de facilitar el comercio internacional y el turismo, lo que incidirá en los asuntos comerciales y económicos del país; por lo que considera, que la participación del Ministerio en el citado evento, se enmarca en la excepción legal establecida en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, que establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, los gastos por concepto de pasajes incluida la tarifa unificada de uso de aeropuerto y los viáticos, serán con cargo al presupuesto del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, por la Ley Nº 30281, por el Decreto Supremo No. 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y;