Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2015 (06/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 6 de octubre de 2015 /

El Peruano

misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1295923-8

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www. serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1296067-1

Designan Director de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 116-2015-SERFOR/DE Lima, 1 de octubre de 2015 CONSIDERANDO:

Aprueban Formato de Solicitud con carácter de declaración jurada y Formato de Currículum Vitae documentado, para el otorgamiento de la Licencia para el ejercicio de la Regencia Forestal y/o de Fauna Silvestre
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 121-2015-SERFOR/DE Lima, 5 de octubre de 2015

Que, mediante Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre se crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre-SERFOR, como organismo público técnico especializado con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, con Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, el cual establece que este organismo cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 096-2014-SERFOR-DE, se designó al señor JOSÉ LUIS PRINCIPE CCOLQQUE en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR, cargo considerado de confianza; Que, mediante Carta de fecha 11 de setiembre de 2015 el mencionado servidor ha presentado su renuncia al cargo, viéndose por conveniente aceptar la misma y designar al Director de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el literal p) del artículo 10º del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI y modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir del 6 de octubre de 2015, la renuncia del señor JOSÉ LUIS PRINCIPE CCOLQQUE al cargo de Director de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del SERFOR, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir 6 de octubre de 2015, al señor LUIS NÚÑEZ CABAÑAS, en el cargo de Director de la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, cargo considerado de confianza. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución a las personas mencionadas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución y a la Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web del

VISTO: El Informe Técnico N° 173-2015-SERFOR-DGPCFFS/ DPR de fecha 2 de octubre de 2015 emitido por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° 267-2015-SERFOR-OGAJ de fecha 2 de octubre de 2015 de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el SERFOR es la autoridad nacional forestal y de fauna silvestre, ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre, y se constituye en su autoridad técnico normativa a nivel nacional, encargada de dictar las normas y establecer los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, de conformidad con el literal c) del artículo 14 de la Ley Nº 29763 es función del SERFOR emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, el artículo 23 de la Ley antes mencionada establece que el regente forestal y de fauna silvestre es la persona natural con formación y experiencia profesional en el área que requiere ser regentada e inscrita en el Registro Nacional de Regentes Forestales y de Fauna Silvestre, que formula y suscribe los planes de manejo forestal o de fauna silvestre; siendo responsable de dirigir las actividades en aplicación del plan de manejo aprobado, para garantizar la sostenibilidad del recurso forestal, y es responsable solidario de la veracidad del contenido del plan de manejo y de su implementación, así como de la correcta emisión de las guías de transporte forestal, conjuntamente con el titular del título habilitante; Que, el artículo 47 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018 -2015MINAGRI, el artículo 21 del Reglamento para la Gestión de la Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, el artículo 30 del Reglamento para la Gestión de las Plantaciones Forestales y los Sistemas Agroforestales aprobado por Decreto Supremo N° 020-2015-MINAGRI y el artículo 37 del Reglamento para la Gestión Forestal y de Fauna Silvestre en Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015-MINAGRI, establecen que la regencia es una licencia otorgada por el SERFOR y disponen, entre otros, que el SERFOR dicta los lineamientos para la implementación del Registro