Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2015 (06/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 6 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

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PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Aceptan la renuncia de Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 235-2015-PCM Lima, 5 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29976 se crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzos, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el país; Que, por Resolución Suprema N° 184-2015-PCM se designó al señor Henry José Avila Herrera, como Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al referido cargo, la que es pertinente aceptar; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29976, que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0892013-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor HENRY JOSÉ ÁVILA HERRERA, al cargo de Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1296281-2

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan Transferencias Financieras del Ministerio de Agricultura y Riego a favor de diversos gobiernos regionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0477-2015-MINAGRI Lima, 2 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30281, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, y por Resolución Ministerial Nº 0681-2014-MINAGRI, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2015 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, a través del Decreto Supremo N° 0452015-PCM, se declaró el Estado de Emergencia

en los distritos y provincias comprendidos en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Cusco, Puno y Junín, por peligro inminente ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, el cual se encuentra sustentado en los informes de estimación de riesgos presentados por la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA y el informe técnico del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, en los que se señala que los efectos del próximo periodo de lluvias 2015-2016, así como la ocurrencia del Fenómeno El Niño y su probable extensión hasta el próximo verano, pueden ocasionar inundaciones, entre otros, con consecuencias de pérdidas y daños a la vida, salud y medios de vida de la población, así como de la infraestructura productiva básica y social; medida que ha sido ampliada mediante Decreto Supremo N° 054-2015-PCM; Que, el artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, que dicta medidas para la ejecución de intervenciones ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño, autoriza a los Sectores del Gobierno Nacional a celebrar convenios por encargo con Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a fin de encargar a estos últimos la ejecución de actividades y proyectos de reducción de riesgos, preparación y respuesta en las zonas declaradas en estado de emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño; para tal efecto, las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas a realizar transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, las cuales se aprueban mediante Resolución del Titular del Pliego. La entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos; Que, mediante el Decreto Supremo N° 262-2015EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de S/. 140 000 000,00, a favor del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, para atender los gastos que demanden las actividades de prevención ante el Fenómeno El Niño en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Lima, Ica, Ancash, San Martín, Cajamarca, Amazonas y Arequipa; Que, mediante el Convenio de Encargo con Transferencia Financiera entre el Ministerio de Agricultura y Riego y el Gobierno Regional de La Libertad, se ha acordado la Transferencia Financiera de recursos en el marco de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 004-2015, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00), para realizar actividades de reducción de riesgos, preparación y respuesta en las zonas declaradas en emergencia ante el periodo de lluvias 2015-2016 y la ocurrencia del Fenómeno El Niño; Que, con Memorándum N° 1076-2015-MINAGRIOGPP/OPRES, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 316-2015-MINAGRI-OPRES/OGPP de la Oficina de Presupuesto, en el que se concluye que es procedente aprobar la Transferencia Financiera hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados, a favor del citado Gobierno Regional, para el financiamiento de actividades de prevención ante los impactos del Fenómeno El Niño, tales como limpieza de drenes, limpieza y descolmatación de cauces de ríos, protección con enrocado al volteo, limpieza de quebradas, y reforzamiento de infraestructura de protección ante posibles inundaciones; Que, en consecuencia, para efectos de dar atención al requerimiento efectuado por el Gobierno Regional de La Libertad, se hace necesario efectuar una Transferencia Financiera a favor del citado Gobierno Regional, hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00), en la Fuente de Financiamiento 5. Recursos Determinados, para los fines descritos en la presente Resolución;