Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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008-2013-SMV/01, en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de la notificacion de la presente resolucion. Articulo 6º.- La presente resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano de forma previa a la colocacion de los valores. Articulo 7º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe). Articulo 8º.- Transcribir la presente resolucion a Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos y al Banco de Credito del Peru, en su condicion de custodio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1001892-1

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10. RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado "BCP Fondo Mutuo Estructurado I FMIV", asi como el prospecto simplificado correspondiente, en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- En la gestion del fondo mutuo de inversion en valores al que se refiere el articulo precedente, Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos utilizara el contrato de administracion y el reglamento de participacion, aprobados mediante Resolucion de Intendencia General SMV Nº008-2011-SMV/10.2 y Nº 143-2012-SMV/10.2, respectivamente. Articulo 3º.- La publicidad que realice Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos para promocionar al fondo mutuo a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion no debe inducir a error o confusion y se debe realizar conforme a las normas correspondientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, y demas normas que le resulten aplicables. Articulo 4º.- La inscripcion a la que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion no implica que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la suscripcion de cuotas del citado fondo mutuo de inversion en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Articulo 5º.- Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos debera dar cumplimiento a los incisos a) y c) del Anexo F del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolucion SMV Nº 008-2013-SMV/01, en un plazo no mayor de quince (15) dias habiles de la notificacion de la presente resolucion. Articulo 6º.- La presente resolucion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano de forma previa a la colocacion de los valores. Articulo 7º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob. pe). Articulo 8º.- Transcribir la presente resolucion a Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos (antes Credifondo S.A. Sociedad Administradora de Fondos) y al Banco de Credito del Peru, en su condicion de custodio. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervision de Entidades 1001896-1

Disponen inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado "BCP Fondo Mutuo Estructurado I FMIV" en el Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES Nº 123-2013-SMV/10.2 MORDAZA, 16 de octubre de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISION DE ENTIDADES VISTOS: El Expediente Nº 2013032285 iniciado por Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos (antes Credifondo S.A. Sociedad Administradora de Fondos), asi como el Informe Nº 960-2013-SMV/10.2 del 15 de octubre de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº05395-EF/94.10, del 25 de enero de 1995, se autorizo el funcionamiento de Credifondo S.A. Sociedad Administradora de Fondos Mutuos de Inversion en Valores, hoy denominada Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos, para actuar como administradora de fondos mutuos de inversion en valores; Que, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 37º del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias, mediante escritos presentados hasta el 11 de octubre de 2013, Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos solicito la inscripcion del fondo mutuo de inversion en valores denominado "BCP Fondo Mutuo Estructurado I FMIV", en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, de la evaluacion de la informacion y documentacion presentada, se verifico que Credicorp Capital S.A. Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con lo dispuesto en los articulos 37º, 38º, 73º, 74º y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversion en Valores y sus Sociedades Administradoras, tal como se desarrolla en el Informe Nº 960-2013SMV/10.2; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 1º, inciso b) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y sus normas modificatorias; el articulo 38º, numerales 6) y 7) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF; asi como por el articulo 1º de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban propuesta denominada "Sistema de Embargos Electronicos Bancarios"
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 335-2013-CE-PJ MORDAZA, 27 de diciembre de 2013 VISTOS: El Oficio N° 2068-2013-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial; e Informe N°