Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

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Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe). Articulo 3°.- Disponer la publicacion en el MORDAZA Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe) de la Exposicion de Motivos de la MORDAZA aprobada en el Articulo 1° de la presente Resolucion, asi como de la matriz que sistematiza y absuelve los comentarios, observaciones y sugerencias recibidas por la entidad durante el periodo de publicacion del proyecto normativo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA PROCEDIMIENTO DE RECAUDACION Y CONTROL DEL APORTE POR REGULACION DEL ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL - OEFA Articulo 1°.- Objeto La presente MORDAZA regula el procedimiento de recaudacion y control del Aporte por Regulacion que le corresponde al Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA. Articulo 2°.- Ambito de aplicacion La presente MORDAZA es aplicable a los sujetos de los sectores energia y mineria obligados al pago del Aporte por Regulacion que corresponde al OEFA, conforme a lo establecido en los Decretos Supremos N° 129-2013-PCM y 130-2013-PCM. Articulo 3°.- Naturaleza del Aporte por Regulacion 3.1 El Aporte por Regulacion tiene la naturaleza de contribucion, de conformidad con lo establecido en el Articulo 7° de la Ley N° 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN. 3.2 Los recursos obtenidos por la aplicacion del referido aporte constituyen ingresos propios del OEFA y tienen como finalidad el financiamiento de la fiscalizacion ambiental de las actividades de energia y mineria, en el MORDAZA de lo establecido en la Cuadragesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y, la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30011 - Ley que modifica la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental. Articulo 4°.- Sujetos obligados al pago 4.1. Sector Energia (i) Subsector Electricidad: - Las empresas de generacion de energia electrica. - Las empresas de transmision de energia electrica, incluso aquellas que cobran peaje por la utilizacion de sistemas de transmision secundarios. - Las empresas de distribucion de energia electrica. (ii) Subsector Hidrocarburos: - Las empresas y entidades que realizan actividades de importacion y/o produccion de hidrocarburos, incluyendo gases licuados de petroleo y gas natural. - Los concesionarios de las actividades de transporte y distribucion de hidrocarburos, incluyendo distribucion de gas natural por red de ductos. 4.2. Sector Mineria Los titulares de las actividades de mediana y gran mineria, segun la legislacion vigente. Articulo 5°.- Base imponible Para la determinacion de la base imponible, los sujetos obligados al pago deben verificar la realizacion de los hechos generadores de la obligacion considerando las siguientes actividades:

en los Servicios Publicos establece que los organismos reguladores recaudaran de las empresas y entidades bajo su ambito de competencia un Aporte por Regulacion, el cual no podra exceder del 1% (uno por ciento) del valor de la facturacion anual, deducido el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el primer parrafo de la Cuadragesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 y en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30011 - Ley que modifica la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, las funciones de supervision y fiscalizacion en materia ambiental relacionadas a las actividades de energia y mineria que desarrolla el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA se financian con cargo al Aporte por Regulacion a que se refiere el Articulo 10° de la Ley N° 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; Que, mediante Decretos Supremos N° 129-2013PCM y 130-2013-PCM se establecieron los porcentajes del Aporte por Regulacion que corresponden al OEFA a cargo de las empresas de los sectores energia y mineria, respectivamente; asimismo, se dispuso que el OEFA, en ejercicio de su potestad normativa, dictara las disposiciones reglamentarias pertinentes para la mejor aplicacion y cobranza de los referidos aportes; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 053-2013-OEFA/CD del 27 de diciembre de 2013 se dispuso la publicacion del Proyecto de Procedimiento de Recaudacion y Control del Aporte por Regulacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la entidad, con la finalidad de recibir los respectivos comentarios, sugerencias y observaciones de la ciudadania en general, por un plazo de diez (10) dias habiles contado a partir de la publicacion de la citada Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; Que, habiendose recabado los comentarios, sugerencias y observaciones de los interesados, corresponde aprobar el texto definitivo del Procedimiento de Recaudacion y Control del Aporte por Regulacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental OEFA; Que, tras la absolucion y analisis de los aportes recibidos durante el periodo de publicacion de la propuesta normativa, mediante Acuerdo N° 008-2014 adoptado en la Sesion Ordinaria N° 004-2014 del 29 de enero de 2014, el Consejo Directivo del OEFA decidio aprobar el Procedimiento de Recaudacion y Control del Aporte por Regulacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolucion de Consejo Directivo, habiendose establecido la exoneracion de la aprobacion del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Contando con el visado de la Secretaria General, la Oficina de Administracion, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica del OEFA; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental; la Ley N° 30011 - Ley que modifica la Ley N° 29325; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal n) del Articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Procedimiento de Recaudacion y Control del Aporte por Regulacion del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, el cual contiene dieciocho (18) Articulos, tres (3) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Disposicion Complementaria Transitoria, y tres (3) Anexos, y forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion y la MORDAZA aprobada en su Articulo 1° en el