Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2014 (31/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano Viernes 31 de enero de 2014

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Que, la Cuarta Disposicion Final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que "Las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicio no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas". Que, mediante Ordenanza Nº 134-MDSL publicada el 06 de MORDAZA de 2012 se aprobo la Ordenanza que fija montos por Derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2012 para el Distrito de San MORDAZA, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 625-2012; Que, por Ordenanza Nº 136-MDSL se modifico la Ordenanza Nº 134-MDSL en lo que respecta a la estructura de costos que forma parte del primer dispositivo legal; la misma fuera prorrogada para el ejercicio 2013 a traves de la Ordenanza Nº 156-MDSL; Que, asimismo, la Setima Disposicion Final de la Ordenanza Nº 1533-MML establece que el Acuerdo de Concejo ratificatorio de las Ordenanzas distritales que aprueben los derechos de emision mecanizada, tendra una vigencia de dos (2) anos, en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratificacion; Que, con fecha 28 de noviembre de 2012 se publico en el diario oficial la Ordenanza Nº 1639/MML a traves se modifica la Ordenanza Nº 1533-MML, dejando en suspenso lo dispuesto en el literal b) del articulo 8º, siendo dicho precepto aplicable a la presente Ordenanza para efectos de la ratificacion de la prorroga de emision mecanizada solicitada; Que, mediante Informe Nº 010-2014-GR-MDSL de fecha 24 de enero de 2014, la Gerencia de Rentas remite el proyecto de Ordenanza que aprueba para el ano 2014 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 134MDSL sobre derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y distribucion a domicilio, sustentado en el Memorando Nº 050-2014-GAF-MDSL remitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas, a traves del cual se concluye en la necesidad de mantener la misma estructura de costos para la prestacion del servicio de emision mecanizada, determinacion del Impuesto Predial y distribucion domiciliaria para el presente ano 2014, considerandose ademas mantener la misma tasa aprobada para el ejercicio 2012 que asciende a la suma de S/. 5.10 (Cinco y 10/100 nuevos soles); Que, con Informe Nº 015-2014-MDSL-GAL del 27 de enero de 2014, la Gerencia de Asesoria Legal considera legalmente procedente el proyecto de Ordenanza referido a la aplicacion para el presente ejercicio 2014, lo dispuesto en la Ordenanza Nº 136MDSL sobre derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, manteniendose la vigencia del Acuerdo de Consejo ratificatorio Nº 625-MML para el presente ano 2014; Estando a lo dispuesto en el articulo 9º numerales 8) y 9) y el articulo 40º de la Ley 29972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal aprobo por unanimidad, la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE FIJA EL MONTO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y DISTRIBUCION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014 Articulo Primero.- APROBAR para el ejercicio 2014 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 134-MDSL modificado mediante Ordenanza Nº 136-MDSL, que fijo el Derecho de servicio de Emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, la misma fuera prorrogada para el ejercicio 2013 a traves de la Ordenanza Nº 156-MDSL; en el extremo de que el cobro en referencia por la emision mecanizada y distribucion a domicilio para el ejercicio fiscal 2014 se mantendra en la

de Informatica y Estadistica y Sub-Gerencia de Imagen y Participacion Vecinal de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusion de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segunda.- Encarguese a la Secretaria General, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto e Informatica la publicacion de la Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" Tercera.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, y asimismo para que disponga su prorroga si fuera el caso. Cuarta.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1044565-1

Fijan el monto de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 167- MDSL San MORDAZA, 29 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 0012014-CEPAL-SR-MDSL de fecha 28 de enero de 2014, emitido por la Comision de Economia, Presupuesto y Asuntos Legales, que se pronuncia sobre el Proyecto de Ordenanza que Aprueba para el ejercicio 2014 lo dispuesto en la Ordenanza Nº 134-MDSL modificada mediante Ordenanza Nº 136-MDSL, que aprobo el monto por Derecho de Emision Mecanizada de actualizacion de valores, determinacion y distribucion - Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2012 para el Distrito de San MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia Politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con lo establecido El Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru otorga facultad tributaria a los gobiernos locales, lo cual concordado con el Articulo IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, TUO del Codigo Tributario, establece que mediante ordenanza se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. El Articulo 14 º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualizacion de valores de los predios por parte de la Municipalidad sustituye la obligacion de presentar la declaracion jurada anual. Asimismo, la Cuarta Disposicion Final de la precitada MORDAZA, senala que las Municipalidades que brinden el servicio de la emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y emision de los recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio quedan facultadas para cobrar por dichos servicios no mas del 0.4 % de la UIT vigente al primero de enero de cada ejercicio.