Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2012 (06/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012
DECRETO SUPREMO Nº 118-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 130-2004-EF, se establecieron criterios y mecanismos para mejorar la equidad en el gasto social y la prioridad de atencion de grupos beneficiarios, a traves de la focalizacion, con el objetivo de hacer que dicho gasto sea mas eficiente y eficaz, y lograr mejoras en el bienestar de las poblaciones en situacion de pobreza y mayor vulnerabilidad; asimismo, se dispuso que la politica nacional de focalizacion se encontraba bajo la rectoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 399-2004PCM, se creo el Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH), con el proposito de proveer a los programas sociales de informacion que fuera utilizada para la identificacion y seleccion de beneficiarios, asi como para facilitar a la Comision Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) la ejecucion, seguimiento y evaluacion del cumplimiento de la politica social; Que, conforme al numeral 12.1 del articulo 12° de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, a partir del ano 2011, se requirio el uso del Documento Nacional de Identidad para la incorporacion de nuevos usuarios en todos los programas sociales o de subsidios del Estado que se estuvieran ejecutando en el

MORDAZA de las disposiciones legales vigentes, tomando en cuenta la evaluacion de elegibilidad realizada por el Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH); Que, de acuerdo con el numeral 12.2 del articulo 12° de la precitada Ley, el Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH) tiene por objeto administrar una base de datos socioeconomica unica -Padron General de Hogares- que permita priorizar la atencion de los hogares y personas en situacion de pobreza y pobreza extrema; Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, cuya finalidad es mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinacion y articulacion con las diversas entidades del sector publico, el sector privado y la sociedad civil; Que, mediante la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 001-2012, se dispuso la transferencia al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH), que comprende tanto la base de datos socioeconomica unica, los aplicativos informaticos y el acervo documentario correspondiente; Que, asimismo, segun la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del indicado Decreto de Urgencia N° 001-2012, los recursos que se requirieran para la ejecucion de las actividades a cargo del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH), se transferiran al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social en el MORDAZA de lo establecido en la Decimo Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, y conforme a lo establecido en el articulo 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo N° 0362012-EF, se autorizo la transferencia de partidas presupuestarias en el presupuesto del sector publico para el ano 2012, hasta por la suma de TRECE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 13 751 223.00), a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, para la ejecucion de las actividades del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH); Que, conforme al numeral 8.2 del articulo 8° del Decreto de Urgencia N° 016-2012, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social a realizar una Transferencia de Partidas a favor del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, hasta por la suma de OCHO MILLONES

DIARIO OFICIAL

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION