Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2012 (06/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470099

CONSIDERANDO: Que, la Direccion General de Aeronautica Civil requiere participar en los Cursos de Entrenamiento de refresco ­ Simulador A319/320, que se desarrollaran del 19 al 24 de MORDAZA de 2012 y del 23 al 27 de MORDAZA de 2012, en la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, los mismos que son impartidos en el Pan Am International Flight Academy; Que, estos cursos tienen como objetivo que la Direccion General de Aeronautica Civil cuente con inspectores de operaciones habilitados y vigentes en la aeronave A-319/320 que opera en el MORDAZA aereo nacional, a fin de que los integrantes de las tripulaciones de vuelo de la compania aerea certificada que le corresponden chequeos por vigilancia, proficiencia o calificacion, puedan ser atendidos; Que, en tal sentido y dada la relevancia e importancia del citado entrenamiento para los objetivos y metas de la Direccion General de Aeronautica Civil, resulta conveniente autorizar los viajes de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mongrut, profesionales de la Direccion General de Aeronautica Civil; Que, el costo de los referidos viajes seran financiados dentro del MORDAZA del Convenio de Administracion de Recursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley No. 29812, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de la Beca/Mision Int. No. 005-05-2012, suscrita por el Director General de Aeronautica Civil; De conformidad con la Ley No. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, la Ley No. 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:

los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los montos entregados. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 810618-13

Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a El MORDAZA, EE.UU. y Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 345-2012-MTC/02 MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Informe Nº 270-2012-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe Nº 1652012-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO:

Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, inspector de operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 25 de MORDAZA de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mongrut, inspector de operaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 22 al 28 de MORDAZA de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 3.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA Rondon: Pasajes US $ 2,371.62 Viaticos US $ 1,540.00 Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mongrut: Pasajes US $ 2,512.04 Viaticos US $ 1,320.00 Articulo 4.- Dentro de los siete (07) dias calendario de su retorno al MORDAZA, los profesionales mencionados en los articulos 1 y 2 de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 5.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuados los viajes, los profesionales cuyos viajes se autorizan por la presente Resolucion Suprema deberan presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas,

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, las empresas Trans American Air Lines S.A. y Lan Peru S.A., han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de