Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2012 (06/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127° de la Constitucion Politica del Peru, la Ley N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Yakarta (Republica de Indonesia), Shanghai (Republica Popular China), Singapur (Republica de Singapur) y Panama (Republica de Panama) del 06 al 14 de MORDAZA de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 7 976,30 Viaticos : US$ 1 820,00 Articulo 3°.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO, Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a partir del 06 de MORDAZA de 2012 y en tanto dure la ausencia del titular. Articulo 4°.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 810618-8

postor que acrediten su condicion de Pequeno Productor Local dedicado a las actividades Agricolas, Pecuarias o Hidrobiologias, emitidos por la autoridad competente del Ministerio de Agricultura o Ministerio de la Produccion segun sea el caso; Que, resulta necesario determinar los requisitos que acrediten el otorgamiento del certificado del pequeno productor local dedicado a las actividades Agricolas; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8), del articulo 118, de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de requisitos. Las Direcciones Regionales de Agricultura, exigiran como requisitos para el otorgamiento del certificado del pequeno productor local en el procedimiento aplicado en las adquisiciones realizadas por el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, a nivel nacional, los siguientes documentos: 1.- Recibo de pago por derecho de emision de certificado, de la Direccion Regional Agraria donde se realiza el pedido. 2.- Solicitud dirigida al Director Regional o Subregional Agraria, segun corresponda, pidiendo el certificado de pequeno productor local. 3.- Plan de cultivo y riego o MORDAZA de pequeno agricultor. En aquellas zonas donde no se expida el plan de cultivo y riego, se exigira como requisito la MORDAZA del pequeno agricultor, la que se otorgara a traves del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRORURAL. Articulo 2º.- Adecuacion. Adecuese el Texto Unico de ProcedimientosAdministrativos del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRORURAL, incorporando el procedimiento para expedir la MORDAZA a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo, el mismo que debera ser publicado en el MORDAZA del Ministerio de Agricultura (www.minag.gob.pe) y en el MORDAZA institucional de AGRORURAL (www.agrorural.gob.pe). Articulo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GINOCCHIO BALCAZAR Ministro de Agricultura 810618-6

AGRICULTURA
Aprueban los requisitos que deberan exigir los Gobiernos Regionales para el otorgamiento del certificado del pequeno productor local en el procedimiento aplicado a las adquisiciones realizadas por el PRONAA
DECRETO SUPREMO Nº 009-2012-AG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27060 ­ se autorizo al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA a adquirir directamente productos alimenticios nacionales a los pequenos productores locales, sin exigir los requisitos establecidos por el Texto Unico Ordenado de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2008MINDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 0072010-MINDES, se aprobo el Reglamento que establece la adquisicion directa de productos alimenticios del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria ­ PRONAA, a los productores locales; Que, el articulo 23º del citado Decreto Supremo, senala que su evaluacion tecnica y economica, se iniciara con la verificacion de los documentos oficiales presentados por el

DEFENSA
Autorizan ampliacion de permanencia en el exterior en Mision de Estudios de Oficial de la MORDAZA de MORDAZA del Peru participando en curso en Italia
RESOLUCION SUPREMA Nº 322-2012-DE/MGP MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2012 Visto, los Oficios N.1000-0127 y N.1000-349 del Director General de Educacion de la MORDAZA, de fechas 23 de enero y 22 de febrero de 2012;