Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2012 (06/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

no se prepublica la presente resolucion por considerar que ello resulta impracticable debido a que para fijar el porcentaje correspondiente a junio de 2012 se debe considerar la variacion del precio del combustible que se produzca hasta el ultimo dia de dicho mes y a que a partir del mes de MORDAZA de 2012 se puede solicitar la devolucion correspondiente a los meses de MORDAZA, MORDAZA y junio de 2012; En uso de las facultades conferidas por el inciso b) del primer parrafo del numeral 4.1 del articulo 4° del Reglamento de la Ley N° 29518 aprobado por Decreto Supremo N° 145-2010-EF, y de conformidad con lo dispuesto por el articulo 11° del Decreto Legislativo N° 501, el articulo 5° de la Ley N° 29816 y por el inciso q) del articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO El porcentaje que representa la participacion del Impuesto Selectivo al Consumo en el precio por galon del combustible a que hace referencia el inciso b) del primer parrafo del numeral 4.1 del articulo 4° del Reglamento de la Ley N° 29518 aprobado por el Decreto Supremo N° 145-2010-EF es el siguiente: MES PORCENTAJE DE PARTICIPACION DEL ISC (%) 11.3 % 11.3 % 11.3 %

MORDAZA 2012 MORDAZA 2012 Junio 2012

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 810619-1

establece en el literal c) del articulo 2 que el Registro de Propiedad Inmueble comprende, entre otros, al Registro de Derechos Mineros; Que, de conformidad con la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26366, el Ministerio de Energia y Minas transfirio las funciones, personal, recursos materiales, acervo documental, entre otros, de las Oficinas Regionales de MORDAZA, Huancayo, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, respecto de los Registros que son incorporados en el Sistema Nacional de los Registros Publicos; Que, en ese sentido, mediante Resolucion N° 1002000-SUNARP/SN, del 25 de MORDAZA de 2000, la SUNARP preciso las localidades en donde tienen competencia las Oficinas Registrales de MORDAZA, MORDAZA, Huancayo, MORDAZA y MORDAZA, respecto de los Registros Mineros transferidos a la SUNARP; Que, en el desarrollo de las reuniones de la "Mesa de Trabajo para la Formalizacion de la Mineria Informal" realizadas en MORDAZA de MORDAZA, con la participacion de un representante de la SUNARP, se ha solicitado la descentralizacion del Registro de Derechos Mineros de la MORDAZA Registral Nº X ­ Sede MORDAZA a fin de que funcione en la Oficina Registral de MORDAZA de Dios; y de esta manera, coadyuvar con los objetivos de inclusion social formuladas por el Gobierno Nacional; Que, es politica de la SUNARP propiciar la mejora continua de los servicios registrales y facilitar su acceso a todos los usuarios; razon por la cual, resulta conveniente autorizar la implementacion del Registro de Derechos Mineros en la Oficina Registral de MORDAZA de Dios; Que, la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº X ­ Sede MORDAZA, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central de la SUNARP, y la Gerencia Registral de la Sede Central de la SUNARP, en los documentos de vistos han senalado su conformidad con la implementacion del Registro de Derechos Mineros en la Oficina Registral de MORDAZA de Dios; De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del articulo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la implementacion del Registro de Derechos Mineros en la Oficina Registral de MORDAZA de MORDAZA, que pertenece a la MORDAZA Registral Nº X ­ Sede MORDAZA, cuya competencia se circunscribira al area geografica del Departamento de MORDAZA de Dios. Articulo Segundo.- El Registro de Derechos Mineros en la Oficina de MORDAZA de MORDAZA entrara en funcionamiento a los cuarenta y cinco (45) dias habiles contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Autorizar la migracion de las partidas registrales y el traslado del archivo registral correspondiente, de la Oficina Registral de MORDAZA a la Oficina Registral de MORDAZA de MORDAZA, dentro del plazo establecido en el articulo MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Encargar al Jefe de la MORDAZA Registral Nº X ­ Sede MORDAZA que ejecute las acciones administrativas y medidas de seguridad pertinentes y necesarias para la migracion de las partidas registrales, el traslado del archivo registral, asi como la implementacion del mencionado Registro; y ademas, disponer que la Gerencia de Informatica de la Sede Central de la SUNARP brinde la colaboracion que sea necesaria para la consecucion de dichos objetivos. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA Institucional de la SUNARP. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI ZERPA Superintendente Nacional de los Registros Publicos 810629-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan implementacion del Registro de Derechos Mineros en la Oficina Registral de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 174-2012-SUNARP/SN MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2012 Vistos el Oficio Nº 269-2012-Z.R.NºX/JEF, del 21 de junio de 2012; el Informe Nº 348-2012-SUNARP/GPD, del 03 de MORDAZA de 2012; y el Informe Nº 0180 -2012-SUNARP/ GR, del 04 de MORDAZA de 2012; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 26366 se crea el Sistema Nacional de los Registros Publicos y la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP como organismo descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema; Que, la SUNARP tiene por objeto dictar las politicas y normas tecnico administrativas de los Registros Publicos, estando encargada de organizar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripcion y publicidad de los actos y contratos en los Registros Publicos, entre otras funciones; Que, la Ley de creacion de la SUNARP y del Sistema Nacional de los Registros Publicos, Ley N° 26366,