Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2012 (06/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470103

MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de la Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV"., la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral N° 1741-2012-MTC/15 de fecha 08 de MORDAZA del 2012; en consecuencia, autorizar el funcionamiento para operar como Taller de Conversiones a Gas Natural Vehicular ­ GNV, en su local ubicado en la Mz "A", Lote 4 y 5 Asoc. Las Americas, distrito de Los MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- La empresa TALLER LIDER MOTOR SRL., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 20 de Febrero del 2013 20 de Febrero del 2014 20 de Febrero del 2015 20 de Febrero del 2016 20 de Febrero del 2017

la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa recurrente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 808021-1

Autorizan ampliacion de local en la MORDAZA de MORDAZA a la escuela MORDAZA MORDAZA Servicios Generales S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2152-2012-MTC/15 MORDAZA, 5 de junio de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 045619 y 056249, presentados por la empresa denominada MORDAZA MORDAZA SERVICIOS GENERALES S.A.C. y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3517-2009MTC/15 de fecha 16 de noviembre de 2009, se emitio autorizacion a la empresa MORDAZA MORDAZA SERVICIOS GENERALES S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la MORDAZA de MORDAZA, a fin de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, asi como la formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III, y de la Clase B Categoria II-c. Que, mediante 045619 de fecha 17 de MORDAZA de 2012, la empresa denominada MORDAZA MORDAZA SERVICIOS GENERALES S.A.C. en adelante La Escuela, presenta solicitud sobre ampliacion de autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II- c; asimismo senala que tambien brindara el curso de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categorias II y III; Que, mediante Oficio Nº 3169-2012-MTC/15.03 de fecha 04 de MORDAZA de 2012, notificado en la misma fecha, se comunico a La Escuela las observaciones encontradas en su solicitud y concediendole un plazo de diez (10) dias habiles para subsanarlas; Que, mediante Parte Diario 056249 de fecha 14 de MORDAZA del 2012, La Escuela presenta diversa documentacion en respuesta al oficio indicado en el considerando que antecede; Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que el articulo 52º de El Reglamento dispone que para solicitar la ampliacion de locales, debera acompanar a su solicitud, los documentos descritos en los literales c), d), f), g), h), j), k) y l) del articulo 51º del presente reglamento, asi como presentar una declaracion jurada precisando que

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva N° 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa TALLER LIDER MOTOR SRL., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan: ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 01 de Febrero del 2013 01 de Febrero del 2014 01 de Febrero del 2015 01 de Febrero del 2016 01 de Febrero del 2017

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva N° 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, carga y mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de