Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2012 (06/07/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

470091

Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica mediante la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos, y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el articulo 6 de la precitada Ley, establece que en el diseno y estructura de la Administracion Publica deben regir los criterios de justificacion de funciones y actividades, no duplicacion de funciones y el MORDAZA de especialidad que supone integrar las funciones y competencias afines; Que, la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministerios son organismos del Poder Ejecutivo que comprenden uno o varios sectores, considerando su homogeneidad y finalidad. Ademas, senala que los Ministerios disenan, establecen, ejecutan y supervisan politicas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoria respecto de ellas; Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, segun su Ley de Organizacion y Funciones, Ley Nº 29809, tiene como finalidad velar por la vigencia del Estado Constitucional de Derecho y el fortalecimiento de la institucionalidad democratica, postulando la vigencia de los principios de igualdad, legalidad, transparencia, etica publica, seguridad juridica y paz social; Que, conforme al Decreto Supremo N° 051-88-PCM, el Consejo Nacional de Calificacion esta encargado de calificar los casos de accidentes, actos de terrorismo o narcotrafico ocurridos en accion o en comision de servicios de los funcionarios y servidores del Sector Publico nombrados y contratados, Alcaldes, Regidores, Gobernadores y aquellas personas que desempenen cargos similares, teniendo derecho a una indemnizacion excepcional. Se encuentra presidido por un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, sin estar adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, en su articulo 13, dispone que la adscripcion de direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos publicos, comisiones y en general toda instancia de la Administracion Publica Central, se realizara por Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y previo informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, por la naturaleza de las funciones que desempena el Consejo Nacional de Calificacion, de Victimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotrafico, corresponde su adscripcion al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118 de la Constitucion Politica; la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; La Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Adscripcion del Consejo Nacional de Calificacion de Victimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotrafico al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos A partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, entiendase adscrito el Consejo Nacional de Calificacion de Victimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotrafico, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Articulo 2º.- Del Financiamiento El funcionamiento del Consejo adscrito en el MORDAZA de la presente MORDAZA al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se financia con cargo al presupuesto de dicho ministerio en el MORDAZA de las Leyes Anuales de Presupuesto. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Adecuacion de Reglamentos de Organizacion y Funciones. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, debera adecuar su respectivo Reglamento de Organizacion y Funciones, en un plazo no mayor de 90 dias calendario, de acuerdo a lo establecido por el presente Decreto Supremo. Segunda.- Normas complementarias La Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Resolucion Ministerial, aprobara las normas complementarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Tercera.- MORDAZA Derogatoria Deroguense o dejense sin efectos las disposiciones que se opongan a la presente norma. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos 810618-7

Designan Procuradora Publica Anticorrupcion Descentralizada del Distrito Judicial de Ica
RESOLUCION SUPREMA Nº 112-2012-JUS MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2012 VISTO, el Oficio Nº 1254-2012-JUS/CDJE-ST, de la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creo el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 citado, establece que es atribucion del Consejo de Defensa Juridica del Estado, entre otras, proponer la designacion de los Procuradores Publicos del Poder Ejecutivo; Que, el articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 1068 MORDAZA acotado, estipula que la designacion de los Procuradores Publicos culmina, entre otras razones, por termino de la designacion; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 111-2007-JUS, de fecha 5 de junio de 2007, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de Ica; Que, conforme al Oficio de visto, la Secretaria Tecnica del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Anticorrupcion Descentralizado del Distrito Judicial de Ica y que se designe en su reemplazo a la senorita abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y