Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2009 (17/04/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Codigo Infraccion 1 Realizar actividades pesqueras o acuicolas sin la concesion, autorizacion, permiso o licencia correspondiente o si estos se encontraran suspendidos, sin la suscripcion del convenio correspondiente, o sin tener asignado un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion (LMCE).

NORMAS LEGALES
ANEXO
MORDAZA de Infraccion Medida Cautelar Inmovilizacion de la embarcacion pesquera hasta que regularice su situacion legal o, en su caso, paralizacion de las actividades de procesamiento hasta su regularizacion. Decomiso Sancion

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de MORDAZA de 2009

Grave

Decomiso, Inmovilizacion o Paralizacion y Multa.

Determinacion de la sancion 1.1 Extraer o procesar recursos hidrobiologicos sin el correspondiente permiso de pesca o licencia de operacion. o sin tener asignado un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion.

4x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT.

3

Destinar para el consumo humano indirecto recursos hidrobiologicos reservados exclusivamente para el consumo humano directo.

No

Multa

(...) Destinar para el consumo humano indirecto recursos hidrobiologicos reservados exclusivamente para el consumo humano directo. 4 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT.

6

Extraer, descargar, procesar, comercializar, transportar y/o almacenar recursos hidrobiologicos declarados en MORDAZA, asi como la utilizacion de los mismos en la preparacion y expendio de alimentos o exceder los porcentajes establecidos de captura de ejemplares en tallas o pesos menores y los de la captura de las especies asociadas o dependientes.

Decomiso

Decomiso y

(...) 6.3 Almacenar, comercializar o transportar recursos hidrobiologicos declarados en veda. El decomiso se aplica al propietario de los RR.HH almacenados, comercializados o transportados en veda.

Multa

Las multas se aplican a las empresas que permiten el almacenamiento, transporte o comercializacion de los RR.HH vedados, de acuerdo a los siguiente : 6.3.1 Por almacenar Menos de 1 t. : 1 UIT Igual o mayor a 1 t. : 2 UIT 6.3.2 Por transportar Menos de 100 Kg. : 0.5 UIT igual o mayor a 100 kg. : 1 UIT 6.3.3 Por permitir la comercalizacion Menos de 10 Kg. : 0.1 UIT Igual o mayor a 10 Kg. : 0.2 UIT

8

Extraer recursos hidrobiologicos con metodos ilicitos, con el uso de explosivos, materiales toxicos, sustancias contaminantes y otros elementos cuya naturaleza ponga en peligro la MORDAZA humana o los propios recursos hidrobiologicos o llevar a bordo tales materiales. Grave

(...) 8.1 Extraer RR.HH utilizando explosivos, materiales toxicos o sustancias contaminantes : Decomiso de los RR.HH e incautacion de los explosivos, sustancias toxicas y otros. -Sin uso de embarcacion: 2 UIT Decomiso, Multa y Cancelacion -Tratandose de barcos atuneros: multa de 30 UIT y cancelacion del permiso de pesca. 8.2 Llevar a bordo explosivos, materiales toxicos o sustancias contaminantes: -E/P artesanal: 2 UIT -E/P menor escala: 5 UIT -E/P mayor escala: 10 UIT Tratandose de barcos atuneros: 20 UIT. -Con embarcacion : cancelacion del permiso de pesca a nivel nacional.

Grave

Decomiso de los metodos ilicitos de pesca. Decomiso y Multa

13

Realizar operaciones de pesca sin contar a bordo con el correspondiente equipo de sistema de seguimiento satelital, tenerlo en Grave estado inoperativo, tener un equipo no registrado en el Centro de Control del SISESAT para dicha embarcacion, o tener una imitacion de baliza del SISESAT.

Decomiso Inmovilizacion de la embarcacion hasta que regularice su situacion. Decomiso Multa Regreso inmediato de la embarcacion a puerto, no pudiendo zarpar para pescar hasta que sea reparado y presente senales de posicionamiento en el Puesto de Control del SISESAT. Inmovilizacion de la embarcacion Cancelacion Decomiso Multa

13.1 En caso de no contar con el SISESAT a bordo : 4 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT

13.2 En caso de tener a bordo el equipo SISESAT pero en estado inoperativo : 3 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT

13.3 Tener a bordo una imitacion de baliza del SISESAT. Cancelacion del permiso de pesca. 13.4 Tratandose de embarcaciones pesqueras extranjeras:

Grave Decomiso Multa a) Si no cuenta con SISESAT instalado: 20 UIT. b) En caso de no tenerlo operativo: 10 UIT.