Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2006 (23/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

Articulo 3º.- Notas de Modificacion Presupuestaria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Exceptuase, por unica vez y por un plazo de quince dias habiles, al Pliego Presupuestario 028 de los alcances de lo establecido por el articulo 6º, inciso f), de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, quedando el Titular del Pliego autorizado para efectuar modificaciones presupuestarias a nivel funcional programatico, de acuerdo con los lineamientos aprobados por su Consejo Directivo. SEGUNDA.- Incorporase el numeral 70.6 al articulo 70º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, segun el siguiente texto: "Articulo 70º.- Pago de Sentencias Judiciales (...) 70.6 Precisase que la prelacion legal, implica que las deudas se cancelan y/o amortizan bajo responsabilidad, priorizando la antiguedad del expediente que contiene el monto adeudado, asi como la MORDAZA de la documentacion sustentatoria."

que empiezan con mayuscula, tienen los significados que se indican a continuacion y son aplicables a los articulos del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas (LCE): 1. Agentes.- Denominacion generica dada al conjunto de Generadores, Transmisores, Distribuidores y Usuarios Libres. Base Tarifaria.- Monto anual a reconocer por las instalaciones del Sistema Garantizado de Transmision que se utilizara para el calculo de las tarifas y compensaciones de transmision. Capacidad.- Se considerara como sinonimo de potencia. COES.- El Comite de Operacion Economica del Sistema. Cogeneracion.- MORDAZA de produccion combinada de energia electrica y energia termica, que hace parte integrante de una actividad productiva, en el cual la energia electrica esta destinada al consumo propio o de terceros. Precio en MORDAZA de Sistemas Aislados.- Costo medio de generacion y transmision correspondientes a la inversion, operacion y mantenimiento del conjunto de Sistemas Aislados de una empresa, en condiciones de eficiencia. Costos de Explotacion.- Son los costos de operacion, mantenimiento, renovacion y reposicion necesarios para mantener la MORDAZA util y la calidad de servicio de las instalaciones durante el MORDAZA periodo de concesion. Demanda.- Demanda de potencia y/o energia electrica. Distribuidor.- Titular de una concesion de distribucion.

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Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los trece dias del mes de MORDAZA de dos mil seis. MORDAZA AYAIPOMA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 00354-38

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10. Generador.- Titular de una concesion o autorizacion de generacion. En la generacion se incluye la cogeneracion y la generacion distribuida. 11. Generacion Distribuida.- Instalacion de Generacion con capacidad no mayor a la senalada en el reglamento, conectada directamente a las redes de un concesionario de distribucion electrica. 12. MORDAZA Usuarios.- Usuarios Libres con una potencia contratada igual o superior a 10MW, o agrupaciones de Usuarios Libres cuya potencia contratada total sume por lo menos 10MW. 13. Interconexion Regional.- Sistema de transmision electrica destinada a intercambios de electricidad entre Agentes de paises vecinos. 14. Ley de Concesiones Electricas (LCE).Decreto Ley Nº 25844, promulgado el 6 de noviembre de 1992, y sus modificatorias. 15. Licitacion.- MORDAZA de concurso publico para el suministro de electricidad en condiciones de competencia, que posibilitara la suscripcion de contratos con las caracteristicas que se senalan en el articulo 8º de la presente Ley. 16. MORDAZA de Corto Plazo.- MORDAZA en el cual se realizan las Transferencias de potencia y energia, determinadas por el COES. 17. Ministerio.- Ministerio de Energia y Minas. 18. NTCSE.- MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos.

LEY Nº 28832
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY PARA ASEGURAR EL DESARROLLO EFICIENTE DE LA GENERACION ELECTRICA
Capitulo Primero Disposiciones Generales Articulo 1º.- Definiciones Para efectos de la presente Ley, todas las expresiones que contengan palabras, ya sea en plural o singular, y